CHINA
Con distintos argumentos, la opinión pública es confundida en un
tema que lleva, directamente, a encarecer productos de uso necesario. El expediente
antidumping iniciado contra las empresas chinas que fabrican armazones, anteojos
para sol y armazones con lentes para lectura incorporadas, lo inician tres empresas
locales, que emplean a 73 personas en total y dicen representar a más del
40 por ciento de la industria nacional, cabe aclarar que en el mismo expediente
admiten que el 70 por ciento del producto está conformado por componentes
importados. También fabrican el 7 por ciento del mercado aparente de consumo,
esto se refleja que en el año 2003 vendieron 544.439 unidades sobre un
total de 7.030.556. Es imposible que se abastezca el 93 por ciento del mercado
restante, el mercado nacional no tiene medios, ni matrices, ni la capacidad industrial
de abastecer a este nicho del mercado –sin aumentar los costos–; esto
termina perjudicando directamente al consumidor (el 30 por ciento de la población
usa y necesita estos anteojos).
Debemos resaltar que tanto los productos importados como los nacionales no son
homogéneos entre sí, con diferencias notables, ya que la industria
nacional principalmente representa a las grandes marcas, se dirige a un público
con alto poder adquisitivo y lo importado a un mercado masivo. Los importadores
empleamos a más de 1000 personas, comparado con los ensambladores nacionales
podemos hablar de proteger el “mercado local” es menos una política
de empleo, que un ejemplo de propaganda política.
Desde nuestro parecer el problema no es de subsidios, otros países como
India, Vietnam, Taiwan, cuentan con la materia prima y eficientes procesos de
producción y el precio FOB es similar al de China. A pesar de ser Brasil
tomado como ejemplo, no se lo puede tomar como un mercado comparativo, ya que
importan 50.000.000 de anteojos/año y que las empresas, con una cultura
industrial eficaz, conviven con esa realidad, cada una con su mercado.
Observamos un notable desconocimiento del mercado óptico, y de las nefastas
consecuencias que estas supuestas medidas de ¿anti? dumping traerán
a los consumidores, produciendo por ejemplo, un 300 por ciento de aumento en los
costos de armazones, sólo para subsidiar a empresas nada competitivas y
a empresarios ineficientes.
Finalmente cabe señalar que es necesario debatir con seriedad en temas
que sensibilizan a la opinión pública por su impacto en temas como
empleo, precios y derechos del consumidor. Por ello es necesario advertir que
una eventual confirmación de las medidas de provisorias antidumping podría
traer para los consumidores consecuencias, como un posible aumento del 300 por
ciento en los costos de armazones, sin que ello redunde necesariamente en un beneficio
en materia de industrialización o aumento del empleo nacional.
Juan Mazzarello
Apoderado de la cámara argentina de importadores mayoristas de anteojos
[email protected]
INEXPLICABLE
Hace poco el secretario de Finanzas Guillermo Nielsen, solicitó a los
banqueros que expliquen en unas diapositivas “didácticas”
el canje de deuda “como para que lo entienda un jubilado argentino o italiano”.
Creo que dichas diapositivas deberían dirigirse a toda la población
revelando:
1. Que este festival de bonos proviene de una deuda externa fraudulenta en su
origen y no se legitimiza con el tiempo (fue contraída por usurpación
del poder y aumentada por la deuda privada, no hay registros contables oficiales
y se paga por los estados contables determinados por la banca acreedora).
2. Que no fue tomada en beneficio de la población sino para sojuzgarla
(convirtiéndola en deuda odiosa, no reconocida por varios países,
con antecedentes, entre ellos, la deuda no reconocida de EE.UU. a España
luego de la guerra por Cuba a fines del siglo XIX) y contraída con usura
(jurídicamente condenada). Se cedió la jurisdicción nacional
a tribunales extranjeros.
3. Que se reclama “honrar las deudas” en vez de “reparar el
daño” (15 millones de pobres).
4. Que tanto la deuda como sus “arreglos” son ilegítimos,
ya que por nuestra Constitución la deuda debe ser “arreglada sólo
por el Congreso” y es función indelegable del mismo.
5. Que después de 18 años en las causas 14.467-17.718 Olmos Alejandro
s/denuncia, Juez Federal Nº 2, Juez Jorge Ballestero, se demostró
que la deuda externa argentina no tiene justificación legal ni administrativa
ni económica. Es sentencia firme y no fue apelada.
En nombre de los jubilados, de los rehenes de las AFJP y de los millones que
nunca se jubilarán por haber quedado sin empleo, gracias a esta deuda
inventada. (En el video documental de Musnik “La mayor estafa al pueblo
Argentino” se (de)muestra lo antedicho).
María Cristina Güena
(jubilada docente)
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