Mar 19.07.2005

EL PAíS • SUBNOTA  › IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS DELITOS POR EL ATENTADO

Una discusión aún abierta

Por R. K.

La agrupación Familiares y el titular de la AMIA, Luis Grynwald, reclamaron ayer el dictado de una ley de imprescriptibilidad de los delitos emanados del atentado contra la mutual judía. A la salida del acto, el ministro del Interior, Aníbal Fernández, manifestó que existe voluntad política para avanzar en la ley que permite condenar a responsables de delitos relacionados con el terrorismo sin que el proceso pueda ser cortado por el vencimiento del plazo de prescripción. Existe una controversia por una ley de esa naturaleza. El CELS, por ejemplo, cree que en materia penal no se pueden dictar leyes retroactivas, pero que un juez o un tribunal perfectamente pueden sostener en un fallo –como ocurrió hace unas semanas– que en un caso relacionado con el atentado contra la AMIA no rige la prescripción.
El mayor peligro que ven los familiares de las víctimas del atentado es que, transcurridos tantos años, si se produce alguna detención en la causa no habrá condena posible porque los delitos están prescriptos. Por ello insisten ante el Ejecutivo, y en particular ante Aníbal Fernández, para que se dicte la ley de imprescriptibilidad.
El tema está siendo estudiado también por la Subsecretaría de Política Criminal a cargo de Alejandro Sloker. En diálogo con este diario, el funcionario sostuvo que está claro que no existe prescripción en crímenes de lesa humanidad y en crímenes de guerra, porque en ambos casos hubo una fuente clara en los juicios de Nuremberg, donde fueron condenados los jerarcas nazis, y las convenciones internacionales que se firmaron en esa época. “Respecto del terrorismo no hay una norma tan clara, por lo que estamos ante algo más dudoso. Por un lado, la Corte Suprema acaba de declarar prescriptas las acciones contra un etarra, mientras que el juez Antonio Boggiano, en su voto, equiparó el terrorismo a un crimen de lesa humanidad. La Corte Interamericana acaba de decir, en el caso Bulacio, que el Estado argentino debe sancionar a los culpables, porque una norma interna como la prescripción no puede ser obstáculo para incumplir obligaciones contraídas internacionalmente. Nosotros estamos trabajando todos estos aspectos en el proyecto de reforma del Código Penal.”
Por su parte, Andrea Pochat, del CELS, señaló que “nuestra postura es que, en materia penal, no puede haber una ley retroactiva. Con esto no decimos que los delitos que emanan del atentado contra la AMIA estén sujetos a prescripción, sino que será cada juez, cada tribunal, el que evalúe si corresponde o no la prescripción. Recientemente un tribunal rechazó la prescripción al condenar al comisario Castañeda por irregularidades en el expediente AMIA. Pero una ley sólo puede aplicarse de acá en adelante, no por hechos ocurridos hace once años”.
El otro aspecto que no es de fácil resolución es la definición de terrorismo. A nivel internacional nunca se pudo llegar a un acuerdo, mientras que durante el gobierno de Fernando de la Rúa, en la ley del arrepentido, se habla de atentados de magnitud que pongan en riesgo bienes jurídicos indiscriminados.

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