Martes, 6 de octubre de 2015 | Hoy
EL PAíS › EL JUEZ LUIS ARMELLA FUE CITADO A INDAGATORIA POR PRIVACIóN ILEGAL DE LA LIBERTAD
El juez platense Ernesto Kreplak considera que su colega armó una causa para inculpar sin pruebas a cinco personas por el secuestro de un empresario. Se trata del mismo magistrado acusado por irregularidades en el saneamiento del Riachuelo.
Por Irina Hauser
El juez federal de Quilmes, Luis Armella, fue citado a indagatoria por su colega platense Ernesto Kreplak como sospechoso de privación ilegal de la libertad y prevaricato (fallar intencionalmente contra derecho) en la instrucción de una causa por el secuestro extorsivo del empresario Leonardo Bergara, ocurrido a fines de 2008, liberado después de un mes tras el pago de un rescate. Cuando se hizo el juicio oral por aquel secuestro, el tribunal llegó a la conclusión de que cinco personas habían estado presas entre uno y tres años acusadas de ese hecho sin ninguna prueba. Por eso absolvió a todos los acusados y concluyó que lo único que estaba probado era que las autoridades a cargo de la investigación, en alusión al juez Armella y cuatro policías bonaerenses, habían direccionado y armado el expediente a su antojo. La citación es para el 3 de noviembre. El nombre de Armella se hizo conocido cuando la Corte Suprema le encomendó ejecutar la sentencia del saneamiento del Riachuelo, pero mucho más cuando –en el contexto de esa ejecución– Página/12 reveló mecanismos para favorecer a empresas vinculadas a su esposa y su suegro y una red de sociedades vinculadas. Fue separado de ese tema por la Corte y denunciado el Consejo de la Magistratura, que la semana pasada iba a tratar un dictamen para abrir su juicio político, pero quedó postergado por la falta de quórum debido a la ausencia de jueces, abogados y radicales. La investigación penal por esas contrataciones también la tiene el juzgado de Kreplak.
En el caso del secuestro de Bergara, el fiscal Miguel Palazzani sostuvo al pedir la indagatoria: “Los elementos probatorios indicados como fundantes del encarcelamiento y sujeción a proceso penal por el juez de la causa son tan endebles y frágiles que ni siquiera unidos traspasan el umbral de lo que significa la prueba en un proceso penal. Circunstancia obviamente no desconocida por el magistrado, precisamente por su condición de tal”. Palazzani es titular de la Procuraduría de Violencia Institucional y tiene intervención en este caso a raíz de la privación de la libertad de personas que, al parecer, no tendrían vinculación con el hecho. La causa se abrió a partir de la sentencia del Tribunal Oral Federal 1 de La Plata (con la firma de los jueces Carlos Rozanski, Pablo Vega y Pablo Jantus), que absolvió a todos los acusados y concluyó que lo único que estaba probado era que la investigación había sido direccionada y armada en contra por quienes estaban a cargo de ella, por lo que denunció a Armella y a cuatro policías (dos comisarios, Carlos Greco y Ricardo Pizarro y dos capitanes, Hugo Ortega y Olasagarre). Tampoco hubo acusación de la fiscalía en el juicio.
Palazzani señala que Armella ni siquiera debió haber intervenido sino que debió excusarse ya que él mismo era denunciante de uno de los acusados, José Luis Pardini, a quien le adjudicó amenazas en su contra en octubre de 2008 (mucho antes de ser imputado por el secuestro en cuestión). Relata el dictamen del fiscal un hecho puntual: el hermano de Pardini, Carlos Pardini, un funcionario policial, declaró que fue llevado al despacho de Armella y que fue obligado a llamarlo a José Luis por teléfono y a hablarle por altavoz y preguntarle por qué amenazaba al juez, como llevándolo a autoincriminarse. Relató que Armella dijo al escuchar la voz que era efectivamente parecida a la de quien lo amenazaba y que iba a ver en carácter de qué lo implicaba en la causa.
Palazzani recuerda que el tribunal oral que absolvió a Pardini y los otros cuatro acusados advirtió que la víctima del secuestro, Bergara, había sido presionada por funcionarios policiales para que en la causa reconociera “lugares, situaciones y circunstancias que no eran las que había padecido”; que “otra circunstancia irregular” fue “la inusual e inédita circunstancia, que se salía de cualquier protocolo normal, en cuanto a que de los teléfonos de los imputados se llamara a los investigadores policiales”; y “el indisimulable dato de que el Renault 9 indicado al momento de privar de la libertad a Bergara y a su mujer como el vehículo utilizado para el delito (y que era uno de los elementos de cargo para imputar a Pardini), no guardaba ninguna similitud con aquel efectivamente utilizado para cometer el presunto secuestro extorsivo”.
Como Armella tiene fueros, no se puede ordenar su detención. Si no se presenta a declarar, tendrían que pedir su desafuero.
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