EL PAíS › LA JUSTIFICACIóN DE UNO DE LOS JUECES DE CASACIóN QUE VOTó POR LA LIBERACIóN DE ASTIZ
El camarista Guillermo Yacobucci repitió que los siete años que llevan de prisión preventiva los represores superan el criterio de “razonabilidad” que establece la ley para las detenciones sin condena. Ante la apelación de Pleé, el caso llegará a la Corte.
El camarista Guillermo Yacobucci, uno de los magistrados que concedió la excarcelación de Alfredo Astiz, Jorge “el Tigre” Acosta y otros represores procesados por delitos de lesa humanidad defendió su voto y responsabilizó, al Poder Judicial por las demoras en las causas penales. Yacobucci repitió, además, el argumento que desarrolló en el fallo. Para el camarista, los siete años que llevaban en prisión preventiva los represores excedían el criterio de “razonabilidad” que establece la ley para la detención sin condena.
El fallo de Casación volvió a colocar en el centro de la escena la dilación en los juicios por violaciones a los derechos humanos cometidos durante la última dictadura. En medio de la polémica entre el Gobierno, el Congreso y la Justicia sobre la responsabilidad de las demoras, el juez consideró que “hay un retardo de Justicia que es culpa del Poder Judicial”. Sin embargo, Yacobucci aclaró que “en lo personal” ni él ni su colega, Luis García, con quien votó las excarcelaciones de los procesados, tiene “responsabilidad” en ese atraso, que se debe a la “crisis del sistema”. El tercer integrante de la sala II de la Cámara, Gustavo Mitchell, quien votó en disidencia, había fundamentando su escrito en el carácter aberrante de los delitos que se le atribuyen a los acusados y en la posibilidad de que intenten “eludir la acción de la Justicia, en concreto, el cumplimiento de la pena que podría corresponderles”.
Debido al fallo de Casación, el secretario de Derechos Humanos, Eduardo Luis Duhalde, anunció que solicitará al Consejo de la Magistratura que se le inicie juicio político a ambos magistrados, aunque hasta el momento no ingresó en ese cuerpo ninguna denuncia puntual. Al ser consultado sobre la posibilidad de que se dé curso al pedido de Duhalde, el camarista se limitó a contestar: “Cuando llego a la noche a mi casa duermo tranquilo”.
De todas maneras, la excarcelación de los represores quedó en suspenso hasta tanto el tribunal resuelva si acepta el recurso de apelación presentado por el fiscal Raúl Pleé y remite el caso a la Corte Suprema para que se expida sobre la cuestión de fondo. Para el fiscal, la resolución de la Sala II “pone en serio riesgo la concreción del debido proceso en causas en las que se ventilan graves violaciones a los derechos humanos”, lo que implicaría “innecesariamente” la posibilidad de que la Argentina sea sancionada internacionalmente. En el texto de la apelación, Pleé se refirió a la “gravedad institucional” del asunto y, entre otros argumentos, afirmó que la liberación de los represores podría frustrar el proceso penal, ya sea por la fuga o por el entorpecimiento deliberado de la causa por parte de los acusados.
Yacobucci aclaró ayer que los crímenes cometidos por Astiz, Acosta y los otros represores le provocan una “repugnancia visceral” y calificó como “una tragedia para la sociedad argentina” los delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura. Sin embargo, diferenció esa impresión personal de la aplicación de la ley, que prevé un plazo de dos años de prisión para un imputado sin condena y estipula luego un año de prórroga. De todas maneras, pueden reconocerse plazos extraordinarios en caso que jueces y fiscales lo consideren necesario.
“La Justicia no marcha a un ritmo deseable”, insistió Yacobucci, quien no adelantó la definición que tomará el tribunal sobre la apelación. El magistrado se limitó a decir que las excarcelaciones quedan suspendidas “hasta que nosotros habilitemos el recurso extraordinario y la Corte se expida sobre el fondo”.
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