Mié 20.04.2005

EL PAíS  › EL EX MARINO ADOLFO SCILINGO
FUE CONDENADO A 640 AÑOS DE PRISION

Cuando la justicia no tiene fronteras

Por primera vez un tribunal extranjero condenó a un represor argentino con el acusado presente y aplicó la jurisdicción universal. Fue sentenciado en base a su confesión y al relato de víctimas, familiares y sobrevivientes. Cumplirá 30 de los 640 años.

› Por Victoria Ginzberg

El ex marino Adolfo Scilingo fue condenado en Madrid a 640 años de prisión. Se trata de la primera sentencia con el acusado presente de un tribunal extranjero contra un represor argentino por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura. También es la primera vez que en estos casos se aplica la jurisdicción universal. Esto implica que no sólo se investigaron los crímenes cometidos contra ciudadanos españoles sino, en base a los principios del derecho internacional, el plan militar para eliminar todo aquel considerado “subversivo”. “Esta es la culminación de un proceso que se inició gracias a que el pueblo argentino salió a la calle”, aseguró Graciela Daleo, sobreviviente de la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), en referencia a que la denuncia original fue realizada por el fiscal español Carlos Castresana luego de ver por televisión la masiva movilización que se hizo en Buenos Aires el 24 de marzo de 1996, a los 20 años del golpe de Estado.
Los miembros de la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos siguieron la lectura de la sentencia desde una pantalla colocada en el microcine de ATC. Muchos de los que habían sido testigos del juicio pudieron ver cuando el juez ponente del tribunal, José Ricardo De Prada, anunció que Scilingo era condenado a 30 penas de 21 años –una por cada persona que arrojó al mar en los Vuelos de la Muerte– más cinco años por un caso de torturas y otros cinco por una detención ilegal.
No hubo aplausos inmediatos. Quienes estaban en la sala sintieron la ausencia de la palabra “genocidio”. A diferencia del juez Baltasar Garzón, el tribunal oral que juzgó a Scilingo no calificó los hechos investigados de esa manera, sino como “crímenes de lesa humanidad”, que es más genérico. Sin embargo, los integrantes de la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos enseguida se percataron de la importancia de haber llegado a esta primera condena en España, en un juicio iniciado hace nueve años y sostenido en base al esfuerzo de las víctimas y los familiares argentinos, que atravesaron el océano cada vez que hizo falta para dar su testimonio. Entonces sí se escucharon los aplausos y el ya clásico “Como a los nazis, les va a pasar, adonde vayan los iremos a buscar”.
La misma frase se cantó en la puerta de la Audiencia Nacional española, donde integrantes de HIJOS (Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio) y otros familiares de desaparecidos y exiliados festejaron la condena. Hasta ahora, los antecedentes más cercanos fueron los juicios contra Alfredo Astiz en Francia y Santiago Omar Riveros y Carlos Guillermo Suárez Mason en Italia. Pero esos procesos se realizaron en ausencia y esos represores siguieron en libertad hasta que la Justicia argentina decidió reabrir las causas sobre las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura.
En Madrid la sala estaba llena. Estela Carlotto y Rosa Roisinblit, de Abuelas de Plaza de Mayo, la actriz Cecilia Rossetto y el actor Juan Diego Boto, cuyo padre está desaparecido y estuvo secuestrado en la ESMA, fueron algunos que los que presenciaron la audiencia y compartieron la emoción con los abogados que sostuvieron la acusación.
A Scilingo se lo había visto tranquilo, sentado en una silla en primera fila frente a los tres jueces del tribunal y delante de un micrófono que no usó. De pantalón y saco oscuros y suéter rojo, el represor hojeó unos papeles que había traído consigo y no se inmutó al escuchar su condena.
Antes, el juez De Prada había narrado los hechos que el tribunal dio por probados, parte de los 209 folios que componen la sentencia. Entre otras cosas, los magistrados señalaron que a fines de 1976, al ser destinado en la ESMA, el ex marino había querido formar parte del grupo de tareas 332, pero que tuvo que conformarse con ser el jefe de Electricidad y Automotores. Agregó que desde ese puesto pudo hacer tareas complementarias y de apoyo a la represión, además de estar al tanto de la cantidad de crímenes que se cometían allí y la metodología que se empleaba. Los jueces armaron parte del fallo en base a las declaraciones del propio acusado. Describieron los dos vuelos de la muerte en los que participó el condenado: las palabras de Jorge “El Tigre” Acosta intentando convencer a quienes iban a ser arrojados vivos al mar de que tenían que festejar porque iban a ser llevados al Sur y el pánico de Scilingo cuando en uno de los viajes, después de desvestir a las víctimas que habían recibido la inyección de pentotal, casi se cae al vacío. En fin, tanto su confesión relatada en el libro El Vuelo como sus primeros testimonios judiciales tenidos por válidos. Su posterior desmentida, cuando el encierro en España ya era un hecho, tuvo la misma credibilidad que los desmayos fingidos en el juicio oral.
Los 640 años de prisión para Scilingo están lejos de los 9138 que había reclamado la fiscal Dolores Delgado o los 6626 años de la Acusación Popular y particulares. “Lo que ocurrió es que solo lo condenaron por los vuelos de la muerte y un caso de torturas y una privación ilegal en los que participó, pero nosotros habíamos pedido que fuera condenado por los 193 desaparecidos y los 93 casos de torturas que hay registrados en la ESMA durante el período que él estuvo allí, por eso vamos a recurrir el fallo”, aseguró el abogado Carlos Slepoy. De todas formas, Scilingo cumplirá efectivamente una pena de 30 años, la máxima prevista en la práctica por la legislación española.
El letrado de la Acusación Popular restó importancia al hecho de que los jueces no condenaran a Scilingo por genocidio porque –señaló– de la lectura del fallo se desprende que lo que ocurrió en Argentina durante la dictadura fue un genocidio. De hecho, en la sentencia se señaló que quienes dieron el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 “estimaban como necesaria la eliminación física del grupo nacional opositor a su ideología y a sus proyectos”. Daleo consideró importante la inclusión del genocidio porque esa calificación “implica no sólo que hay intencionalidad de comisión de múltiples delitos, sino el exterminio de un grupo por lo que es, por su cultura, por el proyecto que porta”. Enrique Fukman, otro sobreviviente de la ESMA, señaló: “Creo que esta sentencia, a diez mil kilómetros, nos debería hacer reflexionar a todos los argentinos, todos desearíamos que se hubiera dado en nuestra país”.

Subnotas

(Versión para móviles / versión de escritorio)

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS rss
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux