RAMOS GENERALES
Amparo por la píldora
A principios de marzo, la Corte Suprema sorprendía prohibiendo la venta de la píldora del día después, y horas después la realidad farmacéutica sorprendía con la sencilla explicación de que dicha píldora, tal como la denominaba la Corte en su sentencia, no existía más. La interdicción sobre la anticoncepción de emergencia, entonces, quedaba en la nada. Pero ante el temor de que alguna medida cautelar reimpulsara el espíritu del fallo y se aplicara sobre los métodos anticonceptivos de emergencia vigentes, María José Lubertino, presidenta del Instituto Social y Político de la Mujer, solicitó que la Justicia dictara una medida de no innovar. El objetivo es suspender esas acciones hasta tanto se dicte sentencia en el juicio que Lubertino pretende iniciar contra el Ministerio de Salud y Acción Social “tendiente a que se declare y se confirme que dichas especialidades medicinales no infringen la legislación” nacional. Los medicamentos en cuestión (el Imediat N y el Norgestel Max) están aprobados en cuarenta países, y en algunos de ellos, inclusive, son “de venta libre para mujeres mayores de 16 años”, en vistas de que, al evitar el embarazo (al no permitir la implantación del óvulo fecundado en el útero), evitan los abortos, sean o no clandestinos. El fallo de la Corte Suprema, sustentado en una bibliografía (legal y médica) que reconocía como toda autoridad la subordinación a las ideas sobre concepción de la Iglesia Católica, ignoraba ampliamente cientos de estudios sobre los efectos clínicos de estos métodos, y llegó a falsearlos (al asegurar que implican la eliminación del embrión). Al solicitar la medida de no innovar ante el Juzgado en lo Contencioso y Administrativo a cargo de Martha García, Lubertino alerta que la sentencia de la Corte “configura un caso de violencia institucional por parte del Estado argentino, al eliminar para las mujeres la posibilidad de acceder a la prevención de un caso no deseado”, como, por ejemplo, en caso de una violación.