ECONOMíA › GASTO PUBLICO

No cuánto sino cómo

Por Salvador Treber

- En términos absolutos y a moneda constante (pesos de 2001), durante el período 1980-2000, el Gasto Público Total acumulado de las tres jurisdicciones (Nación, provincias, municipios) tuvo una media anual de $ 66.657,5 millones.
- La relación Gasto Público Consolidado Total/PBI arroja en el caso argentino una media anual, en las dos décadas precitadas, del 28,7 por ciento.
- La clasificación económica del Gasto Público Total Consolidado –sin incluir los municipios– revela la continua caída de los gastos de capital y, dentro de ellos, los vinculados a la inversión real.
- Dentro de los Gastos Corrientes, los referidos a “Remuneraciones” durante el período 1980-90 representaban –en promedio anual– 33,25 por ciento de las erogaciones totales; en la década 1991-2000 se mantuvieron en niveles semejantes (33,97 por ciento).
- El rubro “Intereses de la Deuda” en todo el período analizado, en lo que respecta a la jurisdicción nacional tuvo una media anual del 12,85 por ciento del gasto. Debido a los crecientes desequilibrios, en el período 1995/2000, se elevó considerablemente (15,9 por ciento).
De lo expuesto precedentemente, se puede colegir que no ha habido el desmesurado aumento del gasto público –como en ciertos sectores se pregona sin fundamentos serios– y que en la Argentina su dimensión no es superior a la de otros países de semejante nivel de desarrollo. Esta constatación no implica que su ejecución sea satisfactoria, pues existen múltiples evidencias de mala administración e incluso de prácticas corruptas que inciden en hacerlo improductivo.
En consecuencia, más que sobre la magnitud del gasto, sería de fundamental importancia que se arbitren los medios para mejorar su gestión a través de una más eficiente realización que permita cumplir con los objetivos a un menor costo social y económico. La reiteración y acumulación de vicios se manifiesta en todas sus etapas desde la elaboración de las estimaciones iniciales hasta su posterior ejecución y rendición de cuentas. Tan graves falencias esterilizan recursos y frustran la concreción de los fines propios del Estado –lacras éstas que nadie ignora pero sobre las cuales no se ha avanzado para corregirlas– inducen a pensar que será indispensable cortar drásticamente esa “cadena” causal. El nuevo hito en esa materia se debe concretar mediante la inmediata implementación del denominado “Presupuesto Base Cero”, cuyo indispensable complemento son los Presupuestos por Programas y por Resultados. De esta forma, las decisiones en materia de criterios para definir las asignaciones que deben orientar al gasto y su posterior seguimiento requieren extremar el control. Las experiencias internacionales más recientes enseñan que mediante una doble expresión o media técnica –en unidades reales de producción y en términos monetarios– se crea un escenario nuevo que asegura el adecuado cumplimiento de las funciones a cargo del Estado.
Por las características que ha tenido la ejecución del gasto en la Argentina, sería muy conveniente que se adopten normas semejantes a las que puso en vigencia Nueva Zelanda a partir de 1994 con el dictado de la llamada “Ley de Responsabilidad Fiscal”, luego también imitada por Australia y el Reino Unido. Según el FMI, “los elementos clave de todos estos marcos son: una base legal explícita, la elaboración de principios rectores de la política fiscal, el requisito de que se especifiquen claramente los objetivos perseguidos, la necesidad de aplicar una política fiscal con una orientación a más largo plazo, y la imposición de requisitos rigurosos en materia de información al público sobre la situación fiscal” (“Perspectivas de la Economía Mundial” –Mayo de 2001– pág. 115). Es evidente que sólo de esta forma se podrá recrear el rol delEstado al dotarlo de un urgente y necesario nivel de eficiencia y productividad.

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