EL PAíS › PROCESARON POR COACCION
AGRAVADA A LOS DETENIDOS POR LOS INCIDENTES

Las piedras que hicieron temblar al Estado

La jueza Silvia Ramond consideró que 15 de los 16 detenidos pusieron en peligro “la seguridad del Estado”. Abogados de organizaciones sociales y de derechos humanos cuestionaron la “debilidad de las pruebas” esgrimidas. Los delitos prevén penas de hasta 10 años de cárcel.

 Por Mariana Carbajal

Para la jueza de instrucción Silvia Ramond, el ataque a la Legislatura porteña ocurrido el 16 de julio tuvo “la entidad suficiente como para atentar, dañar y poner en peligro directo e indirecto la seguridad del Estado o de alguna de sus instituciones, lo cual en modo alguno puede ni debe ser soslayado”. Así se pronunció al dictar el procesamiento a quince detenidos por las agresiones de aquella jornada, la mayoría vendedores ambulantes. Les imputó “prima facie” la comisión de un delito muy grave: coacción agravada, que no es excarcelable y tiene un pena máxima de 10 años. También, privación ilegítima de la libertad calificada, al impedir a los empleados legislativos y a los diputados salir del edificio durante unas cinco horas, y daño calificado. Además, les fijó un embargo por 10.000 pesos y se declaró incompetente, por lo cual la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal deberá resolver si pasa la causa a ese fuero o permanece en el ordinario.
“No se trata de buscar chivos expiatorios”, sostuvo la magistrada en su resolución de casi un centenar de páginas a la que tuvo acceso Página/12. Sin embargo, abogados de organizaciones sociales, piqueteras y de derechos humanos cuestionaron “la debilidad de las pruebas” que fundamentan los procesamientos: se sostienen en menor medida en filmaciones de los hechos y básicamente en el testimonio de policías que actuaron en el lugar, entre ellos el del subcomisario Ernesto Weber, de la comisaría 1ª, quien como jefe del Cuerpo de Operaciones de la Federal tuvo un rol preponderante en la represión del 20 de diciembre de 2001 en la zona de Avenida de Mayo, donde se produjeron varios homicidios de manifestantes, según determinó la Justicia que investigó los hechos.
Del fallo de Ramond se desprende que varios de los procesados fueron detenidos una o dos horas después de finalizado el ataque a la Legislatura, que se concentró entre las 13 y las 17. Como en el caso de los vendedores ambulantes César Gerez, Eduardo Ruiz y Carlos Santamaría. Según consta en la resolución judicial, los tres “fueron observados por personal policial arrojando piedras a los vidrios” de la Legislatura. Pero “su detención se produjo tiempo después, en la intersección de las calles Bolívar y Moreno”, a dos cuadras del palacio legislativo. A la vendedora ambulante Margarita Meira la apresaron a las 19.30 en la estación Bolívar de la línea E del subte.
Los procesados están básicamente acusados de tirar piedras y provocar daños a la Legislatura, y a través de esas intimidaciones y la agresión al personal policial apostado en el lugar, haber logrado la suspensión de la sesión prevista para ese día en la que se iba a tratar la modificación del Código Contravencional. En esa acción se basa la imputación de coacción agravada, previsto en el artículo 149 ter inciso 2º “a” del Código Penal, que prevé penas de 5 a 10 años de prisión. Ese delito consiste en “las amenazas vertidas a miembros de poderes públicos, con el propósito de obtener alguna medida o concesión por parte de los mismos”. Los delitos de privación ilegítima de la libertad calificada tienen penas de 2 a 6 años de prisión y el de daño calificado, hasta 4 años de cárcel.
“Durante varias horas la tranquilidad de la población se ha visto seriamente afectada por la acción de tales individuos” y “por haberse puesto en peligro el resguardo de las instituciones, tanto más si se tiene en cuenta el particular estado de la incertidumbre, sensibilidad y vulnerabilidad que padece hoy en día la sociedad con motivo de otros sucesos de similares connotaciones, por ejemplo, la toma de la comisaría 24ª”, señaló la jueza Ramond al fundamentar los procesamientos. “Hubo desprecio por el marco institucional y alteración de la paz social”, agregó. Los hechos violentos de esa jornada derivaron días después en la salida del Gobierno del secretario de Seguridad, Norberto Quantín, y el ministro de Justicia, Gustavo Beliz.
“Es la judicialización de la protesta social. Es, precisamente, lo que va a traer el nuevo Código Contravencional que quieren imponer. Esta es una causa política. El Gobierno no reprime con el palo, reprime con esta Justicia que no es independiente”, se despachó el abogado Luis Orellano, del Movimiento Sin Trabajo (MST), tras conocer los procesamientos. Orellano integra un equipo de abogados de distintas organizaciones (entre ellas Correpi, Liga por los Derechos del Hombre, Polo Obrero) que asumieron la defensa conjunta de una decena de detenidos. “No sé cómo la jueza se anima a procesar con una base tan endeble. No he encontrado la descripción de otros delitos que resistencia a la autoridad y arrojar objetos. De qué manera tirar piedras puede constituir coacción agravada no entiendo”, consideró la abogada María del Carmen Verdú, de la Correpi.
Entre los procesados hay dos prostitutas de Ammar, una travesti, y vendedores ambulantes que participaron de la manifestación frente a la Legislatura, aunque ninguno reconoce haber progatonizado hechos de violencia contra el edificio. Según la resolución de la jueza, algunos de ellos aparecen en videos aportados por la Federal en los que se los vería provocando daños a la Legislatura.
También fueron procesados un detenido que trabaja en un anticuario del barrio de San Telmo y otros que sostienen que pasaban circunstancialmente por el lugar como Héctor Suriano. Las mujeres procesadas permanecerán en el penal de Ezeiza y los hombres en la cárcel de Devoto. El procesamiento por coacción agravada, privación de la libertad calificada y daños calificados alcanzó a Santamarina, Héctor Eduardo Gómez, Suriano, Jesús Fortuny, Adolfo Rafael Sánchez, Javier Daniel Scaramella, Meira, Horacio Ariel Ojeda, Jorge Antonio Nieva, Pablo Martín Amitrano, Ruiz, Marcela Rosana Sanagua, Gerez, Antonio Israel Medina, María del Carmen Infran Ferreyra.
Hoy a las 10 fueron citados los abogados defensores para ver en el juzgado las filmaciones adjuntadas al expediente como prueba. De los 16 detenidos que el 19 de julio habían sido imputados por coacción agravada, uno de ellos, el motoquero Mario Sebastián Martino, quedó en libertad el viernes por falta de mérito. Según trascendió, su empleador declaró en la causa que aquel día el muchacho estaba trabajando en la zona. Otros tres, que ya habían recuperado su libertad, fueron procesados sin prisión preventiva, por resistencia a la autoridad. Ellos son: Daniel Enrique Cifuentes, Francisco Luis Barbi y Angel Gustavo Martínez Porro.

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La mayoría de los detenidos fueron capturados horas después de los disturbios.
 
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