OPINION
Abusos
Por Laura Musa*
Lamentablemente, por la reciente y terrible noticia sobre un delito de abuso sexual cometido contra una niña en Salta, nuevamente entra en debate el alcance que deben darse a los derechos de niñas y niños y las responsabilidades institucionales de los organismos encargados de la protección de los derechos de la infancia y el rol de la Justicia.
Este no es un caso aislado, es necesario reconocerlo, así como tampoco es aislada la falta de respuestas institucionales adecuadas para la efectiva protección de los derechos de niños y niñas víctimas de delitos o con sus derechos violados.
Es así que si bien resulta frecuente discurrir sobre los derechos que tienen todos los niños y niñas de nuestro país, es sistemática la violación de esos derechos a quienes forman parte de la población excluida socialmente por parte de los organismos encargados de su protección y de los órganos de la Justicia. Esto pareciera conformar un todo lleno de contradicciones y ambigüedades que, en pos de la defensa de los niños, permite y legitima las prácticas más aberrantes de la violación de sus derechos.
Para decirlo más claramente: ante un caso terrible como el que actualmente se ventila en los medios, se centra la atención en las valoraciones de las condiciones de vida de la niña víctima del delito y su familia, y no en el hecho delictivo a investigar y sus partícipes. Incluso tolerando que, en el sistema actual, aún pueda sucederle algo más terrible a la niña víctima, como ser su internación en un Instituto de Menores y la separación de su medio actual para su supuesta “protección”, generando en ella, y también en su familia, ya excluidas socialmente, la idea de ser culpables y responsables del delito del que ha sido víctima.
Sin embargo, la Convención sobre los Derechos del Niño, tratado internacional de los derechos humanos de la infancia, forma parte de nuestra Constitución nacional desde 1994, y ella obliga a los países que han adherido a ella a respetar y cumplir los derechos que se le reconocen a niñas y niños. Entre ellos, una obligación especial que se le impone a los estados es que adopten todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger a niñas y niños contra toda forma de perjuicio o abuso, físico o mental, incluido el abuso sexual. A su vez, también ordena la aplicación de las medidas apropiadas para promover la recuperación física y psicológica de niñas y niños víctimas de cualquier forma de abuso, y que estas medidas de protección deberán comprender “procedimientos eficaces” para el establecimiento de programas sociales con objeto de proporcionar la asistencia necesaria al niño o niña y a su familia, lo que necesariamente implica la prohibición de la aplicación de medidas coercitivas y punitivas sobre ellos, como ser internaciones –privaciones de su libertad y separación de su medio familiar y comunitario– u otras medidas restrictivas del goce de sus derechos.
Sin embargo, parte de la normativa que actualmente se aplica, como así también las prácticas administrativas y judiciales, parecieran aceptar como legítimo que cuando un niño o niña pertenece a estos sectores sociales vulnerados y son además víctimas de la violación de otros derechos, sean ellos los investigados y responsabilizados y no el agresor. Así se genera la consolidación de un estado de sospecha sobre la víctima y su medio familiar y social y la eventual impunidad del responsable. Esto se materializa a partir de la aplicación de las leyes tutelares de menoresque permiten esta actitud, así como de los órganos de la Justicia y de la administración que en sus prácticas no han incorporado los mandatos no tan sólo de la Convención sobre los Derechos del Niño, sino aunque sea de la misma Constitución nacional.
Por lo tanto, la falta de respuestas adecuadas, y la sistemática manutención del statuo quo social y político actual permite la consiguiente y continua violación de los derechos de los niños, y aun más de los excluidos del sistema.
Se torna preciso alertar que aun en este terrible caso, si las instituciones encargadas de la administración de Justicia y de la protección de la infancia no toman seriamente a esta niña como una persona con derechos que ante todo deben respetarse y cumplirse, todavía puede ocurrir algo peor para la niña víctima del delito, esto es, su institucionalización por cuestiones de protección, investigando sólo a la víctima y su entorno, como ciertamente sospechosos de la desgracia que les aconteció y no centrándose en la participación y responsabilidad criminal que le puede corresponder al agresor.
Ojalá esto no suceda esta vez.
Ojalá alguna vez esto comience a cambiar, y niñas y niños puedan ser real prioridad en las políticas de Estado de este país, como sujetos concretos con derechos y no meros destinatarios de los discursos de ocasión del poder.
Ojalá ésta sea una oportunidad para que la Justicia y las instituciones responsables de la protección de la infancia sientan, de una vez por todas, el desafío de la protección efectiva de sus derechos.
* Diputada nacional, bloque ARI.