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Miércoles, 3 de junio de 2009

CIUDAD › CéLULAS MADRE NO SERáN INCORPORADAS AL REGISTRO DE DONANTES

Derechos de los particulares

Una jueza rosarina falló a favor de un laboratorio local al que le otorgó un recurso de amparo para evitar que el Incucai disponga del uso de las células madres y el cordón umbilical criopreservados en institutos privados.

 Por José Maggi

La jueza federal Silvia Aramberri hizo lugar ayer a una medida cautelar que frena la aplicación de una ley por la cual el Incucai regula el uso de las células madres y el cordón umbilical criopreservados en institutos privados. La medida fue interpuesta por un laboratorio local (Genicas) y por tres padres de bebés cuyas muestras de sangre de cordón umbilical congeladas ya habían sido depositadas en esta institución. La magistrada dispuso que esas muestras de células madre no sean incorporadas al registro de donantes nacional. La medida genera polémica: la legislación intenta garantizar que los cerca de 20 mil cordones umbilicales que se guardan en bancos privados del país con la intención de usarse para curar males futuros, estarían al alcance de cualquier persona que los necesite. Pero sus detractores hablan de la "falta de respeto a la propiedad privada". Sin embargo ahora la utilización de células madre provenientes del cordón umbilical dejaría de ser un beneficio exclusivo de aquellos que puedan pagar su criopreservación en un banco privado.

En el recurso presentado ante la Justicia, tanto Genicas -patrocinado por Iván Cullen y Nicolás Mayoraz- como los padres habían cuestionado la injerencia del Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante (Incucai), que a partir de la entrada en vigencia de una resolución propia, la Nº 069/09, firmada en abril pasado, comenzó a regular la actividad de los Bancos de Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH) provenientes de la Sangre de Cordón Umbilical (SCU) de todo el país.

A partir de entonces, todas las unidades que se colecten para usos eventuales, para los que no haya indicación médica establecida, deben ser inscriptas en el Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas. En consecuencia dice la resolución "cuando un paciente de Argentina o del exterior necesite de un Trasplante de CPH, cuya compatibilidad coincida con la unidad preservada, ésta debe destinarse al trasplante del mismo".

Con respecto a las unidades de CPH y de SCU colectadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta norma, "las mismas deberán ser notificadas al Registro Nacional de Donantes de CPH y los padres podrán optar por incorporar las mismas o no a dicho Registro para su eventual utilización para alotrasplantes de CPH en el caso de existir un paciente cuya compatibilidad coincida con la de la unidad".

Si bien la resolución del Incucai se fundamenta en la necesidad de brindar asistencia a los pacientes argentinos con indicación de trasplante sin donante familiar compatible, numerosos padres que accedieron por cuenta propia y con sus recursos particulares a depositar la muestra de sangre de sus hijos, ven en la normativa, un avasallamiento sobre su vida y su patrimonio.

"El fallo de la jueza Aramberri hace hincapié en que la resolución del Incucai vulnera el principio básico de autonomía de todo ser humano que no puede verse forzado a donar una parte de su cuerpo", explicó a el asesor científico de Genicas, Amadeo Rosso, quien señaló a Radio Dos que sólo en la Maternidad Martin y el hospital Roque Sáenz Peña de Rosario se tiran cuatro mil cordones umbilicales al año.

"Si el Estado tiene voluntad de preservar ese material, debería asumir el costo material del mantenimiento, y no avanzar sobre los derechos de los particulares", remarcó. Preservar la sangre del cordón umbilical que contiene las células madre de cada persona, cuesta 1.100 dólares más IVA, que se pagan al momento del depósito.

Sin embargo desde el Cudaio Rosario su titular Guillermo García defendió la regulación. "La medida llega tras una larga evaluación para cubrir un vacío legal, que también es discutido por proyectos elevados al Poder Legislativo" indicó el titular del Centro Unico de Donación Ablación e Implante de Organos de Santa Fe. Admitió que "cuando el Estado regula, hay intereses en juego, pero desde el Ministerio de Salud se debe garantizar que toda práctica médica sea controlada en cuanto a los procesos de calidad, metodologías e información al público".

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La jueza federal de Rosario, Silvia Aramberri, hizo lugar a una medida cautelar.
 
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