Dom 01.04.2012

SOCIEDAD • SUBNOTA  › OPINION

La Justicia responde a las víctimas

› Por Amanda M. Klasing *

La sentencia dictada por la Corte Suprema de Justicia de Argentina en el caso A.G., sobre una joven de 15 años que quedó embarazada tras ser violada por su padrastro, no despenaliza el aborto. Sin embargo, ha humanizado el proceso judicial que atraviesan aquellas víctimas de violaciones sexuales que procuran someterse a una intervención médica oportuna después de haber padecido una forma de violencia aberrante.

Si bien no conozco personalmente a A.G., sí conozco bien su situación. Tuve la triste experiencia de dialogar con otras adolescentes como ella que tuvieron embarazos producto de violencia sexual. Se trata de jóvenes que se vieron obligadas a convertirse en madres a una edad en que deberían estar jugando con amigos y asistiendo a la escuela; cuyos cuerpos aún no se han desarrollado plenamente y para quienes un embarazo podría deteriorar su condición física o incluso tener consecuencias fatales; y que se sienten aterrorizadas ante la perspectiva de criar al hijo de la persona que las agredió.

La violencia sexual tiene graves consecuencias físicas y emocionales para quienes sobreviven a estos hechos. Pero cuando un acto de violencia tan terrible además provoca un embarazo, la presión emocional que supone tomar una decisión puede ser abrumadora.

Es posible que haya diferencias de opinión entre personas sensatas sobre la implicancia moral de la interrupción voluntaria del embarazo según el caso y la situación. Incluso personas que comparten una misma religión podrían adoptar posturas radicalmente distintas respecto de cuándo se justifica practicar este tipo de intervención médica. La decisión de someterse a un aborto corresponde al fuero íntimo, es personal y a veces puede resultar desconcertante para las mujeres y adolescentes que se enfrentan a esta situación. Cuando el embarazo es resultado de una violación, la decisión puede tornarse incluso más difícil y compleja desde el punto de vista emocional. En esos casos, la mujer o la joven debe poder adoptar esta decisión abiertamente y con el asesoramiento de su proveedor de servicios médicos, su comunidad religiosa, familiares o amigos, sin temor a ser objeto de sanciones legales.

Contrariamente a lo señalado por algunas versiones, la sentencia de la Corte Suprema en ningún momento sugiere que se deba instruir a las mujeres que hayan sido violadas sobre la conveniencia de someterse a un aborto. Simplemente establece en forma clara que todas las personas que sobreviven a hechos de violencia sexual y quedan embarazadas en consecuencia, y no sólo aquellas mujeres con incapacidad, tienen el derecho a analizar la posibilidad de recibir tratamiento médico, incluidos servicios de aborto, sin tolerar ningún tipo de humillación y sin temor a enfrentar sanciones legales. La sentencia reconoce las obligaciones jurídicas de Argentina en materia de derechos humanos, y asegura que el Código Penal y el sistema judicial no obstaculicen los derechos de las víctimas precisamente cuando más necesitan que sean protegidos. Las víctimas que sobreviven a un acto de violencia sexual podrán presentar una denuncia del hecho y luego solicitar la atención médica que necesiten sin demora administrativa o judicial.

A fin de comprender la trascendencia de este fallo, deberíamos tratar de imaginar la difícil situación vivida por A.G. y su familia en diciembre de 2009. Cuán atemorizante debe de haber sido para ella que alguien en quien confiaba, el padre de sus hermanos y hermanas, el esposo de su madre, traicionara su confianza, vejara su cuerpo y le arrebatara su dignidad. Pensemos cómo habrá sido descubrir luego que había quedado embarazada. Intentemos ponernos en el lugar de su madre, A.F., e imaginar cuáles habrán sido sus sentimientos: la culpa, el temor, el enojo. Reflexionemos sobre cómo habrá sido el proceso para A.F. al intentar obtener el tratamiento médico que necesitaba su hija. A.F. no podía limitarse a lograr que su hija recibiera la mejor atención médica posible, sino que además tenía que librar distintas batallas legales para asegurar el bienestar de A.G., a medida que su salud mental se deterioraba.

Intentemos imaginar a los médicos de A.G., quienes comprendían la necesidad médica de interrumpir el embarazo, pero sabían que si actuaban según su mejor criterio clínico sin autorización judicial se exponían a sufrir sanciones legales. A.G. y A.F. tuvieron que esperar tres meses mientras el caso avanzaba con dificultad y cada semana el embarazo afectaba más profundamente el estado físico y emocional de A.G.

La sentencia de la Corte Suprema procura asegurar que los padecimientos y las dificultades que enfrentaron A.G. y su madre no se repitan. Se trata de un avance importante, conseguido en su totalidad dentro del ámbito de competencia de la Corte, para afianzar la dignidad humana de quienes sobreviven a estos hechos y proteger los derechos de las mujeres sobre su propio cuerpo. Corresponde ahora a los demás poderes del Estado, acompañados por el debate público, avanzar en el mismo sentido.

* Investigadora de Derechos de la Mujer en Human Rights Watch.

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