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Domingo, 27 de marzo de 2016

SANTA FE › PARA INDUSTRIAS DE BASE CULTURAL.

Cobrarle a Netflix

El diputado provincial Rubén Galassi presentó un proyecto que propone gravar con Ingresos Brutos la comercialización electrónica de entretenimiento audiovisual en el cual incluye la reproducción de películas, música, juegos, entre otros contenidos. El legislador socialista dio detalles sobre dicho proyecto en el cual se propone gravar con Ingresos Brutos la comercialización electrónica de entretenimiento audiovisual pero que, en principio, no afectaría el bolsillos de los consumidores y estaría apuntado a las empresas que se benefician con la reproducción de esos contenidos.

"No es para encarecer el servicio, sino para que las empresas dejen una porción de lo que ganan en Santa Fe", explicó el diputado socialista, y recordó que con parte de lo recaudado se creará un fondo de estímulo a la producción audiovisual. "La empresa Netflix, de Estados Unidos, cobra su servicio y el ciento por ciento se lo lleva a su casa central, y en Santa Fe no deja absolutamente nada", ejemplificó Galassi.

Y agregó: "Por eso planteamos habilitar a la Secretaría de Ingresos Públicos, para aplicar en el concepto de Ingresos Brutos, un tributo, no recargar el servicio, sino descontarles algo de lo que cobran para que quede en la provincia". Un argumento sólido a la hora de cobrar.

Además, el diputado provincial explicó que la norma propone crear un Fondo Estímulo para la Producción Audiovisual Santafesina, afectando el 25 por ciento de lo que se recaude para promover el desarrollo de las industrias de base cultural en el territorio.

Por otra parte, Galassi estimó que hoy en la provincia la compañía norteamericana cuenta con unos 50 mil abonados. "La única información que tenemos es que en Argentina hay unos 550 mil suscriptores, y Santa Fe, en general, representa entre el 8 y el 10 por ciento tomando población y PBI, por lo que podemos estimar que entre 40 y 50 mil santafesinos al presente consumen estos servicios".

El proyecto de ley, en su primer párrafo detalla: "Incorporase al artículo 177 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe - Ley 3456 y modificatorias, el siguiente apartado: La comercialización de servicios de suscripción online para acceder a toda clase de entretenimiento audiovisual (películas, series, música, juegos, videos, entre otros) que se transmita desde Internet a televisores, computadoras, dispositivos móviles y otros conectados".

En tanto, en su artículo tercero pide que se cree en "la órbita del Ministerio de Innovación y Cultura de la Provincia de Santa Fe un Fondo Estímulo para la Producción Audiovisual Santafesina, el cual será destinado a estimular el desarrollo de las industrias de base cultural de la provincia, afectándose el 25 por ciento de lo recaudado".

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