SOCIEDAD › DIPUTADOS DIO MEDIA SANCIóN AL PROYECTO DE LEY DE CUIDADOS PARA LA PRIMERA INFANCIA

Para cuidar desde el origen

El proyecto presentado por la diputada María del Carmen Bianchi (FpV) busca jerarquizar el trabajo de cuidadores de niñas y niños hasta los 3 años y favorecer la autonomía de las madres para que no resignen su desarrollo.

 Por Mariana Carbajal

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley federal de cuidados para la primera infancia, presentado por la diputada María del Carmen Bianchi (FpV), que establece los lineamientos y principios de un sistema institucional a través del cual se coordinarán los esfuerzos y recursos para el cuidado de los niños y niñas desde los 45 días de vida hasta los 3 años, cuando ingresan al sistema educativo obligatorio.

La iniciativa, aprobada la semana pasada con 126 votos del bloque kirchnerista y partidos de izquierda, deberá ser tratada ahora por el Senado. “Con este proyecto se busca alcanzar servicios de calidad que permitan la igualdad real de oportunidades de toda la población destinataria, la jerarquización del trabajo de los cuidadores, y el fortalecimiento de la autonomía de las mujeres”, señaló Bianchi. Los estudios muestran que el hecho de que históricamente recaiga sobre las mujeres el cuidado de los niños pequeños, además de las personas adultas mayores, y enfermas, afecta sus posibilidades de desarrollo educativo y laboral.

El proyecto impulsado por la diputada Bianchi no avanza en la extensión de las licencias por maternidad y paternidad ni en la creación de un sistema de cuidados para las personas con discapacidad severa, como ha hecho Uruguay. Apunta exclusivamente a “los cuidados” desde los 45 días hasta los 3 años. “Será responsabilidad de los futuros gobiernos materializar estos derechos. Desde la oposición velaremos para esto”, señaló la diputada del FpV. Una de las promesas de campaña del presidente electo, Mauricio Macri, fue desarrollar un sistema de centros de primera infancia en todo el país.

En la Argentina, no sólo el trabajo doméstico no remunerado es mayormente una tarea realizada por mujeres, sino que ellas, además, le dedican más horas de sus días. Las que más se responsabilizan por estas tareas son, curiosamente, las mujeres de entre 30 y 59, es decir, aquellas que se encuentran en sus años económicamente más activos. Entre los varones, sólo los separados o divorciados toman a su cargo el trabajo doméstico de sus hogares, aunque aun en esos casos lo hacen con moderación: dedican la mitad del tiempo que las mujeres en su misma situación. Esos son sólo algunos de los hallazgos de la “Encuesta sobre trabajo no remunerado y uso del tiempo”, realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) durante el último trimestre de 2013, entre ciudadanas y ciudadanos mayores de 18 años, y que fue publicada el año pasado. Los especialistas en la temática, coinciden en que el estudio del uso del tiempo es una herramienta fundamental para conocer y entender las desigualdades de género y la reproducción de roles, a través de datos que muestran la inequitativa distribución en el tiempo destinado al trabajo remunerado y no remunerado, así como la disponibilidad de tiempo de mujeres y varones para otras actividades cotidianas.

La Primera Encuesta Nacional de Jóvenes, difundida este año, mostró la misma tendencia: casi el 83 por ciento de los jóvenes que no estudian ni trabajan (ni buscan trabajo) son mujeres en el país. A pesar de la igualdad alcanzada en otros ámbitos entre varones y mujeres, las tareas de cuidado siguen sin democratizarse al interior de los hogares jóvenes: entre quienes cuidan habitualmente niños –generalmente los propios–, las chicas más que duplican a los varones (47 por ciento contra 20 por ciento). Ellas dedican en promedio 68 horas semanales a esa labor no remunerada –casi diez horas por día– y entre las de 25 a 29 años aumenta a 86, es decir, más de 12 horas por día. Tal vez el dato más preocupante es que dejaron de estudiar o trabajar cuatro de cada 10 chicas que se encargan del cuidado de sus hijos. En cambio, solo 1 de cada 10 varones en iguales circunstancias, tomó esa decisión, lo que pone en primer plano la desigualdad de oportunidades que persisten en la sociedad entre varones y mujeres, y la necesidad de implementar un sistema nacional de cuidados, para ofrecer alternativas que les permitan seguir estudiando o trabajando cuando tienen hijos.

En los últimos años el tema de “los cuidados” empezó a entrar en la agenda de las políticas sociales de la región. La República Bolivariana de Venezuela, el Ecuador, el Estado Plurinacional de Bolivia y la República Dominicana han incluido el reconocimiento del trabajo no remunerado de las mujeres en sus constituciones políticas. En Uruguay, Costa Rica, Ecuador, Jamaica y Surinam las necesidades de cuidado se están perfilando como un campo específico de políticas públicas. De hecho, Uruguay tiene un sistema de cuidados, que incluye un programa de asistentes personales para personas con discapacidad severa, además, se aprobó la ampliación de la licencia por maternidad –de 12 a 14 semanas– y por paternidad también. A partir de 2016 se les agregan a los padres diez días continuos, que se acumulan a los tres que actualmente tienen y que son financiados por el contratante. Desde el año próximo, a su vez, existirá la posibilidad de que la madre o el padre hasta los seis meses del niño, y desde el fin de la licencia por maternidad, pueda desarrollar “medio horario de labor”, un derecho que podrá ser usado indistintamente y en forma alternada entre el padre y la madre.

El tema viene discutiéndose en los últimos años en foros regionales. Por ejemplo, en 2010 durante la XI Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, los países acordaron en lo que se conoce como Consenso de Brasilia: “Adoptar todas las medidas de política social y económica necesarias para avanzar en la valorización social y el reconocimiento del valor económico del trabajo no remunerado prestado por las mujeres en la esfera doméstica y del cuidado” (acuerdo 1a), así como “Fomentar el desarrollo y el fortalecimiento de políticas y servicios universales de cuidado, basados en el reconocimiento del derecho al cuidado para todas las personas y en la noción de prestación compartida entre el Estado, el sector privado, la sociedad civil y los hogares, así como entre hombres y mujeres, y fortalecer el diálogo y la coordinación entre todas las partes involucradas” (acuerdo 1b). La inclusión de estos temas en la agenda prioritaria parlamentaria viene reclamándose desde organizaciones sindicales, y entidades que trabajan por los derechos de las mujeres en el país.

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Los puntos principales

  • El proyecto de ley define los lineamientos para el desa- rrollo de una política federal de cuidados para la primera infancia, desde los 45 días hasta los 3 años.


  • Se define “cuidados” como el “derecho de todos los niños y niñas a gozar de un desarrollo humano pleno y satisfactorio, que contemple su protección afectiva, psíquica y física, su socialización temprana, así como la atención y satisfacción de todas las necesidades que los niños y niñas requieren de acuerdo a su edad”.


  • Los servicios de atención y cuidado deben establecerse en forma progresiva para toda la población, sin exclusión de ningún tipo, en todo el territorio del país.


  • Deben participar del financiamiento del sistema solidariamente el Estado nacional, las provincias, municipios y la CABA, además de las empresas y empleadores, y los gremios y sindicatos.


  • Entre otras medidas, el proyecto promueve la profesionalización de los cuidadores y cuidadoras.


  • La Autoridad de Aplicación será designada por el PEN y deberá establecer estándares de calidad de los dispositivos. Al mismo tiempo, deberá establecer mecanismos de fiscalización.


  • Dentro del plazo de seis meses desde la promulgación de esta ley, se constituirá un Observatorio Federal de Cuidados para la Primera Infancia, que deberá, junto con las universidades con las que firme convenios, brindar informes diagnósticos sobre los dispositivos de cuidados existentes, para su posterior consideración por la Autoridad de Aplicación.


 
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