SOCIEDAD › DENUNCIA PENAL POR LA CONSTRUCCIóN DE CANALES

Inundación dolosa

 Por Alejandra Dandan

El gobierno nacional presentó una denuncia durísima contra los posibles autores, coautores o partícipes de la construcción de los canales de desagües a la vera de la cuenca del río Areco, origen de las inundaciones del último fin de semana. Por la presencia de los canales, indica la presentación, “buena parte del agua que debía ser retenida en la cuenca rural fue derivada de manera directa y artificiosa hacia el río y de allí a la ciudad”. La causa quedó en manos de la Justicia federal por el supuesto delito contra la “seguridad pública” con penas que podrían llegar hasta los 20 años de prisión. La presentación no menciona ni una sola vez a los productores rurales, pero no faltan alusiones: entre otros puntos, carga parte de las responsabilidades en los mecanismos de siembra directa. Los productores, en tanto, volvieron a quejarse. Por su parte, el gobernador Daniel Scioli tomó distancia: dijo que las denuncias “no son un ataque al campo”.

Si bien las lluvias extraordinarias en la zona –empieza la denuncia– empezaron a registrarse a partir del 23 de diciembre pasado, los desagües naturales y de drenaje que están a la vera de las rutas nacionales 8 y 9, y del cauce del río “serían a priori suficientes para evacuar el volumen de agua caída”.

Con esa premisa, continúa, “se ha verificado la existencia de numerosos canales construidos en los campos de la zona, la mayoría de los cuales colectan el agua superficial y subsuperficial de las subcuencas vecinas al cauce principal, desembocando en el curso del río Areco y/o canales aliviadores de las rutas, manteniendo los predios en estas subcuencas libres de agua superficial”. Mientras sucedía eso, es decir, mientras las tierras estaban escurridas y casi sin agua, “existió como contrapartida una importante cantidad de agua acumulada en la zona urbana de la cuenca”.

Así las cosas, el Gobierno concluye en la presentación que el agua que debía haber permanecido en el campo entró a la ciudad. Y el motivo serían los canales. “La construcción de esos canales trajo aparejadas dos consecuencias: el aumento del caudal pico del río por el volumen adicional del agua que suministran de manera directa y que modifican lo que se conoce como la media del río (hidrograma natural de la cuenca). Y, por otro lado, ocasionan que el exceso de agua afecte un determinado sector de la localidad.” En este caso, la zona urbana de San Antonio de Areco.

El domingo pasado, el Ministerio de Planificación de la Nación había decidido dejar la denuncia en manos del gobierno de la provincia de Buenos Aires. Pero ayer esa decisión cambió. El subsecretario de Recursos Hídricos del ministerio, Fabián López, entregó la presentación a la Justicia federal, y la causa quedó en manos del juez Rodolfo Canicoba Corral. Según fuentes del Ministerio, la Nación avanzó cuando advirtió que las aguas habían afectado dos espacios de jurisdicción federal: las vías del ferrocarril y las rutas de circulación nacional.

Las primeras pruebas que soportan la presentación surgieron el domingo pasado. López sobrevoló la zona como lo hizo Daniel Scioli y ministros y funcionarios de la provincia de Buenos Aires y Nación. Recorrió los 70 kilómetros que separan la desembocadura del río Areco del límite superior, unas 3690 hectáreas, con una bifurcación del río y, pese a lo que hasta ahora se decía, no encontró trasvasamientos de aguas de otras cuencas sino una polución de canales.

“Es sospechoso que alrededor de la cuenca, las tierras estaban secas, no todas, pero había muy poca agua acumulada en términos relativos y eso es una muestra, obviamente, de que lo que ha quedado retenido ha ido a parar a otra parte”, dijo una fuente ministerial a este diario.

¿Cuántos son los canales? Todavía no se sabe, pero en el Ministerio dicen que no son menos de cien. Todavía no se sabe si están habilitados o no, y si aún estando habilitados se hicieron correctamente. Los hechos denunciados constituirían para el Gobierno delitos encuadrados en el artículo 186 y 196 del Código Penal. El primero pena al que provoque incendio, explosión o inundación con reclusión o prisión de 3 a 10 años, si hubiere peligro común para los bienes; hasta 15 años si hay peligro de muerte; de 8 a 20 años si el hecho fuere causa inmediata de la muerte de alguna persona. La inundación, en este caso, provocó la muerte de tres personas. El artículo 196 indica que será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que por imprudencia o negligencia o por impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas causare un descarrilamiento, naufragio u otro accidente. En Mercedes, en tanto, tramita una causa paralela abierta de oficio por el fiscal Pablo Merola.

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Cuando el agua empezó a bajar, una lluvia empeoró ayer las cosas.
Imagen: Télam
 
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