Miércoles, 25 de mayo de 2011 | Hoy
SOCIEDAD › LOS MOTIVOS QUE CITó EL TRIBUNAL PARA NO CAMBIAR LA CALIFICACIóN
Por Carlos Rodríguez
Los jueces desestimaron, por unanimidad, el pedido de la fiscalía para que Guillermo Bártoli sea acusado como “partícipe necesario” del asesinato de su cuñada María Marta. En una resolución de 17 carillas, los miembros del tribunal señalaron que “con meridiana claridad” está señalado, en el escrito de elevación a juicio de la causa, que Bártoli “es traído a juicio en base a una plataforma fáctica subsumida jurídicamente a título de encubrimiento y no por un hecho distinto que remite, tal como fuera formulado por la fiscalía, a una participación en un homicidio”.
Los jueces reconocieron que el artículo 359 del Código Procesal Penal “faculta al fiscal (del juicio) a ampliar la acusación si en el curso del debate surgieren hechos que integren el delito continuado atribuido o circunstancias agravantes de calificación no contenidas en el requerimiento fiscal (de primera instancia) o en el auto de elevación (a juicio), pero vinculadas al delito que las motiva”.
De esa forma se podría consagrar “un instituto excepcional que permite suprimir en lo ampliado la etapa instructoria y los actos preliminares”, siempre y cuando aparezcan pruebas que sustenten la nueva calificación. En el caso actual, el tribunal entiende que no hay “mención de prueba alguna que le dé sustento” al pedido de los fiscales.
Luego de realizar distintas consideraciones, se sostuvo que “fácil es concluir que la ampliación de una acusación sólo resulta procedente cuando durante el curso del debate surgieran nuevas pruebas que llevaran a la conclusión de que el delito no estuvo constituido por un solo hecho, sino por varios e independientes entre sí (delito continuado)”. Otra alternativa es que aparezcan “circunstancias agravantes de calificación no mencionadas en su momento”.
Los fiscales, por su parte, hicieron el planteo porque tienen la convicción de que pueden aparecer nuevas pruebas que comprometan no sólo a Bártoli, sino también a su mujer, Irene Hurtig. Por esa misma razón, es posible que, cuando llegue el momento de la acusación, insistan con adjudicarle a Bártoli el cargo de “partícipe necesario”. Carlos Carrascosa, el viudo de María Marta García Belsunce, fue condenado a perpetua por el crimen, cuando el caso llegó a Casación. En el juicio oral lo habían condenado sólo por encubrimiento.
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