Viernes, 31 de julio de 2015 | Hoy
Conquista de derechos
A partir de la homologación del Convenio Colectivo de Trabajo mediante decreto Nº 1246/15, los docentes hemos avanzado en la conquista de un nuevo piso de derechos laborales. En el camino de convertir en políticas concretas las conquistas establecidas en el texto del CCT, nuestro gremio ha peticionado a las autoridades de cada unidad académica y a los correspondientes Consejos Directivos o Consejos Asesores en el caso de las Escuelas, la nómina de docentes interinos. Tal como se detalla en la nota el requerimiento que detallamos a continuación "a los efectos de llevar adelante el mecanismo previsto en el artículo 73 del mismo, que consagra el derecho a la estabilidad".
En mi carácter de Secretaria General de la Asociación Gremial de Docentes e Investigadores de la UNR (COAD) me dirijo a Ud. a efectos de peticionarle que en el plazo de cinco días corridos remita la nómina del personal docente que se encuentra en la siguiente situación:
1- Docentes interinos y docentes con partida presupuestaria "temporaria" con más de cinco años de antigüedad a la fecha.
2- Docentes interinos y docentes con partida presupuestaria "temporaria" con una antigüedad de dos a cinco años a la fecha.
3- Docentes interinos y docentes con partida presupuestaria "temporaria" con una antigüedad de hasta dos años a la fecha.
El listado precedente deberá ser suministrado con el detalle de nombre completo, DNI, cargo y antigüedad de cada uno de los compañeros.
Como es de vuestro conocimiento se ha publicado el CCT homologado mediante decreto 1246/15 que reconoce y amplía determinados derechos laborales para nuestro colectivo de representación y en ese marco, la precedente información se peticiona a los efectos de llevar adelante el mecanismo previsto en el artículo 73 del mismo, que consagra el derecho a la estabilidad.
La presente solicitud se funda en el derecho a la información previsto en artículo 8 de la ley 23929, recomendación número 163 de la OIT, convenio Nro. 154 de la OIT y en el derecho de acceso a la información pública, acompañándose en copia al Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social (autoridad de aplicación en materia de negociación colectiva) a los efectos correspondientes.
Gloria Rodríguez
Secretaria General de COAD
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