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Domingo, 5 de octubre de 2003

Estrujados

Por Fernando Krakowiak

Cada vez que tienen oportunidad, en el Gobierno critican las reformas laborales del menemismo por haber precarizado el empleo para favorecer una mayor competitividad de la economía, que nunca se logró. Sin embargo, en lo que va del año el Ministerio de Trabajo homologó 75 convenios colectivos por empresa con cláusulas de flexibilidad laboral propias de la década del 90. La mayoría de los acuerdos firmados entre sindicalistas y empresarios durante los últimos meses, a los que tuvo acceso Cash, le han permitido a la patronal seguir disponiendo de los trabajadores para cualquier tipo de tarea, en turnos rotativos y jornadas que pueden alcanzar las 12 horas diarias siempre que el promedio anual no exceda las ocho horas por jornada. Así se evita pagar horas extra cuando la producción aumenta. En algunos convenios el tiempo para almorzar se divide en dos fracciones de 15 minutos, mientras que en otros ni siquiera se lo considera parte del horario de trabajo. Los períodos de prueba se extienden hasta seis meses y las vacaciones se otorgan fraccionadas en cualquier momento del año. Ferroviarios, pescadores, telefónicos, obreros del plástico, químicos, lavadores de estaciones de servicio y trabajadores de la industria de la alimentación son algunos de los estrujados por esas cláusulas laborales abusivas. La viceministra de Trabajo, Noemí Rial, afirmó a Cash que “los convenios son el resultado de la negociación autónoma que entablan las partes” y que mientras no se viole la ley el Ministerio “debe homologar”. También reafirmó que no se tiene pensado concretar una reforma laboral en el corto plazo. No obstante, los expertos consultados por este suplemento afirmaron que aún con la legislación actual sería posible resistir la convalidación de algunas cláusulas flexibles si lo que se quiere es avanzar más allá del discurso para comenzar a revertir las paupérrimas condiciones laborales en que se encuentran los trabajadores.
Uno de los temas en el que la cartera laboral podría exigir una menor flexibilidad es el de la licencia por vacaciones. La Ley de Contrato de Trabajo establece en su artículo 150 que los trabajadores deberán gozar de un “período mínimo y continuado” entre el 1º de octubre y el 30 de abril. En la misma ley se aclara que el Ministerio de Trabajo puede autorizar la concesión en períodos distintos mediante una resolución que fundamente los motivos, pero no da la opción de fraccionar el descanso. Posibilidad que sólo se le permite a las pymes por un decreto de 1999. Sin embargo, en la mayoría de los convenios firmados por las grandes empresas se autoriza la concesión de las vacaciones en cualquier momento del año y fraccionadas. La empresa Metrogas firmó con el gremio Stigas hace pocos meses un convenio que permite dividir las vacaciones en dos períodos a otorgarse “entre octubre y septiembre del año siguiente”, uno de los cuales “podrá fraccionarse por unidad”. De esa forma, la posibilidad de que el trabajador haga coincidir las vacaciones con el receso escolar de sus hijos se vuelve una quimera.
La distribución de las horas normales de trabajo también podría ser objetada por el Gobierno. El artículo 198 de la mencionada ley, paradójicamente titulado de “jornada reducida”, otorgó la posibilidad, a partir de la reforma laboral de 1991, de “establecer métodos de cálculo de la jornada máxima en base a promedio”. Esa cláusula hizo que varias empresas empezaran a calcular las horas de trabajo a escala anual para poder distribuirlas de acuerdo con las necesidades productivas sin tener que pagar horas extra. Así se dispone del trabajador libremente, pudiéndolo hacer trabajar 12 horas por día con el compromiso de otorgarle francos cuando caiga la demanda.
El abogado laboralista Héctor Recalde señaló a Cash que “el Gobierno podría exigir que los promedios se calcularan como máximo por semana” porque los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)que tienen jerarquía constitucional establecen que la jornada debe ser de 8 horas por día o 48 semanales. El ministro de Trabajo Carlos Tomada recibió la semana pasada al titular de la OIT, Juan Somavía, comprometiéndose a cumplir las normas del organismo, pero las pautas flexibles se siguen homologando, poniendo en riesgo la propia salud de los trabajadores.
Incluso se refrendaron acuerdos que violan el número máximo de horas de trabajo permitidas por año. La empresa Schneider Electric, dedicada a la fabricación de accesorios eléctricos con aislantes plásticos en el Partido de San Martín, firmó un convenio con la Unión y Obreros Empleados Plásticos que dirige Vicente Mastrocola donde se fija un máximo de 2340 horas de trabajo por año. Si al tope máximo de 2400 horas anuales se le restan las 200 horas equivalentes a los 11 feriados y los 14 días de vacaciones que se tienen como mínimo puede verse que el convenio homologado con la firma de la viceministra de Trabajo resulta de dudosa legitimidad.
La pasividad del Estado también hizo que en los últimos meses se aprobaran convenios donde las horas trabajadas los días feriados se compensan con francos de una hora en cualquier día hábil o donde se incluyen turnos rotativos que les imposibilitan a muchos trabajadores continuar con sus estudios. También se refrendaron acuerdos firmados por la Federación Sindicatos Unidos Petroleros e Hidrocarburíferos que comanda el menemista Antonio Cassia, donde se aceptan cláusulas de “decrecimiento de la demanda” que comparten el riesgo empresario con el trabajador al afirmar que en caso de que una caída en las ventas fuerce un despido se deberán consensuar “entre las partes formas de resarcimiento que no comprometan la subsistencia de la fuente de trabajo”. Según Pedro Kesselman, vicepresidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, el Gobierno no debería homologar esos acuerdos porque cuando la relación de fuerzas le es desfavorable a los trabajadores “el Estado está obligado a intervenir para equilibrar la situación”. El 21,4 por ciento de desocupación, contabilizando a los receptores del Plan Jefas y Jefes de Hogar, es el mejor ejemplo de ese desequilibrio, ya que los trabajadores terminan aceptando condiciones que menoscaban su integridad con tal de no perder el empleo.
La falta de señales del Gobierno para promocionar conductas diferentes en la relación entre las partes llevó incluso al propio secretario general de la CGT, Rodolfo Daer, a firmar el último 16 de septiembre un convenio en representación de los trabajadores de la industria de la alimentación que extendió el período de prueba de tres a seis meses y autorizó el fraccionamiento de las vacaciones en períodos de siete días. El convenio fue impugnado por un grupo de trabajadores el último martes por la mañana. Por la tarde el ministro Tomada decidió homologarlo. No obstante, los trabajadores prometen seguir resistiendo.
Los convenios colectivos fueron pensados para mejorar las condiciones que la ley establece como piso mínimo, en lugar de ser utilizados para atentar contra los derechos laborales. Se presenta, entonces, una buena oportunidad para que el presidente Kirchner fije una política laboral que le permita tomar distancia de las políticas flexibilizadoras de la década del 90.

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Empleo / convenio

El Gobierno critica las reformas laborales del menemismo por haber precarizado el empleo para favorecer una mayor competitividad de la economía.

Sin embargo, en lo que va del año el Ministerio de Trabajo homologó 75 convenios colectivos por empresa con cláusulas de flexibilidad laboral propias de la década del 90.

La mayoría de los acuerdos firmados entre sindicalistas y empresarios en los últimos meses le han permitido a la patronal seguir disponiendo de los trabajadores para cualquier tipo de tareas.

Turnos rotativos y jornadas que pueden alcanzar las 12 horas diarias, siempre que el promedio anual no exceda las ocho horas por jornada. Así se evita pagar horas extra cuando la producción aumenta.

En algunos convenios el tiempo para almorzar se divide en dos fracciones de 15 minutos, mientras que en otros ni siquiera se lo considera parte del horario de trabajo.

Los períodos de prueba se extienden hasta seis meses y las vacaciones se otorgan fraccionadas en cualquier momento del año.

 
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