SOCIEDAD › UN JUEZ DE FALTAS CORDOBéS EXIMIó A DOS MOTOCICLISTAS DE USAR CASCO

Un fallo para matarse y no de risa

Un juez admitió la eximición de multa a dos motociclistas que circulaban sin casco en Calamuchita, Córdoba. Para argumentar equiparó con el fallo de la Corte que despenalizó el consumo de marihuana. Fuerte polémica de especialistas y jueces.

Una polémica sobre seguridad vial y derechos constitucionales quedó abierta después de que un juez de Faltas de Santa Rosa de Calamuchita, en la provincia de Córdoba, concediera a dos motociclistas multados el derecho a no usar casco y los eximió de sanción. La línea argumental del magistrado municipal se basó en el fallo de la Corte Suprema que despenalizó el consumo de marihuana, en el que se admite el criterio de la libertad individual, la protección de la privacidad y la no afección a terceros. Para el juez en este caso esas pautas primaron por sobre la ordenanza que exige el uso de casco. Sin embargo, ese dictamen no fue bien recibido en otros ámbitos. Así lo manifestó, por ejemplo, el diputado cordobés Raúl Jiménez que sostuvo que la decisión del juez era “preocupante” y que “daña el esfuerzo para normar la seguridad vial”.

Ariel Dimasi y Juan Fullana, ambos domiciliados en territorio bonaerense, estaban de visita en Santa Rosa de Calamuchita cuando, el pasado 8 de octubre, fueron sancionados por inspectores municipales por circular en moto sin casco. Amparándose en un fallo de la Corte Suprema de Justicia, los dos hombres solicitaron la no imposición de la multa, argumentando que “si se permite la tenencia de estupefacientes para consumo propio, fundado en un acto privado amparado por la Constitución nacional, también tenemos el derecho a elegir si usamos el casco o el cinturón de seguridad. Es un derecho personalísimo y privado que no afecta derecho de terceros”.

La Corte Suprema de Justicia reconoce el derecho de opción que tienen los ciudadanos en ejercicio del artículo 19 de la Constitución, por lo que establece que en desempeño de la libertad de elección y cuando no se provoquen daños a derechos de terceros, las acciones privadas no pueden ser sancionadas. Por lo que la Corte exime de responsabilidad en base a ese fundamento la tenencia de estupefacientes para consumo propio. Ese mismo razonamiento fue utilizado por el juez municipal de Faltas, Ricardo Gigena, que aceptó el descargo de las dos personas: “Les reconozco el derecho a que hagan opción a no usar casco porque entiendo que es un derecho personal que no afecta a terceros”, aseguró a Página/12 Gigena.

El magistrado resaltó que no se debe asociar este caso a lo sucedido en Baradero –hace 15 días, en el que dos jóvenes murieron después de que aparentemente fueron atropellados por una camioneta municipal mientras viajaban en su moto y sin casco–, ya que el dictamen “fue mucho antes”. “Esto responde a un criterio exclusivamente jurídico”, informó Gigena.

Pese a que el episodio sucedió hace casi seis meses, la polémica se disparó ahora. “Seguir discutiendo si el casco es obligatorio o no es un absurdo”, afirmó Horacio Botta Bernaus, un abogado especialista en tránsito y accidentología vial en Córdoba. Según el letrado, este tipo de decisión “plantea un grave problema de convivencia porque si se exacerban los derechos individuales, cuando en realidad no hay nada que los amenace, se hace difícil la vida en comunidad. Justamente todas las reglas de convivencia, inclusive las de tránsito, están destinadas a resguardar el bien común”. Además, sostuvo que en realidad el “no usar casco en definitiva sí afecta a toda la sociedad”. Para explicarlo, utilizó un caso hipotético: “Si un motociclista sin casco se parte la cabeza al chocar con otro vehículo, indefectiblemente afecta a su conductor, que puede ser acusado de homicidio. También, la sociedad se ve involucrada, ya que por lo general se utiliza el servicio de salud pública, por ejemplo.”

En el mismo sentido opinó Jorge Mecatti, juez de Faltas de Río Tercero: “el Estado debe proteger al conjunto por encima del individuo”. El intendente de Calamuchita, Claudio Chavero, revocó el dictamen y en esa pequeña ciudad cordobesa sigue siendo obligatorio usar casco.

Informe: Rocío Ilama.

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Sin menoscabar la privacidad, el accidentado sin casco utiliza el sistema de salud pública.
Imagen: Bernardino Avila
 
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