Jueves, 6 de diciembre de 2012 | Hoy
SOCIEDAD › DICTAMEN DE LA PROCURACIóN CONTRA EL PEDIDO DE UN GRUPO DE UNIFORMADOS
La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, se pronunció en contra de la sindicalización de los miembros de las fuerzas de seguridad, pero al mismo tiempo recomendó “la sanción de una ley particular que defina el alcance de los derechos sindicales de los integrantes de la policía”. Esas decisiones, explicó la jefa de los fiscales en su resolución, debe consistir en un “equilibrio entre los valores y derechos, y en un juego que debe ser realizado por los poderes políticos, luego de la realización de los debates y deliberaciones apropiadas”.
El dictamen de Gils Carbó fue la respuesta a una causa iniciada por un grupo de policías que se denominan “Sindicato Policial de Buenos Aires (Sipoba)” para obtener su inscripción gremial. Esa demanda, primero, fue rechazada por el Ministerio de Trabajo; luego, en primera y segunda instancia, por la Justicia. La intervención de la procuradora respondió, puntualmente, a la consulta que la Corte Suprema le realizó antes de dictar un fallo.
En su dictamen, Gils Carbó explicó que “ante la ausencia de una ley expresa” que regule el ejercicio de los derechos sindicales para los miembros de las fuerzas de seguridad, es válido el rechazo de su sindicalización. De todos modos, definió como “deseable” que el Congreso nacional legisle sobre la implementación y el alcance de los derechos reclamados por los policías.
“Sólo en el amplio marco de un debate legislativo puede establecerse una ponderación que considere la totalidad de los intereses involucrados” y no sólo “los emergentes” de “un caso judicial concreto”. El debate debe sumar “aportes técnicos, el intercambio de ideas e información, la planificación, la previsión presupuestaria, (...) el establecimiento de otras políticas vinculadas”. Esas discusiones “sólo pueden ser efectuadas por los poderes políticos”, y de ningún modo podrían ser reemplazadas por decisiones judiciales.
La procuradora enfatizó que las normas de derecho internacional que proponen el ejercicio de los derechos sindicales por parte los integrantes de las fuerzas policiales reconocen también las limitaciones necesarias para proteger la seguridad nacional y el orden público. Precisamente por esa razón –sostiene el dictamen–, los convenios internacionales “delegan en los Estados miembro la armonización de los derechos sindicales con los restantes valores jurídicos y derechos en juego”.
El dictamen recuerda que presentaciones similares realizaron otros grupos, llamados Asociación Profesional de Policías de la Provincia de Buenos Aires y Asociación Unión Profesional de Río Negro, y en ambos casos sus planteos fueron desestimados, incluso por la Corte.
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