SOCIEDAD
Con la publicación en el Boletín Oficial, la semana pasada, entró en vigencia la ley que permite que las mujeres detenidas por causas penales puedan cumplir prisión domiciliaria en el caso de estar embarazadas, tener hijos o hijas menores de cinco años o con alguna discapacidad. Esta herramienta podría corregir la doble condena que sufren las mujeres encarceladas –la pena de prisión más la pérdida de oportunidades y vínculos para sus hijos e hijas–, siempre que se puedan saltear las muchas salvedades que condicionan este beneficio.
› Por Roxana Sandá
“La Cachi” está ansiosa. Le transpiran las manos de los nervios, “porque la limosna es grande”, bromea, pero en el fondo sabe que esta vez puede tocarle “una buena”. Forma parte de ese 72 por ciento de mujeres procesadas sin condena en cárceles federales argentinas, y se cuenta entre las 228 alojadas en la Unidad 31 del penal de Ezeiza. A su hijo, un vértigo de rulos que cumplió tres años, le da risa ese brillo nuevo en los ojos grandes de la madre. “Es chiquito”, explica ella desde el teléfono penitenciario. “Todavía no entiende que a lo mejor el juez nos deja ir para afuera dentro de poco.” Lo que La Cachi espera es que se le haga carne el beneficio del arresto domiciliario, esa gracia que entró en vigencia hace diez días, anunciada en el Boletín Oficial.
Desde entonces las embarazadas, las madres de hijos menores de cinco años o de discapacitados podrán acceder al beneficio de la prisión domiciliaria, dispone la normativa que reforma la Ley de Ejecución de la pena privativa de la libertad que sancionara en diciembre último el Congreso Nacional.
Hasta ahora, esto sólo regía para los mayores de 70 años, los que padecieran una enfermedad incurable en período terminal o discapacitados cuando el establecimiento resulte inadecuado.
“Ya la llamé a mi vieja para que empiece a hablar con el abogado y con las autoridades del penal. Adentro tengo buena conducta, hice pocos quilombos y el nene es bueno. Supongo que el juez me tiene que soltar.” A La Cachi todo le suena a posible porque “me estudié el libreto de pe a pa”. Y lee ceñuda un recorte de diario hecho pasamanos. “La prisión domiciliaria se podrá conceder cuando esté embarazada o sea madre de un niño menor de 5 años o de una persona con discapacidad a su cargo. No se otorgará en forma automática, sino que esto es facultad de los jueces.”
De los jueces de Garantías, porque la detención en el domicilio se dispondrá para las mujeres cuyas causas se encuentren en período de instrucción o que aún no fueron elevadas a juicio. “Caso contrario, la evaluación y concesión del beneficio pasa por el tribunal interviniente, pero éste debe tener el visto bueno del fiscal a cargo de la causa”, explicó la coordinadora del área de Género del Comité Contra la Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria, Laurana Malacalza.
Las diferenciaciones que fueron componiendo la regla terminaron de diseñarse a mediados de diciembre pasado en una sesión del Senado, donde el jefe de la bancada kirchnerista, Miguel Angel Pichetto, solicitó a los jueces que no otorguen el beneficio a las mujeres que hayan cometido delitos violentos, como homicidios y asaltos a mano armada. Hechas las salvedades, la nueva Ley 26.472 sólo contempla a las presas que carguen delitos con penas menores de ocho años.
“El arresto domiciliario no se otorgará en forma automática, sino que esto es facultad de los jueces”, que también podrán “disponer la supervisión de la medida a cargo de un patronato de liberados o de un servicio social calificado”, y en ningún caso “la persona estará a cargo de organismos policiales o de seguridad”.
Un paréntesis: en un estudio de 2002 sobre el Poder Judicial argentino, el titular de la cátedra de Sociología Jurídica de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de La Plata, Felipe Fucito, reveló que uno de los hallazgos más persistentes de investigaciones en la materia es la arrogancia de los jueces argentinos. “El juez no constituye un Dios sobre la Tierra”, advierte Fucito. “En la variedad de estilos de poder que ensayen los magistrados hacia las presas con hijos saldrá a la luz una parte fundamental de la esencia de esta medida”, sinceró una funcionaria judicial.
Hasta que el Boletín Oficial anunciara la resolución, los organismos argentinos de derechos humanos propiciaron durante años una alternativa a la prisión de madres y embarazadas. El proyecto que sustancia esos reclamos y culminó en la ley actual conjuga las iniciativas de la diputada kirchnerista Diana Conti, los aristas Marcela Rodríguez y Emilio García Méndez y otra del procurador penitenciario, Francisco Mugnolo. Resta comprobar el trato que de aquí en más perciban las beneficiadas con el nuevo régimen de detención.
“Porque no hay ningún tipo de plan o programa del Ministerio de Justicia que especifique el tratamiento orientado a esas mujeres y a sus hijos”, afirma Malacalza. En esa cuerda, el Comité prevé un seguimiento “para chequear qué tipo de ayuda social se brindará, desde la salud hasta la escolarización. Para quienes propulsamos la iniciativa, va a ser un desafío diseñar políticas públicas que atiendan la situación”.
No son pocas las referentes de organizaciones sociales y de derechos humanos que sospechan de un descalabro sin red frente a la posibilidad concreta de que “en el afuera” las mujeres no logren valerse como sostén de sus hijos o se quiebren en el agobio de las responsabilidades maternas.
“Son los límites que tiene el sistema punitivo en la Argentina”, resume la abogada Clara Sajnovetzky. “El castigo se remite a la falta de libertad ambulatoria.” Le preocupa ese puente astillado del penal al encarcelamiento hogareño. “Todavía no hay reglamentación y tienen que definir el régimen de detención. Consideran a esas mujeres jefas de familia pero no definieron si podrán salir a trabajar.”
Hasta la aprobación de la ley, el beneficio fue otorgado mediante fallos judiciales que consideraron la cárcel como un sitio nocivo para el crecimiento de niñas y niños. En junio último, la Sala I de la Cámara Federal ordenó que una mujer procesada por tenencia de estupefacientes para comercializar cumpliera el arresto domiciliario por tener a su cargo varios hijos, entre ellos una niña de dos años con graves problemas auditivos, con quien vivía en la cárcel de Ezeiza.
El fallo estimó que “el encarcelamiento en una unidad penitenciaria resiente el normal desenvolvimiento de la relación familiar con afectación al derecho de los niños”.
Para la misma época, 19 internas de la Unidad 31 de Ezeiza se declararon en huelga de hambre en reclamo de la ley de arresto domiciliario. Son cuestiones perennes: escurrirse del frío, de las ratas, del ilusorio refuerzo alimentario, de las peleas, los castigos y las represalias; de las requisas infantiles, de las rejas que reemplazan los árboles. Casi ocho meses después, el escenario persiste sobre unas 228 mujeres y 75 niños alojados en esa unidad.
En la provincia de Buenos Aires se abre un agujero negro similar. Según datos recientes del Comité, cerca de 86 niños habitan diferentes ámbitos carcelarios bajo condiciones de vulnerabilidad extrema. Unos 75 en la Unidad 33 del Complejo Penitenciario de Los Hornos y el resto se distribuyen en la Unidad 4 de Bahía Blanca, la Unidad 50 de Batán, 3 de San Nicolás y 5 de Mercedes. El 89 por ciento de las mujeres internadas junto con sus hijos se encuentran procesadas, y el 63 por ciento lo están por delitos contra la propiedad.
Lo más delgado de ese hilo se cortó en julio de 2007, con la muerte de un bebé de seis meses alojado en la Unidad 33 de Los Hornos, por la falta de atención médica al cuadro de bronquiolitis que padeció durante siete días. Pese a los reclamos de su madre, sólo cuando el pequeño comenzó a ahogarse hasta perder la vida fue trasladado al hospital zonal en el auto de una funcionaria penitenciaria de la Unidad.
“Pasó a integrar la siniestra lista del quinto bebé muerto dentro del sistema penal por la desidia e inoperancia de la Dirección General de Salud Penitenciaria”, denunció entonces el diputado provincial Jaime Linares (UCR). El servicio médico del penal de Los Hornos sigue sin contar con aparatología mínima, profesionales especializados, salas de internación infantil, medicación específica necesaria y una unidad de traslado pediátrica disponible. En casos de urgencias o derivaciones para tratamientos o estudios, se utilizan los móviles destinados al traslado de internas.
Se sabe que en la mayoría de las unidades el personal penitenciario es el que tramita el cumplimiento de los tratamientos o el control periódico que deben realizarse los niños en los hospitales. Eso impide que las madres puedan acompañar y conocer los cuidados específicos que requieren sus hijos. “En este sentido, la nueva resolución significa un avance fundamental. La muerte de ese bebé fue por ausencia de condiciones básicas de atención de salud en cárceles”, enfatiza la diputada Laura Berardo (Libres del Sur), autora de otro proyecto que propicia el arresto domiciliario en el territorio bonaerense.
La iniciativa de Berardo da una vuelta de tuerca al plantear “que los jueces deberán otorgar ese beneficio con carácter obligatorio. Descartamos la posibilidad de que los magistrados evalúen quiénes merecen gozar de esa alternativa, porque se prioriza que niñas y niños no pueden crecer en una cárcel”.
No hablar en tono elevado, pedir permiso para ir a jugar y hacerlo solo para no romper la simbiosis entre los otros niños y sus madres, solicitar que se abran las puertas, desplazarse en el perímetro imaginario que cercan las mujeres, gritar por capricho en horarios permitidos, treparse a las rejas a falta de árboles, tragarse el cielo desde una abertura, rogar al santo enfermar poquito, adivinar que en unos años no se vivirá más con mamá y que la escuela es ese sitio donde nada parece adecuarse a lo que las ganas imploran, de eso se trata, en líneas generales, crecer dentro de una cárcel, pasar en el encierro esa etapa hasta los cinco años en que se imprimen las huellas por las que circulará la vida afectiva de un niño o de una niña.
El arresto domiciliario pareciera ser un canal entrañable para que las criaturas accedan a vacantes escolares, gocen de continuidad educativa, no soporten traslados a los jardines de infantes en móviles penitenciarios y sean tratados sin visos de discriminación por los docentes de la escuela pública. En el encierro, esos derechos se cubren a los tumbos además de que no exista informe o estudio oficial que permita conocer la situación educativa de esta población, según relevamientos de la Asociación por los Derechos Civiles junto con la Comisión Provincial de la Memoria y el Grupo de Estudio sobre Educación en Cárceles (Gesec) de la provincia de Buenos Aires.
“Es demasiada crudeza junta”, concluye la doctora en Derecho Penal Marta Monclus, que coordina el Observatorio de Cárceles Federales de la Procuración Penitenciaria de la Nación. “Los niños está privados de la libertad, padecen junto con sus madres el régimen de vida carcelaria, viven en celdas pequeñas, rodeados por conflictos permanentes entre internas. Pero en el caso de las extranjeras el problema es más grave porque por lo general están solas, lejos de su familia, y cuando sus hijos cumplen 5 años deben internarlos en institutos de menores.” “Y para las madres es un doble castigo porque además de infringir la ley, estas mujeres rompieron con el lugar esperado para ellas dentro de la sociedad. Y eso a veces se remite a las familias o a las parejas, que dejan de verlas. Sobre todo a las madres: son las que menos visitas reciben. Creo que porque un niño dentro de la cárcel es portador de la causa de su madre y de los castigos que ella sufre por parte de la sociedad y la familia”, agrega Laurana Malacalza
La Cachi está embobada con la idea. Fantasea con su beneficio por encima de todas, aunque dice que a veces la deprimen cosas que es incapaz de resolver. Sospecha de “las cadenas de favores”, de que desde el Servicio Penitenciario se use el beneficio como moneda de cambio, de que la recompensa no se derrame sobre ella y su hijo. Son los miedos de quedar adentro que le empiojan el estómago, pero prefiere no abrir el paraguas cuando habla por el teléfono de la prisión, “no vaya a ser que me graben todo y después terminemos clavados acá adentro, como bichos con alfiler. Pase lo que pase, hay que seguir. No podemos bajar los brazos cuando hay pibes en el medio”.
MADRES DEL ENCIERRO
En el pabellón de maternidad de la Unidad 33 del Centro Penitenciario de Los Hornos, provincia de Buenos Aires, conviven 63 niños junto con las prisioneras. Niños que nacieron en prisión y muchos no conocen lo que existe más allá del encierro. Allí, entre 2004 y 2007, se tomaron las fotos que ilustran esta nota y que forman parte de un ensayo de Carolina Camps. “A la distancia reconozco que me acerqué a la cárcel pensando que me iba a encontrar con mujeres muy distintas a mí, pero después de convivir con ellas me di cuenta de que tal vez, si mi historia de vida hubiera sido como la de cualquiera de las fotografiadas, yo hoy podría estar en su lugar.” Sin embargo, es el lugar de los niños y niñas el que más le cuesta entender: “Es que están presos aunque se supone que la condena no es para ellos”.
(Versión para móviles / versión de escritorio)
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina
Versión para móviles / versión de escritorio | RSS
Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux