EL PAíS › PEDIDO DE INFORMES AL ESTADO ARGENTINO
A la OEA por libertad gremial
El gobierno de Néstor Kirchner deberá responder ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre las condiciones en las que se ejerce en la Argentina el derecho a la libertad y la democracia sindical. Así lo dispuso ese organismo dependiente de la Organización de Estados Americanos (OEA) al dar curso a una denuncia sobre “graves y reiteradas violaciones” a ese derecho que realizaron la Central de Trabajadores Argentinos (CTA) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
La CIDH tomó la decisión de requerir al Gobierno un detallado informe sobre ese tema en respuesta a los planteos que representantes de la CTA y el CELS realizaron en una audiencia especial sobre la situación de los derechos humanos en el país, que tuvo lugar en Washington el último 5 de marzo. Lo que denunciaron entonces fueron graves y reiteradas violaciones a la libertad y la democracia sindical, así como la incompatibilidad de la ley sindical argentina con la Convención Interamericana de Derechos Humanos, el Protocolo de San Salvador y el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Entre otras cosas, la CTA y el CELS afirmaron ante los miembros de la CIDH que la legislación nacional discrimina en forma irrazonable a las nuevas organizaciones gremiales y ahoga toda posibilidad de surgimiento de otros sindicatos diferentes a los que ya existen. También aseguraron que son frecuentes los despidos de trabajadores que intentan conformar nuevas organizaciones gremiales y que en muchas ocasiones se concretan a instancias del sindicato mayoritario.
La CIDH requirió al Gobierno que informe cómo funcionan la protección o tutela de los representantes sindicales de las organizaciones que no cuentan con personería gremial y cuáles son los derechos y las garantías con que cuentan esas organizaciones para el ejercicio del derecho de huelga y la representación de los trabajadores en conflictos colectivos. También solicitó que se le precise si tienen restricciones para financiar su actividad a través de la cuota sindical y que en un plazo no mayor a 45 días se le aclaren cuáles son las condiciones legales y los posibles obstáculos para acceder a la personería gremial.
La CTA y el CELS destacaron que la decisión de la CIDH “ubica el debate sobre libertad y democracia sindical en la agenda de política internacional de derechos humanos del Gobierno”.