Lunes, 1 de julio de 2013 | Hoy
SOCIEDAD › JUAN PABLO GALLEGO, ABOGADO
Por Mariana Carbajal
Para el abogado de la querella, Juan Pablo Gallego, la sentencia de Casación reinstala otro debate: “La persistencia de un sector judicial, cuya cabeza visible es la jueza de Familia de Lomas de Zamora, María Silvia Villaverde, que continúa resolviendo conforme al viejo paradigma del Patronato de Menores, en contraposición al Sistema de Promoción y Protección Integral, al no escuchar a los chicos. El fallo de Casación permitirá ahora el esclarecimiento de la verdad, y fundamentalmente la protección de los más indefensos”, agregó Gallego, profesor de la Facultad de Derecho de la UBA, a cargo de la cátedra Protección integral de los derechos del niño en la legislación y jurisprudencia, consultor de Unicef y autor del libro Niñez maltratada y violencia de género. Gallego encabezó la querella que promovió la condena al cura Julio César Grassi por abuso sexual y corrupción de menores.
En su momento, la abogada del padre en la causa de familia, Cristina E. Pibida –recientemente promovida a jueza–, alegó que la denuncia de abuso sexual promovida contra el hombre se trata de “una causa fabricada” por la mamá de los chicos, en el marco de un divorcio muy conflictivo, para evitar que su ex esposo viera a sus hijos, y que “no hay ningún elemento para imputar el delito de abuso sexual” a su defendido. En la causa penal, el padre tiene como abogado defensor al ex juez Francisco Trovato, condenado en 1999 en una causa por coimas.
Al rechazar los planteos de la madre en contra de las revinculación de los chicos con el padre, el Tribunal de Familia Nº 3 defendió el proceso de reanudación de las visitas, en una resolución de noviembre de 2011. En su voto, la jueza Villaverde afirmó que “el mismo tiene como finalidad ayudar a los hijos a estar en contacto con sus padres u otros adultos de la familia con los que hubo distanciamiento. El revincular tiene que ver con restablecer la paz dentro de la familia; tiene un aspecto educativo, pues les permite a los hijos incorporar la vivencia de que, después de la pelea y aun la guerra, se puede restablecer la paz y continuar la vida. Además, permite a la familia recomponerse sin aclarar lo ocurrido, debido a que en la memoria de cada uno los hechos son absolutamente contradictorios entre sí. En estos casos, el poner el punto final es aliviante y beneficioso para todos, en especial para los hijos”. Los otros dos integrantes del Tribunal, los jueces Roxana del Río y Enrique Quiroga, adhirieron a los mismos fundamentos.
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