Lunes, 19 de septiembre de 2016 | Hoy
SANTA FE › LOS JUECES QUE "ENTORPECIERON" LA CAUSA DEL VACIAMIENTO DEL BANCO DE SANTA FE
Ahora la Cámara tratará el planteo fiscal para que se anule la causa por "cosa juzgada fraudulenta". Procelac descubrió un "plan" de varios jueces que intervinieron para que no avanzarán las investigaciones y así garantizar la "impunidad" a los imputados.
Por Juan Carlos Tizziani
Desde Santa Fe.
La Sala A de la Cámara Federal de Rosario sacó su segunda resolución en una semana en la causa por el vaciamiento del Banco de Santa Fe entre 1979 y 1990, a pesar de que el juez Reinaldo Rodríguez se declaró incompetente y decidió despacharla a la justicia de la provincia hace dos meses, aunque todavía no lo hizo. El martes 6, la Sala ratificó que la acción penal no prescribió. Y el martes 13, integró el tribunal con un vocal de la Sala B para resolver una instancia clave: el pedido del fiscal Walter Rodríguez y de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) para que anule por "cosa juzgada fraudulenta" las actuaciones en el expediente de tres jueces federales, entre ellos Víctor Brusa, que consideran una puesta en escena: un "plan de acción" dirigido a "simular un proceso penal", "entorpecer" la pesquisa y garantizar la "impunidad" de los responsables de las maniobras, todos ex directores del Banco. Uno de los fallos impugnados es del 11 de junio de 1993, cuando Brusa resolvió un "sobreseimiento provisorio" -que el fiscal consideró "fraudulento"-, al que siguieron dos hechos a tono con los tiempos de esta causa: en 1994, pasó a un Juzgado Civil de la provincia donde estuvo cajoneada 14 años y en 2008, volvió al Juzgado Federal de Rodríguez, donde permaneció otros cinco años, hasta 2013, cuando el Ministerio Público pidió su reapertura y la nulidad del "plan" de Brusa y compañía.
Brusa fue destituido de su cargo en marzo de 2000 por "entorpecer" una causa en su contra. En 2009, el Tribunal Oral de Santa Fe lo condenó a 21 años de prisión por delitos de lesa humanidad. En 2014, sumó la segunda sentencia a siete años por asociación ilícita y en febrero de 2017, deberá afrontar un tercer juicio por otros casos de "apremios ilegales". Hoy cumple una condena unificada a 22 años en la cárcel de Las Flores.
El martes 13, los dos vocales de la Sala A, Fernando Barbará y Eleonora Pelozzi comenzaron a tratar el pedido de nulidad por "cosa juzgada fraudulenta" que planteó el Ministerio Público, pero como discrepan "en la solución del caso" integraron el tribunal con su colega de la Sala B, José Guillermo Toledo. Lo que significa que el futuro fallo no saldrá por unanimidad, sino por mayoría.
La resolución marcó dos cuestiones:
1) El contraste entre el juez de Santa Fe que se desligó de la causa y el tribunal que continúa su trabajo, a pesar de la "incompetencia" que declaró el magistrado el 1º de julio. Fuentes que tienen acceso al expediente -consultadas por Rosario/12- consideran que la "situación es anómala" y "nunca vista", mientras que desde la Procelac, otra fuente opinó que lo resuelto por Rodríguez es "nulo" porque sustrajo de la jurisdicción de la Cámara los recursos en trámite. "Es una nulidad manifiesta y grosera", la calificó.
2) La voluntad de la Sala -ahora integrada por Barbará, Pelozzi y Toledo- de tratar el recurso de apelación que promovió el fiscal Rodríguez para que se anulen las actuaciones de tres jueces federales: Brusa, Héctor Tripicchio y Gerardo Yebra, entre 1991 y 1993 por "cosa juzgada fraudulenta". El pedido fue hecho en octubre de 2013, el juez Rodríguez lo rechazó dos años después, en agosto de 2015; el fiscal apeló, así que ahora deberá resolver la Cámara.
El dictamen de la Procelac denunció un "plan de acción común entre el juez Tripicchio, su secretario y luego juez, Brusa y Yebra dirigido a simular un proceso penal tendiente a la averiguación de la verdad, cuando en realidad el genuino ánimo" era "entorpecer" la pesquisa para que "nunca se llegase a establecer quienes perpetraron los hechos" y "echar así un manto de impunidad".
Las "consecuencias" de ese proceso "fingido" -planteó Procelac- ha sido el "sobreseimiento provisorio" de la causa dictado por Brusa en junio de 1993 y veinte años después, en junio de 2013, la resolución del juez Rodríguez, que declaró extinguida la "acción penal" y absolvió por prescripción a los 44 imputados. El 22 de abril, la Sala A (integrada por Barbará y Carlos Carrillo) anuló ese fallo del juez Rodríguez y el 6 de setiembre, al rechazar un recurso de la defensa, ratificó que la acción penal no está prescripta, en una resolución unánime que firman Barbará, Pelozzi y la jueza Elida Vidal.
En esos 20 años entre el fallo de Brusa del '93 y el de Rodríguez de 2013, sucedieron otros dos hechos que la Procelac también relata: los 14 años que la causa estuvo en "extraña jurisdicción" y "sin impulso procesal" en el Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de Santa Fe (entre mayo de 1994 y febrero de 2008) y otros cinco años en el propio Juzgado Federal (desde 2008 hasta mayo de 2013), cuando una secretaria subrogante informó que había recibido "las actuaciones que se encontraban en poder" de su antecesor en el cargo, Miguel Abásolo, hoy juez federal de Rafaela.
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