Sábado, 2 de abril de 2011 | Hoy
EL MUNDO › LOS MAPUCHES CONDENADOS EN CHILE RETOMAN LA MEDIDA DE PROTESTA
Por vía judicial y negándose a comer, los cuatro condenados piden un nuevo juicio sin testigos de identidad reservada, un elemento que sólo se puede usar bajo la ley antiterrorista. La crítica a una “causa política”.
Por Ailín Bullentini
Encerrados en el penal de Angol, en el centro de Chile, Héctor Llaitul, Ramón Llanquileo, Jonathan Huillical y José Huenuche cumplieron su décimo séptimo día de huelga de hambre reclamando la anulación de sus condenas. Son integrantes de comunidades mapuches que el 22 de marzo fueron sentenciados a entre 20 y 25 años de prisión por homicidio frustrado a funcionario público y robo con intimidación. Esos delitos fueron presuntamente cometidos mientras intentaban recuperar las tierras ancestrales de su pueblo. Ayer, sus abogados defensores le dieron carácter legal al pedido de los presos al presentar un recurso de nulidad ante la Corte Suprema. “La condena fue impulsada por un motivo político: se castigó sólo a aquellos condenados que integran una organización política que lucha por la restitución de los derechos culturales y territoriales de los mapuches en Chile”, explicó Victoria Fariña, una de las defensoras.
Los cuatro hombres fueron los únicos condenados de los 17 que ocuparon el banquillo de los acusados al inicio del juicio. El Tribunal Oral en lo Penal de Cañete los halló culpables de haber emboscado y atacado con armas letales a un fiscal y a tres oficiales de policía, en el marco de un caso que el gobierno chileno considera usurpación de tierras, sucedido hace un lustro. A fines de febrero supieron de su condición de culpables y de los cargos que les aplicaron. El 15 de marzo, una semana antes de conocer la extensión exacta de sus condenas, iniciaron una huelga de hambre que dicen mantendrán hasta que consigan una respuesta de la Corte.
Las defensas de los cuatro debieron presentar recursos individuales, pero todos coinciden, aseguró Fariña. “Solicitamos la nulidad porque consideramos que tanto en el proceso como en el juicio oral en sí se violaron garantías fundamentales, amparadas en la Constitución y en tratados internacionales a los que Chile adhirió, y derechos penales con los que cuenta todo acusado, como ser el de guardar silencio, el de conocer a quienes lo están acusando y a ser sometido a un proceso racional y justo”, detalló la letrada. Su defendido, Jonathan Huillical, denunció con el juicio en marcha que lo torturaron policías para que declare contra sus compañeros. “En el caso de mi defendido, se violó el derecho a guardar silencio”, indicó.
La utilización de testigos protegidos por parte de la Fiscalía es el otro elemento fundamental en el que se basan los pedidos de nulidad. “Las condenas se basaron en testimonios de testigos de identidad reservada, a quienes los acusados no pudieron conocer. El Código Penal impide que esto sea así, salvo en los casos en los que las acusaciones aplican la ley antiterrorista”, mencionó Fariña. Chile adhirió al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo que plantea que la aplicación de justicia sobre los pueblos originarios y tribales debe tener en cuenta las formas económicas, políticas y culturales de cada comunidad. “En Chile, el reclamo de tierras originarias es considerado un delito terrorista. Por querer recuperar nuestros derechos, mi hermano morirá en la cárcel”, sentenció Natividad Llanquileo, hermana de uno de los condenados.
En un principio, el Ejecutivo y el Ministerio Público Fiscal denunciaron a los 21 procesados en base a la ley antiterrorista. Luego de una huelga de hambre de más de 80 días y de una intimación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el gobierno abandonó los cargos basados en esa norma. La Fiscalía, no obstante, los sostuvo hasta el final del juicio, permitiendo así la utilización de testigos secretos. El pedido de nulidad apunta a dejar sin efecto el juicio y a que “sean sometidos a otro en el que se cumplan todas las garantías que en éste fueron violadas”, repasó la abogada.
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