Jueves, 21 de agosto de 2008 | Hoy
SOCIEDAD › LA ECHARON POR IMPLANTARSE SILICONAS Y LA INDEMNIZAN
La Justicia condenó a una empresa a indemnizar a una mujer que se ausentó durante una semana de su trabajo, con aviso, para someterse a una operación de implantes de siliconas. En su fallo, la Sala 3ª de la Cámara laboral consideró “injustificado” el despido de la empleada.
Los camaristas rechazaron el argumento de la empresa –cuyo nombre no trascendió– para despedir sin indemnización a la mujer: “La intervención quirúrgica a que se sometió era sin fines terapéuticos sino para procurar el perfeccionamiento físico de la persona, por lo que podía realizarla en otra ocasión en que no interfiriera con sus labores”, habían dicho los abogados de la firma.
El conflicto comenzó en noviembre de 2005, después de una relación laboral de ocho años. En ese lapso, la mujer nunca había recibido sanciones. “En octubre de 2005 la empleada notificó en forma verbal a la empleadora que tenía la intención de realizarse un implante mamario, hecho que luego fue notificado mediante un telegrama”, señala el fallo. En el telegrama, además, se informaba que en la semana del 23 al 30 de noviembre de ese año se implantaría las siliconas. “Es decir que la empleadora tenía pleno conocimiento de que la actora se iba a ausentar de sus labores durante el plazo señalado”, explica la resolución de los jueces Roberto Eiras y Elsa Porta.
Un día después de la intervención, la firma intimó a la mujer “para que justificara sus inasistencias y retomara tareas dentro del plazo de 24 horas (...) y finalmente el 30 de noviembre de 2005 decidió el despido” por presunto “abandono de trabajo”, amplía el expediente. Los camaristas consideraron que para argumentar esa causal de despido es “necesario determinar que el ánimo del trabajador sea el de no reintegrarse a sus tareas, ya que no toda ausencia permite inferir la existencia de ese elemento subjetivo”. Para la Sala 3ª “el despido resulta injustificado”. En el fallo, además, sostuvieron que “resulta irrelevante que la demandada entendiera que la cirugía a la que se sometió la mujer era innecesaria, porque, en definitiva, se trata de un hecho que integra la zona de reserva o privacidad de la trabajadora que debe ser respetado por el empleador”.
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