ECONOMíA › EL JUEZ TORRES ELEVARá LA CAUSA POR LA TRANSFERENCIA DEL PREDIO DE PALERMO EN 1991

La venta de la Rural va a juicio oral

Los principales acusados por haber vendido las tierras “a precio vil” son el ex presidente Carlos Menem y el ex ministro Domingo Cavallo. Si hubiera un fallo condenatorio de la operación, el Estado podría insistir con la recuperación del terreno.

 Por Sebastián Premici

La causa penal por la venta del Predio Ferial de Palermo a la Sociedad Rural durante el menemismo será enviada a juicio oral en los próximos días. El juzgado de Sergio Torres ya cerró la instrucción y sólo resta que sea enviado a sorteo el tribunal que deberá llevar adelante el juicio oral. En este tramo de la causa hay doce imputados, entre ellos el ex presidente Carlos Menem y el ex ministro de Economía, Domingo Cavallo, acusados de ser los principales artífices de una planificación para la “malversación de caudales públicos” (artículo 261 del Código Penal). También están imputados el ex presidente de la SRA, Eduardo de Zavalía, y el ex secretario de la entidad, Juan Alberto Ravagnan, sumados a varios funcionarios del área dedicada a la venta de tierras del Estado y los tasadores del Banco Ciudad y el Hipotecario. El predio fue entregado a la SRA en 1991 por 30 millones de dólares, cuando existía desde un año antes una tasación oficial por 943 millones de dólares, tomando en cuenta posibles usos comerciales. En 2006, una tasación de la Corte Suprema de Justicia determinó que su valor era de 131 millones de dólares.

La instrucción estuvo a cargo del fiscal Carlos Stornelli. En su dictamen de agosto del año pasado, en el que solicitó la elevación a juicio, sostuvo que en la venta del predio “se aplicaron normas que no se ajustaban al caso, se omitieron mecanismos de control y dictámenes previos, se soslayaron tasaciones anteriores (expediente 200.706/90 foja 81) y se desconocieron actos legítimos de la misma administración”.

“El más grave incumplimiento y la mayor gravedad que sigue al despojo del patrimonio público e histórico acontecido en manos de un ex presidente (Carlos Menem) y de uno de sus colaboradores más cercanos (Domingo Cavallo) es que se ha observado un claro desprecio a la manda constitucional”, sostuvo Stornelli en su último dictamen.

El Predio Ferial de Palermo fue cedido a la Sociedad Rural en agosto de 1875. Las 12 hectáreas de este terreno formaban parte del Parque Tres de Febrero, que hasta 1852 habían pertenecido a Juan Manuel de Rosas. En diciembre de 1880 se firmó un acuerdo por el cual el gobierno de la provincia de Buenos Aires entregó formalmente dicho parque al gobierno nacional. Desde 1905 en adelante, el Congreso nacional fue el responsable de prorrogarle a la Sociedad Rural el usufructo del predio. Esto resulta relevante, ya que desde aquellos años se consideró al predio como un bien de dominio público. Según la Constitución Nacional, la enajenación de los bienes de dominio público debe realizarse a través del Congreso.

En el dictamen de elevación a juicio se deja constancia de la existencia de un decreto firmado por Antonio Erman González y José Dromi en febrero de 1990, en el que se prorrogaba por 35 años el usufructo del predio en favor de la SRA. Es decir, el Estado continuaba realizando el procedimiento aplicado desde 1905, al considerar al predio como un bien de dominio público. Sin embargo, dicho decreto nunca fue ratificado por el Congreso.

Entre las declaraciones testimoniales y los escritos presentados en el expediente existen contrapuntos con relación a quién fue el primero en manifestar la idea de una operación de compraventa. Desde la SRA sostienen que fue una propuesta de los funcionarios del Estado. Sin embargo, el imputado Matías Ordóñez, ex presidente de la Comisión de Venta de Inmuebles estatales, rechazó tal afirmación, aunque reconoció la existencia de reuniones informales para analizar el tema.

En el expediente administrativo 25.587/88 existe una nota del 14 de noviembre de 1991 en la que la SRA manifiesta por primera vez su intención de comprar el predio de manera directa al considerarlo un bien de dominio privado. Cuatro días después, la Comisión de Venta de Inmuebles envió una comunicación a los bancos Ciudad e Hipotecario para realizar una tasación del predio en cuestión.

El 29 de noviembre de 1991, los bancos dictaminaron al unísono que el predio valía 30 millones de dólares. El boleto de compraventa fue firmado el 20 de diciembre de ese año, a través del decreto 2699/91. Para justificar que existió una posible defraudación al Estado, en la elevación a juicio consta, por ejemplo, que las impugnaciones realizadas por el Tribunal de Cuentas de la Nación y el contador fiscal fueron incorporadas en el expediente recién en 1992, con los hechos ya consumados.

Hacia fines de 2012, el gobierno nacional dictó el decreto 2552 para revocar la venta del predio en poder la SRA, por considerar que la transferencia se había realizado a “precio vil”. La decisión fue frenada a través de una medida cautelar. La resolución del juicio apunta a dirimir la cuestión de fondo, por lo que, una vez resuelta la cuestión judicial, el predio podría regresar al Estado nacional como bien de dominio público.

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La Sociedad Rural compró en 30 millones de dólares un predio que la Corte Suprema tasó en 131 millones.
Imagen: Joaquín Salguero
 
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