La piedra de Machinea
Puede
ser que esté convencido de lo que hace. También puede
ser que sea testarudo, como dicen sus amigos que lo quieren. O puede
ser, simplemente, que sea un amante de tropezar una y otra vez con
la misma piedra. Pero la sucesión de errores de política
económica cometidos por José Luis Machinea en su corta
gestión de doce meses merecerá un estudio de investigación
para los economistas de la Universidad Di Tella coordinado por ya
saben quién. A las varias veces mencionadas equivocaciones
de querer disparar un proceso de crecimiento con suba de impuestos,
con rebaja de salarios, con un proyecto de disminución de
las jubilaciones futuras y con el tarifazo en el transporte, se
sumó ahora la presión de Economía para que
salga por decreto de necesidad y urgencia la reforma previsional.
Formará parte de su propia naturaleza encontrarse en el camino
con una piedra conocida o Machinea no se ha dado cuenta del enorme
costo político que deberá soportar el presidente Fernando
de la Rúa con ese controvertido decreto. La posibilidad de
una alianza Frepaso-PJ anulándolo en el Congreso implicaría
un golpe al Gobierno más fuerte que la supuesta fortaleza
de liderazgo que pretenden demostrar con ese decreto.
Se sabe que los equipos económicos que suscriben una Carta
de Intención con el FMI, documento que se transforma en agenda
de los gobiernos, tratan de cumplir con los compromisos asumidos.
Pero también se sabe que en ese Memorando de política
económica se establecen plazos para la efectivización
de las reformas estructurales establecidas. Los tecnócratas
del Fondo aprietan pero no ahorcan, salvo que uno quiera ajustarse
sólo la soga. Y da la impresión de que ése
es el caso de los muchachos de Machinea. Tal como se puede observar
en el facsímil adjunto, donde se detallan las reformas prometidas,
se agregó como última página de la Carta las
fechas de revisión del programa y, obviamente, su cumplimiento.
Como queda en evidencia (la sanción de las normas reglamentarias
de la reforma previsional propuesta (tercera revisión)),
el acuerdo con el FMI ubica como plazo máximo para la aprobación
de ese polémico proyecto el 30 de mayo de 2001. Así
está expresado en la documentación oficial. Está
a la vista que había tiempo para el tratamiento parlamentario.
No es otra cosa que un disparate mayúsculo impulsar esa reforma
por decreto cuando se trata de fijar reglas de juego que, teóricamente,
se extienden por décadas. E involucran nada menos que las
jubilaciones de los actuales trabajadores. En este caso se deja
al descubierto que lo que se denomina seguridad jurídica
sólo es aplicable para defender nichos de privilegio de sectores
económicos concentrados. Para el resto rige el criterio de
que la estabilidad jurídica es simplemente una expresión
formal, sin que los derechos sean tenidos en cuenta, sino que están
subordinados a lo que cada tanto se denomina emergencia económica.
Categoría jurídica que, en realidad, implica una redistribución
de ingresos que castiga a los sectores más vulnerables.
En esta puja por la reforma previsional se mezclan tiempos políticos
y cambios a un sistema de imprevisión social. Las modificaciones
de Economía profundizan la irracionalidad del actual régimen
de jubilación, donde los trabajadores afiliados a las AFJP
tienen en sus cuentas menos dinero que el aportado. Entre los varios
argumentos absurdos sostenidos para defender esa reforma hubo uno
que se ganó el primer premio: Los nuevos trabajadores
eligen el sistema privado. Cada año se incorporan al
mercado laboral unas 400 mil personas; el 20 por ciento opta por
una AFJP y el 5, el régimen estatal de reparto. El 75 por
ciento restante son indecisos. Pero como la ley votada en 1994 estableció
que ese lote de empleados vaya directamente al sistema de capitalización,
el equipo económico falsea diciendo que el 95 por ciento
opta por las AFJP. Distinta sería la proporción si,
como debiera ser, el indeciso quedara en el Estado y luego, si quisiera,
escoger una AFJP. Si así fuera, el negocio financiero de
las AFJP no sería tan interesante y se estaría hablando,
entonces, de inseguridad jurídica.
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