EL PAíS › OPINION
Cómo traicionar el espíritu del legislador
Por Pablo Martínez Sameck *
La vieja política tiende no sólo a repetirse, sino a reiterarse en sus propios modos y detalles. Así como venimos de enterarnos de la presencia en la Cámara de Diputados de un tal Miguel Saredi, con motivo de la presentación de un proyecto para la implantación inconstitucional de la ley de lemas, promediaba el período de sesiones de la Convención Nacional Constituyente de 1994, cuando nos enteramos de la existencia de un tal Juan Pedersoli. En lo que muchos registran como su única intervención significativa, en la Comisión de Participación Democrática de esa Convención, éste planteó la necesidad de legitimar la institución, en varias provincias, de la ley de lemas. La oposición a la idea se manifestó inmediatamente. La confianza fraguada a partir del trabajo en la comisión, se tradujo en una mayoría diagonal, casi generacional.
Sin embargo, los esfuerzos que se hicieron para transformar parcialmente la carta magna de la fiesta menemista, en una tolerable lectura democrática del texto constitucional, difícilmente lograron filtrarse a través del torniquete del Pacto de Olivos, expresado en el nefasto “núcleo de coincidencias básicas”. En el caso de la ley de lemas, el despacho de la Comisión de Participación Democrática proponía que la Constitución consagrara la intransferibilidad y el carácter unívoco del voto. Tal propuesta no superó el opinable filtro, ubicado por encima de la voluntad soberana de las comisiones, de la “supercomisión”, denominada eufemística e inodoramente como de Redacción. Allí los mecanismos dictatoriales de control de la mayoría justicialista-radical fueron reaseguro para rectificar “malformaciones” que pudieran provenir de las comisiones. Así, se rechazó el despacho, con el pretexto –reiterado– de que era retórico, insistiendo en señalar los “peligros” de las constituciones declamativas que “nunca se cumplen” como la brasileña o la colombiana.
Una de las tantas definiciones perdidas, distorsionadas o morigeradas por tal filtro aventador de peligros subversivos, la redacción propuesta hubiera puesto al régimen electoral al amparo de la interpretación caprichosa de la Corte Suprema, que es lo que el menú del PJ nos prepara como segundo plato, en caso de que la ley de lemas supere la prueba parlamentaria. El justicialismo quiere imponer hoy un debate sobre un mecanismo anacrónico, superado institucionalmente en el resto del mundo, empezando por el Uruguay que lo viera nacer, y que es sólo la válvula de escape de la explosión interna del viejo PJ.
En cualquier caso, la fundamentación de la supercomisión insistió en que bastaba con los adjetivos universal e igual para expresar el ideal de unívoco e intransferible. En un país medianamente serio, donde se respetasen los marcos normativos y el imperio de la ley, las bases de su fundamentación, la llamada “voluntad del legislador”, y se evitaran abiertas transgresiones, bastaría remitirse a la presentación de la comisión, a las exposiciones de los representantes de los bloques de la Constituyente, para dar cuenta de cuál fue la disposición de los convencionales soberanos de la Nación, y qué definiciones allí se dieron sobre la transferibilidad tramposa del voto que impone la ley de lemas.
* Profesor Titular de Sociología (UBA), ex convencional nacional constituyente.