Sáb 15.11.2003

EL PAíS • SUBNOTA

Un caso testigo

A la 1.50 del 30 de agosto de 1999, Celia González Carman, de 38 años, volvía con su hija Vanina, de tres años, de una fiesta de cumpleaños por la avenida Cantilo, en el barrio de Núñez; manejaba el Renault 6 de la familia. Sebastián Cabello, que llevaba como acompañante a Daniel Pereira Carballo, la chocó desde atrás con su Honda Civic: fue tal el impacto que el Renault saltó 92 metros hacia adelante; se incendió, y madre e hija murieron carbonizadas. Los peritajes establecieron que el Honda venía por lo menos a 137 kilómetros por hora, y probablemente a más de 160.
Por lo menos cinco testigos declararon que Cabello venía corriendo una “picada” con un BMW oscuro y que, al pretender sobrepasarlo, se produjo el accidente; el acusado lo negó y sostuvo haber perdido el control de su vehículo cuando otro coche lo tocó de atrás. Las pericias establecieron que el auto de Cabello estaba especialmente acondicionado para correr a altas velocidades.
El juez de instrucción había caratulado la causa como “homicidio culposo”, que tiene una pena máxima de tres años y es excarcelable. Cabello quedó en libertad pero bajo prohibición de manejar vehículos. Sin embargo, ese mismo año, un grupo de estudiantes de periodismo lo fotografió conduciendo un auto. Se ordenó su detención, pero poco después fue excarcelado.
La Cámara del Crimen reemplazó la carátula por “homicidio con dolo eventual”. De todos modos, Cabello había seguido en libertad, cuando el tribunal que dictó la sentencia ordenó su inmediata detención.

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