Miércoles, 11 de septiembre de 2013 | Hoy
SANTA FE › EL FISCAL RODRíGUEZ PIDIó LA NULIDAD DE UN PROCEDIMIENTO DE TOGNOLI
El funcionario judicial consideró un "clásico" el accionar del ex jefe de la policía provincial, que encabezó un operativo sin orden del juez interviniente, para encontrar armas y objetos robados, pero llamativamente se topó con drogas.
Por Juan Carlos Tizziani
Desde Santa Fe
La justicia tiene una prueba más de cómo operaba el ex jefe de Policía de la provincia, Hugo Tognoli, pero que ahora involucra a otro funcionario de la Casa Gris: el subsecretario de Seguridad Pública, Diego Poretti. El fiscal federal Nº 2 Walter Rodríguez pidió "la nulidad de un procedimiento" encabezado por Tognoli y Poretti a mediados del año pasado, en Colastiné Norte, en una supuesta investigación por "objetos mal habidos y armas de fuego" que derivó en otra cosa: el hallazgo de pequeñas dosis drogas. "Un clásico", dijo el fiscal al considerar que se trató de un "allanamiento ilegal" por tres razones: "No ha podido constatarse la existencia de una resolución judicial fundada" que justifique la requisa del domicilio. "No hubo orden escrita". "Y no hay expediente". Por lo que solicitó "la nulidad de todo lo actuado" y el "sobreseimiento" de las dos personas que habían sido imputadas. Si el juez federal Nº 1 Reinaldo Rodríguez cierra la causa, el fiscal podría abrir otra para pedir explicaciones al jefe del operativo y a su superior.
El "procedimiento" se realizó el 27 de junio de 2012 en una casa de Colastiné Norte, en el distrito de la costa, encabezado por Tognoli y Poretti. Efectivos de la Guardia de Infantería allanaron una vivienda en el cruce de Las Encinas y Algarrobo "cumpliendo órdenes emanadas" del juez de la provincia, Jorge Pegassano (Instrucción 1ª), para dar con "objetos mal habidos o armas de fuego que pudieran estar relacionados con investigaciones que lleva a cabo dicho magistrado". La búsqueda derivó en el hallazgo de "10,9 gramos de cocaína, 55 gramos de marihuana, una bolsa con hojas de coca y dos botellas con ácido clorhídrico. Y como ya es un clásico (sic), ningún elemento de aquellos que potencialmente se encontrarían en el lugar, según las estimaciones policiales previas", dice el dictamen fiscal al que accedió Rosario/12.
El fiscal Rodríguez intentó "incorporar a la causa una copia de la resolución fundada" del juez Pegassano que "hubiera autorizado el allanamiento", pero se topó con una sorpresa: "No ha podido constatarse su existencia", dijo. "Por lo tanto, tampoco se cuenta con una orden judicial escrita que lo hubiera dispuesto".
"Es decir, el allanamiento efectuado el 27 de junio de 2012 en el domicilio de calle Las Encinas y Algarrobo, de Colastiné Norte, fue llevado a cabo sin los recaudos legales exigidos por la Constitución Nacional y la ley", sostuvo el fiscal. Y agregó: "Es inverosímil" que Tognoli y Poretti "hayan actuado 'cumpliendo órdenes emanadas'" del juez Pegassano, cuando "la propia secretaria del Juzgado, Ana Laura Gioria, admitió que no existe ninguna resolución que haya autorizado el allanamiento en cuestión, ni constancias que permitan vincular el inmueble requisado con investigación determinada que haya tramitado ante esos estrados judiciales".
Así lo informó el mismo juez Pegassano: "No existen constancias en los registros de este Juzgado de auto que dispusiera allanamiento ni orden de allanamiento para el domicilio de calle Las Encinas y Algarrobo, de Colastiné Norte".
Pegassano explicó al fiscal Rodríguez que el procedimiento se llevó a cabo "a solicitud expresa del entonces jefe de Policía de la provincia, comisario Tognoli". Un "móvil policial" trasladó al juez y a la secretaria del Juzgado, doctora Gioria, hasta la "finca de calle Las Encinas y Algarrobo, donde se procedió conforme se ilustra en el acta de procedimiento".
"Cabe decir entonces que el accionar" de Tognoli y Poretti "significó una notoria violación a las garantías constitucionales (?) por cuanto se infiere que mientras el juez Pegassano se encontraba por la zona de Colastiné Norte, el procedimiento policial ya había comenzado", reveló el fiscal. "La inviolabilidad del domicilio consagrada en el artículo 18 de la Constitucional Nacional garantiza el ámbito de privacidad de las personas como espacio limitado que se elige y queda exento o inmune a las invasiones o agresiones externas de otras personas o autoridades públicas y en este caso concreto, no se cumplieron los requisitos legales exigidos para que se habilite la posibilidad de soslayar dicho principio". Y "si no hay motivos previos, ni siquiera un juez está autorizado a ordenar un allanamiento", precisó.
El fiscal analizó también si en el caso cabe la excepción: un allanamiento sin orden previa, pero lo descartó. "No se ha comprobado la existencia de alguna de las causales que legitimen el allanamiento sin orden escrita".
"Tampoco podría interpretarse que la tardía presentación del juez Pegassano en el domicilio tuviera el efecto de habilitar o normalizar" el operativo. "Si bien el juez se encuentra facultado para proceder personalmente a diligenciar la medida, esta última debió ser dispuesta en forma previa mediante resolución fundada en el marco de un expediente que, hasta hoy, no existe, según lo informado por el Juzgado", denunció Rodríguez. Y también "la actitud permisiva" del dueño de casa al habilitar el ingreso de la Policía "carece de efecto legitimante. El consentimiento válido debe ser prestado en forma tal que no queden dudas de la libertad del individuo". Y en este caso, "la presencia del jefe de Policía (Tognoli) acompañado por un funcionario del Poder Ejecutivo (Poretti), secundados por funcionarios policiales (la Guardia de Infantería) marcan a las claras que la esfera discrecional de los imputados para resistir la medida se encontraba seriamente restringida", concluyó.
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