Viernes, 31 de julio de 2009 | Hoy
VIOLENCIAS
En un fallo que contradice los pactos internacionales que Argentina suscribe con carácter constitucional, la Sala I de Casación decidió reducir la pena a un hombre que asesinó a su mujer e hirió a su hija adolescente a 14 años, considerando como atenuante carácter “intemperante” del homicida y el “desquicio de sus relaciones familiares”. Es que el pobre no podía soportar que su esposa quisiera conseguir un empleo.
Por Roxana Sandá
En la Argentina judicializada, las emociones agravan o atenúan el cristal de la culpa según el tribunal que las sopese. El último viernes, la Cámara de Casación bonaerense consideró que el carácter violento de un femicida era suficiente prueba para rebajar su condena a prisión. La fuerte raigambre machista de Félix Marcial Tévez, la intolerancia a cualquier manifestación de independencia que asomara en su esposa y la falta de empleo también influyeron en el parecer del tribunal, a la hora de aminorar la pena. Acaso para torcerle el rumbo a algunas barbaries jurídicas resulte apropiado publicitar los nombres de los magistrados que rubrican fallos discutibles. En este caso, sus efectores fueron los jueces Carlos Natiello, Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués, que integran la Sala I de Casación. Se trata del mismo tribunal que en 2006 redujo la condena al violador Alberto Fabián Salas, de 17 a 14 años de prisión, porque consideró un atenuante su personalidad “psicópata y perversa”. El voto mayoritario de Piombo y Sal Llargués tuvo en alta estima las características psicológicas del acusado.
Tévez, de 55 años, asesinó a su mujer a balazos a fines de 2001, cuando la crisis económica y social que atravesaba el país hirió de muerte a millones de argentinos. Lo suyo fue a la luz del sol, en la vereda de su casa de Quilmes, con una lluvia de balas que también hirieron a una hija de entonces 15 años.
Pero las marcas de una violencia que siempre estuvo presente en la pareja se profundizaron hacia fines de los noventa, cuando él perdió su trabajo de metalúrgico para convertirse en remisero y ella comenzó a implorarle que le permitiera buscar un empleo. En la causa quedó acreditado que era “un hombre violento, impulsivo e intemperante, patriarcal, celoso al punto de negarse a aceptar que su mujer trabajara”.
La abogada defensora, Claudia Adriana Thevenon, justificó el fallo del tribunal en tanto “la psiquis de una persona con estas características no puede comprender la importancia que tienen los actos en sí”.
Según Thevenon, “es medio difícil de entender, pero la realidad concreta es que habían varios antecedentes. Para poder explicar este tema hay que saber que éste no fue un episodio aislado: había antecedentes de problemas de convivencia y de violencia familiar”, que llegaron al debate oral, “pero que a la postre por cuestiones técnicas algunos hechos no se pudieron probar e intervinieron en la absolución de Tévez”.
Tres años antes, el Tribunal Oral Nº 2 de Quilmes lo había condenado a diecinueve años y medio de prisión por el hecho y por las lesiones que provocó a su hija, pero la misma abogada apeló la sentencia a Casación con el argumento de que su cliente “jamás pretendió causar daño a la salud de su propia hija. Solamente, con la razón nublada, quiso producir la muerte de su cónyuge”.
La semana pasada, el fallo de la Sala I no sólo confirmó un pensamiento jurídico pesado, sino que sentó un precedente riesgoso al entender que el victimario había actuado bajo un estado de emoción violenta, y al reducir la condena inicial, de 19 años, a 16. La figura que en la actualidad es motivo de debate está contemplada en el artículo 82 del Código Penal y fija penas de entre 10 y 25 años para el homicidio agravado por el vínculo en estado de emoción violenta.
A contrapelo de lo que establecen las convenciones internacionales ratificadas por el Estado argentino, los integrantes de ese tribunal superior consideraron “circunstancias extraordinarias de atenuación el desquicio en las relaciones de familia y la pérdida de empleo”. Para concluir con verba rebuscada que la baja de la pena “no es sinónimo de que se premia al intemperante, sino de que sólo quien tiene dificultades derivadas de su configuración personal para administrar su conducta revela un menor grado de libertad que ha de traducirse necesariamente en un menor reproche”.
Al menos 207 mujeres fueron asesinadas por la violencia de género durante 2008 y se estima que este mes murieron otras 26, de acuerdo con un informe sobre femicidios en la Argentina, elaborado por la Asociación Civil La Casa del Encuentro. A cuatro meses de ser sancionada, la Ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres todavía espera su reglamentación.
“Los números plantean la urgencia de incorporar el femicidio como figura jurídica penal autónoma”, explica Fabiana Túnez, de esa asociación. “Pero tenemos una Justicia que no acompaña por cuestiones de índole cultural y social. Jueces varones que comprenden una estructura patriarcal y asesinatos de mujeres que no son considerados tema de derechos humanos, sino hechos aislados de la vida privada.”
–No hay responsabilidad social ni institucional frente a esas muertes que podrían ser evitadas. En todos esos casos hubo denuncias e indicadores previos de violencia existente.
–Faltan abogados y abogadas especialistas en violencia, que cuenten con un corpus teórico. En carreras como derecho o trabajo social no existe siquiera la materia género. Hay ausencia de capacitación sobre una problemática que no es nueva, pero que recién ahora empieza a visibilizarse. Desde lo formal existen instrumentos, pero en la realidad no se vislumbra apoyo, asistencia ni decisión política de trabajar a fondo el tema.
–¡Es que es un genocidio, pero como esas muertes aparecen en cuentagotas no se advierte su dimensión! A las mujeres nos van desangrando, los casos y las estructuras de violencia son repetitivos. Estamos frente a más de un Cromañón por año, pero la sociedad le da la espalda a esa problemática.
–Con la legitimación de la violencia y la apropiación de la vida de las mujeres y sus cuerpos, entendidos como botines de guerra. Mientras no haya una elaboración de estadísticas oficiales, programas de atención de violencia con presupuesto suficiente ni una mirada política que reconozca la categoría femicidio, los asesinatos de mujeres seguirán reduciéndose a “crímenes pasionales”.
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