Miércoles, 19 de noviembre de 2014 | Hoy
22:37 › EL REEMPLAZO DE ZAFFARONI
Un grupo de 28 senadores acordó rechazar a cualquier candidato que impulse el gobierno nacional para ocupar el lugar que dejará vacante el juez de la Corte Suprema Raúl Zaffaroni. Si los legisladores opositores mantienen su postura será imposible alcanzar los dos tercios necesarios para la designación que estipula la ley.
Los legisladores opositores dejaron esta tarde sus bancas y abandonaron el debate por el nuevo Código Procesal Penal para presentar ante la prensa un documento que reúne 28 firmas, a las que habría que sumarle la del justicialista puntano Adolfo Rodríguez Saá, que se encuentra de licencia, según confirmó su compañera de bancada, Liliana Negre de Alonso. Los únicos que no estamparon sus firmas son el pampeano Carlos Verna y la neuquina Lucila Crexell.
El comunicado señala que los legisladores firmantes “comprometidos con la defensa de la necesaria independencia del Poder Judicial” se comprometen a “rechazar el tratamiento de cualquier solicitud de acuerdo para la designación de jueces de la Corte Suprema de Justicia” hasta que “finalice el próximo proceso electoral”.
La Constitución establece que la elección de los integrantes del Supremo Tribunal debe realizarse por los dos tercios de los miembros de la Cámara alta, por lo que serían necesarios 48 votos sobre los 72 que conforman el cuerpo. Con el acuerdo de 29 senadores oponiéndose a consensuar el nombramiento del quinto integrante de la Corte, resulta imposible alcanzar el número necesario para cualquier designación.
La iniciativa opositora se contrapone con la ley vigente que establece que la Corte Suprema debe funcionar con cinco jueces y, ante vacantes o renuncias por edad, como hizo público Zaffaroni, deberá procederse con la metodología que fija la ley y el decreto 222 del 2003 impulsado por el entonces presidente Néstor Kirchner.
El artículo 4 de dicha ley establece que "producida una vacante en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un plazo máximo de treinta (30) días, se publicará en el Boletín Oficial y en por lo menos dos (2) diarios de circulación nacional, durante tres (3) días, el nombre y los antecedentes curriculares de la o las personas que se encuentren en consideración para la cobertura de la vacancia" por parte del Poder Ejecutivo, facultado para el nombramiento de los magistrados según lo indica el inciso 4 del artículo 99 de la Constitución de la Nación Argentina.
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