SOCIEDAD
Confundir a un cliente con un ladrón
bien vale una indemnización
La Justicia condenó a un hipermercado a pagar cinco mil pesos a un cliente a quien, por error, acusó de haber robado un artículo.
Durante veinte minutos, Marcelo Claudio Gallardo supo lo que es ser un ladrón atrapado. El personal de seguridad del hipermercado Auchan, en Avellaneda, lo zarandeó del brazo ante sus dos hijos acusándolo de haber robado un artículo de las góndolas. Pasado el lapso de detención en el negocio, lo liberaron para que siguiera comprando: todo había sido un error. Gallardo denunció a la empresa y la Justicia falló a su favor. Por eso, Auchan deberá pagarle una indemnización de cinco mil pesos. La sala F de la Cámara Civil porteña dictaminó que “Gallardo no sólo recibió un trato indebido que excede marcadamente lo que podría justificar una situación de sospecha, sino que se le atribuyó directamente la comisión de un delito”, lo que implicó “un ataque al honor, la imagen y la reputación” del cliente.
“Si se sospecha de algún cliente, la adopción de medidas por parte del personal de seguridad debe realizarse con la mayor cautela y discreción posible. Precisamente porque, de haber un error, se evitan situaciones humillantes o vergonzosas para quien está siendo requerido”, advierten los jueces Fernando Posse Saguier, José Luis Galmarini y Eduardo Zannoni, en un párrafo de la sentencia. Respecto de la actitud de “los dependientes del supermercado” hacia Gallardo, los jueces interpretaron que cometieron “un error de apreciación en el diagnóstico preventivo”.
Si bien contempla el derecho del comercio “a adoptar las medidas de seguridad que considere adecuadas a los fines de prevenir los posibles robos o hurtos de mercadería existente”, el fallo sostiene que “es indudable que dicho ejercicio de ninguna manera puede efectuarse en detrimento del honor e integridad física o psíquica de las personas”.
El 11 de febrero de 2001, Gallardo tiraba del carrito en la sucursal que Auchan tiene en Avellaneda, acompañado por sus dos hijos, cuando personal de seguridad lo tomó del brazo, “lo increpó” y lo acusó de haber “hurtado un artículo del local”. Según la sala F de la Cámara, esta situación, “por sí sola”, certifica “el menoscabo espiritual” producido a Gallardo. Los jueces consideraron que “el incidente que tuvo que soportar al ser tratado públicamente como si fuera un delincuente, durante un lapso de aproximadamente 20 minutos, en el que también se encontraban sus hijos menores, tiene que haber repercutido en el espíritu y en los sentimientos más íntimos e implicaron un ataque a su honor, a su imagen y a su reputación”.
Los camaristas determinaron que Gallardo “fue confundido con un cliente anterior, que sería quien habría hurtado la mercadería”. Consultado por Página/12, un vocero de la empresa manifestó que no tiene “nada que comentar” sobre lo establecido por el fallo.
Este caso está emparentado con lo ocurrido en Santa Fe a principios de junio. Adriana Casalotti había ido al shopping Alto Rosario junto a su hija Giselle y su nieto. Dos policías rosarinos las detuvieron acusándolas de haber robado. Llevaron a los tres al baño del centro comercial y obligaron a las dos mujeres “a levantarse los pantalones y la remera dejándolas en corpiño”. Hasta el bebé fue desnudado. Los policías, un hombre y una mujer, fueron denunciados por “abuso de autoridad”.
En ocasiones, el método alcanza a los propios empleados. Es lo que consignó, en 2001, un fallo de la Cámara del Trabajo de Córdoba en el que condenó al hipermercado Wall-Mart a pagarle 25 mil pesos de indemnización a tres cajeras por “daño moral”. Es que al haber un faltante en dos de las 36 cajas del establecimiento, se las obligó a ponerse en ropa interior. Pero las mujeres, como Gallardo, no tenían nada que ver.