Lun 29.03.2004

EL PAíS • SUBNOTA

La nulidad de los indultos

–¿Qué le pareció el fallo con el que se declaró la inconstitucionalidad de los indultos?
–Lo comparto como abogado y hombre de derecho. Si bien el indulto es una facultad del Poder Ejecutivo, es una facultad que también está sometida a un control judicial de legalidad y arbitrariedad. No se pueden indultar crímenes imprescriptibles de lesa humanidad. La nulidad de esos indultos está ajustada a derecho. Creo que hay una saludable reactivación de la actividad judicial en este sentido. Es cierto que la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final también ha permitido reaperturas de causas que habían sido archivadas. Y que ya existía una cierta doctrina judicial que se fue estableciendo a lo largo de todos estos años a pesar de todas las trabas normativas.

Nota madre

Subnotas

(Versión para móviles / versión de escritorio)

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS rss
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux