SOCIEDAD › ORDENAN AL GOBIERNO PORTEñO DEMOLER PARTE DE UN EDIFICIO IRREGULAR

Cinco pisos para tirar abajo

Un juez determinó que un edificio levantado en Cramer al 3100, en Belgrano, excede la altura permitida y consideró “ilegal” la autorización del Gobierno de la Ciudad para hacerlo. Por eso le ordenó demoler cinco de los ocho pisos de la obra, que ya está casi terminada.

Un fallo de la Justicia porteña ordenó al Gobierno de la Ciudad demoler cinco de los ocho pisos de un edificio casi terminado en el barrio de Belgrano. La obra fue construida por un fideicomiso que recibió un permiso extraordinario de la Dirección General de Interpretación Urbanística (Dgiur) para exceder la altura permitida y abarcar el doble de metros cuadrados, según la asociación civil Observatorio del Derecho a la Ciudad.

“La sentencia es inédita porque esta vez la Justicia obliga no a un privado sino al mismo Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a subsanar un acto que fue considerado ilegal: dar permiso para realizar una construcción por encima de la altura permitida para la zona”, explicó Jonatan Baldiviezo, integrante del Observatorio y abogado de algunas de las familias de edificios linderos.

El fallo lo dictó el pasado 23 de junio el juez contencioso administrativo Aurelio Ammirato, en respuesta al recurso de amparo presentado por residentes de propiedades contiguas a la obra de Cramer 3151/3155 y cuyos departamentos fueron comercializados por la inmobiliaria Tizado.

Desde la inmobiliaria explicaron que el edificio “no pudo haberse construido sin autorización del GCBA, por lo que está en regla” y agregaron que “los planos de obra fueron aprobados por enrase, que es un permiso muy específico y muy técnico”. Varios de los departamentos ya fueron vendidos y desde Tizado consideraron que el fallo responde a “un recurso de amparo presentado por vecinos molestos por las obras pero que no justifica la demolición”.

El enrase “es una excepción que autoriza a construir por arriba de la altura permitida en un distrito y exige como condición que las edificaciones linderas superen los 15 metros”, explicó a este diario Baldiviezo. “El justificativo es que al existir un inmueble entre dos edificios de más de 15 metros no hay motivos por los cuales no pueda construirse un tercero” que tenga la misma altura.

Según el abogado, “esa interpretación le ha servido al gobierno porteño para habilitar construcciones con alturas excesivas, un mecanismo frecuente utilizado por la Dirección General de Interpretación Urbanística para burlar los límites que establece el Código de Planeamiento”. Sin embargo, en este caso “sólo una de las parcelas lindantes superaba los 15 metros y no conforme con esto se autorizó el doble de los metros cuadrados de obra permitidos en un principio”, amplió el abogado.

El problema comenzó cuando un grupo de vecinos detectó “que allí se estaba construyendo un edificio de departamentos con una altura casi tres veces a la permitida por el Código de Planeamiento Urbano para esa zona –el distrito R2B1–, perjudicando la ventilación e iluminación de sus viviendas”, detalló el Observatorio.

Según Baldiviezo, “los vecinos inicialmente trataron de contactar al GCBA que nunca respondió, por lo que recurrieron al Observatorio para realizar la denuncia”. Según el letrado, “es muy común que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires priorice a las constructoras y al negocio inmobiliario antes que a las familias de la ciudad y muchas veces en detrimento de sus intereses”.

“Lo que es novedoso y representa un paso adelante en la defensa de los derechos de los vecinos es que la Justicia esta vez ordenó al gobierno hacerse cargo de la ilegalidad que cometió, decisión que sabremos en las próximas horas si será apelada”, señaló el abogado, integrante de la asociación que se propone aportar a la política urbana teniendo en cuenta los espacios verdes, la problemática habitacional y contra la especulación inmobiliaria.

Según el informe que presentó el Observatorio, la empresa primero “había presentado planos que respetaban la altura establecida”, que es de tres pisos con una superficie de 971,55 metros cuadrados, pero fue autorizada luego a un “enrase o completamiento de tejido” que llevaron el edificio a casi el doble: ocho pisos con una superficie de 1806,76 metros cuadrados.

En este caso, la sentencia de Ammirato reconoció que el recaudo de que ambas edificaciones linderas superen los 15 metros se cumple con respecto a una, que tiene unos 28, pero no con respecto a la otra, de 7 metros. El juez hizo lugar a la acción de amparo y declaró la nulidad de la disposición que autorizó el inicio de las obras, y ordenó al gobierno porteño “determinar la modalidad en que deberá llevarse a cabo la readecuación del proyecto” para “dar debido cumplimiento a la totalidad de las disposiciones legales vigentes”.

Para los abogados del Observatorio, las autoridades metropolitanas deberían “investigar a los funcionarios responsables de otorgar autorizaciones ilegales que afectan el ambiente urbano y la calidad de vida de miles de familias”.

Informe: María Fernanda Rezzano.

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La obra de Cramer 3151/3155 fue construida por un fideicomiso.
Imagen: Armando Pampillión
 
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