SOCIEDAD
Baleada por el ex marido, vive aterrada como una delincuente
Domingo Altieri, primo del intendente de Pinamar, fue excarcelado aunque le disparó a su ex mujer y no la mató de milagro. Ella huyó aterrada a otra ciudad. El juez rechazó el pedido de custodia.
Por Horacio Cecchi
A Karina Cataldi, por ahora, no hay quién la convenza de que lo mejor es confiar en que se hará justicia. No por aquello de tomarla por mano propia, sino porque siendo víctima está prófuga mientras su ex marido, el Mingo Altieri, primo hermano del intendente de Pinamar, fue excarcelado –después de dispararle tres balazos que dieron en el blanco y uno de los cuales aún lo lleva a un centímetro de la columna–. El intento de homicidio ocurrió el 1º de septiembre de 2003, pero venía anunciado: la mujer presentó infinidad de denuncias por amenazas y golpes que no fueron escuchadas. El juez de Dolores Gastón Giles sostuvo que el pobre Mingo no estaba detenido por la tentativa de homicidio –lo que era rigurosamente cierto– sino “sólo” (sic) por amenazas anteriores con armas, lesiones leves, amenazas y encubrimiento agravado (uso de un auto mellizo). El juez Giles, haciendo uso de apellido, dejó libre al pobre Mingo sin siquiera notificar a la víctima, a quien le rechazó un pedido de custodia policial. Habrá que agregar que ambos viven en Pinamar. El 10 de junio, Karina se enteró porque un allegado se topó con Mingo Altieri en la calle. Ese mismo día se transformó en prófuga.
En la dramática historia de Karina se conjugan las clásicas debilidades de género: el ex marido, Domingo Altieri, hace portación y uso de apellido (su primer abogado defensor y el civil pertenecen a estudios que asesoran al intendente de Pinamar, su primo hermano). Tanto la policía como la Justicia suelen dudar más de las denunciantes que de los agresores. Es un violento, tal como lo reconoció otro de sus abogados, quien sostuvo que Altieri no tuvo intención de matar sino de lesionar. Las mentadas lesiones son una bala alojada a un centímetro de una vértebra, otra que entró por su hombro izquierdo y salió por su antebrazo, y una tercera, que le disparó a la cabeza, entró por la oreja y salió perforando la tráquea.
Estuvo prófugo mientras su primer abogado presentaba un pedido de eximición de prisión. Como se trataba de un intento de homicidio, le rechazaron el recurso, pero su abogado apeló. Mientras la detención está apelada, no se puede efectuar la detención. Por eso, seguro de que saldría, a los diez días se presentó ante la Justicia. Pero lo apresaron por otros delitos: amenazas agravadas por el uso de armas, lesiones leves, amenazas y encubrimiento agravado (el auto mellizo). La fiscalía no podía pedir la detención por tentativa de homicidio porque se encontraba apelada en Casación, donde permaneció durante más de un año. El 27 de agosto de 2004 la fiscalía pidió la elevación a juicio. El juez la concedió, fue apelada y la Cámara la ratificó. Durante el trámite, Casación rechazó el pedido de eximición de prisión. Pero el fiscal ya no pidió la detención por dos motivos: uno porque ya estaba detenido. Y otro, más importante, porque la causa ya había sido enviada a juicio.
En ese resquicio, el último abogado del Mingo pidió la excarcelación, aduciendo que “siempre fue un hombre de trabajo honrado y perseverante”, “que no constituye peligro para la sociedad”, que goza de la “presunción de inocencia”, que por los delitos que lo mantenían detenido correspondía la excarcelación, y que el plazo para dictar prisión preventiva por la tentativa de homicidio ya había concluido. Giles recibió el miércoles 8 de junio el pedido y el 10 ya lo había aceptado sin siquiera pedirle fianza. Eso sí, le exigió una obligación: que prometa no acercarse a su ex, no portar armas de fuego y “no cometer nuevos delitos” (sic), cuestiones que el Mingo, como resultaría obvio para cualquier gil, se apresuró a juramentar.
Karina no se enteró de la liberación por vía judicial, sino por un llamado telefónico de un allegado al que se le cayó la mandíbula cuando vio al Mingo tomando café en el Havanna del centro de Pinamar con sus amigos de siempre. “Es él, está un poco más flaco pero es él”, escuchó Karina antes de que un escalofrío le recorriera la espina dorsal y se le detuviera en el proyectil que la acompaña. Inmediatamente, su abogado, Carlos Mosso, hizo una brillante apelación en la que sostuvo que la excarcelación se deniega cuando el delito se realiza con armas de fuego, cuando es un peligro cierto y por la simple portación de armas sin autorización. “Quien amenaza con armas está demostrando además que es capaz de llevar a cabo el acto objeto de la amenaza y está dispuesto a hacerlo”, sostuvo en su pedido. Y le recordó al juez que la causa aún permanece en el juzgado pese a estar firme la elevación a juicio. Ocurre que el Mingo aún no pagó a sus anteriores abogados y Giles sostiene que mientras haya una deuda no se puede elevar. “V.S. critica la paja en el ojo ajeno sin ver la viga que pende del suyo”, sostuvo Mosso. Y presentó además un pedido de protección policial. La apelación fue enviada a la Cámara y el pedido de protección al tacho: Giles la rechazó porque, según cree, el Mingo no es capaz ni de matar a una mosca.
Con un párpado semicaído, una pupila dilatada, el hueso hioide partido, la carótida derecha obstruida por un coágulo, una cuerda vocal inmovilizada y una bala junto a la primera vértebra dorsal, Karina tiene tiempo todavía para aterrarse y fugar de Pinamar. “Tenía, como expectativa de máxima, tener cinco o seis años de tiempo para rehacer mi vida –dijo a Página/12 casi desde la clandestinidad–. Nunca me imaginé que ya estaría suelto.”