Domingo, 27 de junio de 2010 | Hoy
ENFOQUE
Por Guillermo Wierzba *, Romina Kupelian y Rodrigo Lopez **
Si las distintas etapas vividas en Argentina en las que se desplegaron proyectos de país contrapuestos se pueden identificar en determinados signos inequívocos, el carácter de los sistemas financieros constituye sin dudas uno de ellos. Los diputados Carlos Heller y Martín Sabbatella han presentado un proyecto de ley de servicios financieros que se inspira en una de las tradiciones que confrontaron históricamente. Así, la iniciativa persigue la orientación del crédito para el desarrollo, la eliminación de una severa discriminación de las pymes para el acceso al crédito, la desconcentración bancaria, la regulación de las tasas de interés, el fortalecimiento de la banca pública, el estímulo del crédito de largo plazo, el ataque a la las desigualdades regionales respecto a la bancarización.
La propuesta abreva en la corriente que reivindica la intervención del Estado en el diseño y la conducción de la política económica y entiende el sistema financiero como un servicio no autonomizado respecto del eje de la actividad productiva: la economía del sector real. Este paradigma de reivindicación de la democratización del crédito no es ajeno a la cuestión republicana, pues las instituciones legales financieras que se han asociado a este enfoque surgieron de gobiernos elegidos libremente por la voluntad popular.
En una nota de opinión, publicada el 16 de junio pasado en Clarín, Néstor Grindetti, ministro de Hacienda de la ciudad de Buenos Aires, y Mario Morando, director del Banco Ciudad, cuestionan aspectos del proyecto puesto en discusión. El punto de vista que sostienen se nutre de la otra tradición que concibe al sistema financiero construido con la lógica de un mercado más en una economía sustentada en el rechazo a la participación pública. Esa tradición obtuvo leyes afines a su pensamiento cuando la República no funcionó y las dictaduras dispusieron autoritariamente modelos de liberalización financiera (1955, 1966 y 1976). Para esos funcionarios exigir una cuota de crédito obligatoria para las pymes resultaría una intervención dictatorial del Estado y sugieren que el déficit crediticio del sistema con las pymes responde centralmente a problemas de información.
A la información vamos: en febrero de 2010, el sistema bancario prestó sólo el 26 por ciento de su cartera a las pymes. Los bancos públicos nacionales les prestan más de un 30 por ciento de su cartera, los privados nacionales un 27, los cooperativos 62, los de capital extranjero menos de un 20 y las sucursales de entidades financieras del exterior un 14,5 por ciento. Los números expuestos demuestran una disparidad entre grupos de entidades que desmienten que el crédito a las pymes esté limitado por deficiencias informativas, revelando conductas empresarias de racionamiento del crédito en perjuicio de ese tipo de unidades productivas.
La teoría económica presenta fuertes evidencias y argumentos respecto de estos comportamientos, indicando la estructural ineficiencia mercantil para resolverlos y propiciando la acción pública para mitigarlos. ¿Se trata de un problema que se resuelve sólo con sofisticaciones informativas o se requiere un dispositivo legal y normativo encaminado a corregir conductas de firmas extranjeras que participan en el sistema?
Los autores sostienen que la desconcentración del sistema debe regularse de igual modo para la banca pública que para la privada. Desconocen el fundamental rol de banca testigo que la primera debe desempeñar y su papel como agente contracíclico en la economía. Poner topes para la desconcentración del sistema a la banca pública atenta contra el rol de banca testigo y favorece un ilimitado poder discrecional de los bancos privados más grandes. Pero más sustantivo aún es desconocer que la función de la banca pública es distinta y muchas veces contradictoria con la de la banca privada. ¿Es lógico poner un límite de tamaño a la banca pública cuando es necesario que preste en los momentos de crisis en que el sistema tiene una desenfrenada conducta de restricción crediticia?
La refutación es contundente si se verifica el comportamiento del Banco Nación durante la última crisis, no sólo por una decisión de gestión, sino por su utilización por parte del Poder Ejecutivo para la implementación de líneas de crédito que estimularon la actividad. Igual verificación de su conducta contracíclica se puede hacer analizando cuantitativamente el comportamiento de las carteras de crédito luego de la crisis del 2001.
Esas conductas no son sólo de orden doméstico. En Brasil mientras la banca privada se retraía en 2009 y el PBI caía un 4 por ciento, el Bndes incrementaba su cartera en un 37 por ciento. ¿Debió Lula poner un límite a esa expansión del banco público en el mercado?
Grindetti y Morando no pueden ignorar que el sistema financiero argentino está líquido, como consecuencia de la confianza y solidez devenida del actual régimen macroeconómico. Sin embargo, enuncian un problema ajeno a la dinámica actual del sistema como el crowding out (desplazamiento del crédito privado por la demanda del sector público). No hay hoy competencia por fondos entre las empresas y el Estado. Eso era de la época en que se financió la reconversión del sistema jubilatorio hacia el modelo privado en los noventa, donde imperaban las libertades financieras por las que abogan esos autores. Actualmente el problema es conseguir que los bancos presten, que haya crédito de largo plazo, que la liquidez abundante sea útil para el desarrollo nacional. Así, la actual presidenta del BCRA anunció regulaciones tendientes a estimular los préstamos a la producción, debiendo enfrentar conductas empresarias en las que prevalece el otorgamiento de crédito carísimo para el consumo y la resistencia del sistema a comprometerse con la asunción del riesgo típico de la actividad financiera.
Al igual que Martínez de Hoz, Grindetti y Morando bregan por una mayor liberalización financiera al pedir “relajar requisitos para brindar servicios financieros”, exactamente lo contrario de lo que se ve en el mundo en estos días. Siguiendo la ley de la dictadura que buscó elevar las tasas de interés reales, se oponen a que la autoridad establezca topes, favoreciendo la usura y atentando contra la inversión productiva. Se refieren a una supuesta promiscuidad de la intervención pública y no se pueden privar de clamar por la reducción del gasto público. Lo hacen luego que la dinámica de éste ha reducido sustantivamente el impacto de la crisis y en el marco de una sólida sustentabilidad fiscal de la economía argentina. Este descontextualizado, temática y temporalmente, pronunciamiento de liberalismo conservador repone la cuestión fundamental enunciada al principio: la reforma del sistema financiero supera las consideraciones tópicas específicas y se trata de la confrontación de dos modelos de país: uno liberal-conservador; otro democrático, nacional, transformador, popular y progresista.
Fieles a esa tradición liberal-conservadora los autores metamorfosean de forma degradante el concepto de democracia, promoviendo un ilimitado reino de la decisión privada al acusar de dictatorial una decidida opción por el direccionamiento del crédito por parte del Estado. Contrariamente, en la tradición democrática lo dictatorial refiere a la obturación de la decisión ciudadana. La ley 21.526 en sus formas y contenidos es la expresión concentrada de los objetivos de la dictadura, la democracia debe cambiarla por otra sustantivamente opuesta a ella
* Director del Cefid-Ar.
** Investigadores del Cefid-Ar.
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