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Lunes, 19 de septiembre de 2016

SANTA FE › LAS CAUSAS QUE SE CERRARíAN SIN CONDENAS SI NO HAY PRóRROGA PARA UN PLAZO LEGAL

Carrera contra el reloj judicial

Son las iniciadas en el viejo sistema penal y cuya acción caería si no se aprueba un proyecto que establece una prórroga de un año. Sólo el pedido de cada fiscal podría autorizar una prórroga de 30 días. El caso Los Monos y el Puerto de Santa Fe entre los expedientes.

 Por José Maggi

Una importante cantidad de causas -valoradas más por su impacto social que por su cantidad numérica- podrían cerrarse definitivamente en febrero de 2017. Se trata de los expedientes originados en el viejo sistema de enjuiciamiento, todas iniciadas antes del 10 de febrero de 2014, que prescribirán si no son expresamente impulsadas por sus respectivos fiscales. "Sólo título ilustrativo, será imprescindible recordar, que bajo este período que está próximo a finalizar, se encuentran en trámite procesos penales sumamente sensibles para los santafesinos, tales como los vulgarmente conocidos como causa "Los Monos", "Puerto de Santa Fe", "Administración Fraudulenta Club Colon de Santa Fe", "Estafas de Escribanos y Funcionarios en el registro de la propiedad y catastro de Santa Fe", explicó a Rosario/12 el diputado provincial Carlos del Frade, autor del proyecto que pide una prórroga de un año para estos expedientes.

En este sentido, aclaró que "salvo que algún fiscal diga hago la opción de seguirla adelante, como dice el artículo 8 de esa ley, las causas van a prescribir. Como los fiscales son gente que saben tomar el termómetro de lo político tenemos la sensación de que van a querer cerrar la mayor cantidad de causas".

"Debe advertirse la gravedad institucional a la que asistiríamos, si cientos de causa penales en trámite, terminan siendo archivadas sin más.

En consecuencia -agregó- con la finalidad de afianzar la justicia, lograr la efectiva tutela judicial, y que los procesos penales puedan arribar a las instancias conclusivas correspondientes, es que proponemos se sancione con fuerza de ley la prórroga por un año del plazo previsto en el artículo 1 de la ley 13.004, requiriéndole a la Corte Suprema de Justicia de la Provincia el mantenimiento adecuado de los órganos judiciales pertinentes para tal fin", apunto el legislador.

El origen del punto en cuestión, según explica el legislador en su proyecto " tuvo lugar en el marco de la implementación del nuevo Sistema de Enjuiciamiento Penal de Santa Fe, cuando el titular del Poder Ejecutivo Provincial, despachó el Decreto Nº 3811 del 7 de noviembre de 2013, en virtud del cual se dispuso la plena entrada en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal a partir del 10 de febrero de 2014.

Así la Ley Nro. 13.004 - "Período de Transición" - establece y regula el denominado Sistema de Conclusión de Causas, el que se concibió como "el procedimiento establecido por esta ley para regular la adecuada finalización de todas las actuaciones iniciadas con anterioridad a la plena entrada en vigencia del Nuevo Sistema de Justicia Penal".

En resumen el artículo 1 de la referida norma fijó como período de transición al plazo de tres años contados a partir del primer día de plena entrada en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal, Ley Nro. 12.734, venciendo el mismo en consecuencia, en fecha 10 de febrero de 2017.

Asimismo, el artículo 8 de dicha ley, prevé el "fin del período de transición", estableciendo que: "todas las causas en las que, al día de finalización del período de transición, no haya habido decisión definitiva serán archivadas de pleno derecho, excepto los casos de querella por delito de acción privada, que continuarán según su estado. A partir de ese momento también cesarán de pleno derecho todas las medidas cautelares personales que se hubieran dispuesto en las causas que se archiven".

Aquí viene bien una aclaración: "ratándose de delitos de acción pública, hasta cuatro (4) meses antes de la finalización del período de transición, "el querellante podrá solicitar que la causa en que fuera parte continúe según su estado, a tal efecto las víctimas individualizadas serán notificadas para hacer valer sus derechos. Si la fiscalía adhiere a su pedido, la causa se continuará con el mismo procedimiento. En caso contrario, deberá aplicarse el procedimiento de querella previsto para delitos de acción privada".

Es importante destacar que la fiscalía entonces podrá solicitar hasta treinta (30) días corridos previos a la finalización del período de transición que no se archive la causa, en cuyo caso deberá continuar según su estado.

"En todos los casos en que deban continuar causas luego de finalizado el período de transición, las mismas tramitarán ante los órganos judiciales del Sistema de Conclusión de Causas que la Corte Suprema de Justicia indique de acuerdo a un nuevo cronograma confeccionado a tal efecto".

Tal como se advierte, las consecuencias establecidas como regla general en el primer párrafo del artículo antes señalado -sin perjuicio de las previsiones del segundo y tercer párrafo- son fatales para la continuidad de los procesos penales que se encuentran en trámite en el período de transición, ya que se dispone el archivo de los mismos, y el cese automático de las medidas cautelares personales que estuviesen vigentes.

Del Frade dice entre sus argumentaciones que "como es de público y notorio, es innegable el estado crítico que atraviese el servicio de justicia penal en la provincia por el cúmulo de deficiencias en el funcionamiento del mismo, en especial, las graves falencias en la actividad investigativa, lo que redunda en tasas bajísimas de esclarecimiento delictivo, uso abusivo de los juicios abreviados y la escasísima realización de audiencias de juicios orales y públicos".

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El Guille Cantero en una audiencia. La causa Los Monos podría caer si no hay una prórroga.
Imagen: Andrés Macera
 
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