Jueves, 12 de diciembre de 2013 | Hoy
El Poder Ejecutivo nacional promulgó la ley que incorpora al Código Penal el delito de acoso sexual por Internet a personas menores de edad, conocido como “grooming” o “ciberacoso” sexual, por el cual se establecen penas que van de seis meses a cuatro años de prisión a quien lo cometa. La norma 26.904 fue sancionada el 13 de noviembre pasado por el Senado y ayer quedó promulgada con la publicación en el Boletín Oficial del decreto 2036/2013, firmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak. La ley incorpora como artículo 131 del Código Penal el siguiente texto: “Será penado con prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.
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