Domingo, 16 de julio de 2006 | Hoy
LA EXPANSION DEL TELETRABAJO Y LA FLEXIBILIZACION LABORAL
Cada vez más se extiende la modalidad de trabajar en el hogar conectado a la computadora. Reducción de costos para empresas. Ausencia de regulaciones.
Por Sebastián Premici
Con la crisis de la convertibilidad y la posterior devaluación, los empresarios locales e internacionales comenzaron a desarrollar el teletrabajo como un mecanismo para reducir costos, a partir de la deslocalización y la mediación de las tecnologías de la información y las comunicaciones. El teletrabajo se convirtió en el paradigma de la flexibilidad, trastrocó cuestiones centrales como la duración de la jornada, cargas sociales, pertenencia a un ámbito laboral común, remuneraciones y el control de los trabajadores.
Según una encuesta preliminar realizada para el proyecto ETIS-LAC (Exportación de teleservicios para la inclusión socio-laboral de América latina y el Caribe), dirigido por Sonia Boiarov, de los 500 casos relevados, el 71,6 por ciento realiza teletrabajos para Argentina mientras que un 25 por ciento exporta sus teleservicios hacia Europa; Estados Unidos y Canadá; Latinoamérica y Caribe. Un dato llamativo: sólo el 23,1 por ciento está en relación de dependencia.
El Ministerio de Trabajo creó en 2003 una comisión dedicada al estudio de este tema con el objetivo de diseñar un marco normativo mínimo para impulsar el teletrabajo en relación de dependencia. El proyecto en cuestión –que se encuentra a la firma del ministro Carlos Tomada– define que los teletrabajadores gozarán de los mismos derechos que los demás empleados en relación de dependencia; que los empleadores deberán proveer el equipamiento necesario y financiarán su mantenimiento; y en caso que el trabajador aporte su propia computadora, el empresario deberá contemplar la totalidad de los gastos. Según indica la investigación del proyecto ETIS-LAC, el 87,5 por ciento de los encuestados se hace cargo de sus propios materiales de trabajo, el 79,6 paga la conexión a Internet y otro 76 manifestó que también asume los gastos telefónicos. Para el abogado Ignacio Funes de Rioja, “mucho de lo que se hace en el país como teletrabajo está en una nebulosa, no se registra ni como relación laboral ni como una locación de servicio”.
Uno de los puntos más discutidos en el seno de la comisión que dio forma a un posible marco jurídico fue el relacionado con la jornada laboral y la remuneración. Alejandro Bellicoso, asesor técnico de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, explicó a Cash la siguiente situación: “Un empleado de un estudio jurídico comienza a teletrabajar. Su empleador lo manda a la casa y le empieza a girar tres casos por día y al final de la semana posee más de diez expedientes para analizar con el consiguiente mensaje del jefe de personal: Acomodate los horarios como quieras, total estás en tu casa. Habrá días donde el teletrabajador no contará con una jornada de trabajo y otra de descanso sino que tendrá una única jornada. ¿Cómo se regula esta situación?”.
El proyecto lo deja abierto a que los empresarios y los sindicatos lo negocien en los convenios colectivos. Sin embargo, ésta es una cuestión central del teletrabajo, actividad que modifica radicalmente el concepto histórico de la jornada laboral. “Los teletrabajadores poseen características peculiares, por lo tanto, creo que los sindicatos tradicionales deberían aggiornarse, es decir, modernizarse para poder englobar en sus organizaciones esta franja de trabajadores. Esto obedece a un nuevo orden público del trabajo donde no se pensará más en la clásica jornada laboral y sí en un tiempo de disposición, donde los empleadores harán los aportes –por ejemplo– en proporción a la cantidad de horas que el empleado estuvo disponible”, aseveró Viviana Díaz, coordinadora de la Comisión de Teletrabajo de la cartera a cargo de Tomada.
La jornada laboral es fundamental para pensar cómo funciona la flexibilización en el teletrabajo. La tendencia de los empleadores es individualizar al teletrabajador y no establecer un vínculo estrictamente laboral con él, sino comercial. Se remunera por objetivos, existe una relación de continuidad con el trabajo a destajo. Y como los trabajadores deben autogestionar su propio empleo y tiempo, existe el temor a decir que no. “El teletrabajador se autocontrola, se autoexige. Es una nueva forma de organización del trabajo bajo un contexto de flexibilización laboral”, concluye la investigadora de la UBA Amalia Miano.
• Los empresarios comenzaron a desarrollar el teletrabajo como un mecanismo para reducir costos.
• Esa estrategia se concretó con la deslocalización y la mediación de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
• El teletrabajo se convirtió en el paradigma de la flexibilidad.
• Trastrocó cuestiones centrales como la duración de la jornada, cargas sociales, pertenencia a un ámbito laboral común, remuneraciones y el control de los trabajadores.
• La tendencia de los empleadores es individualizar al teletrabajador y no establecer un vínculo estrictamente laboral con él, sino comercial.
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