Domingo, 20 de mayo de 2007 | Hoy
Por Alicia Simeoni
"La Corte recomendó solucionar la situación de menores en conflicto con la ley penal". ¿Qué es esto de la recomendación, de la exhortación cuando los chicos de los que se habla no son considerados sujetos de derecho?. ¿Alguien se atrevería a decir que es una afirmación errónea?. ¿Por qué la Corte no exige, demanda y denuncia el incumplimiento de años y años del Ejecutivo de las normas de protección de niñas, niños y adolescentes? Tal vez la invocación de algunos párrafos del acuerdo extraordinario de la CSJ del 9 de mayo pasado ayude a comprender esta línea de reflexión. Vale aclarar que ese acuerdo parte del informe elevado por el presidente de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Antonio Paolicelli, después de la inspección realizada en el que se utilizaba como penal de niños y adolescentes de la seccional 1ª y en el IRAR.
Esa inspección fue ordenada después de la recorrida de la Coordinadora de Trabajo Carcelario cuando se murió quemado el chico Néstor S., de 17 años, llevado allí para terminar "su tratamiento", como dijo la directora del Menor en Conflicto con la Ley Penal Elba Ballore. Ella misma corrigió su expresión "terminar su tratamiento" de inmediato en la charla con esta cronista. La inspección detectó: Una acelerada tarea de limpieza en la parte habilitada del Instituto; que los chicos alojados presentaban autolesiones de escasa consideración y tratables en la enfermería del lugar, que todos padecían de alteraciones psíquicas y psiquiátricas de distinto grado. En la seccional primera los niños fueron sacados antes de la llegada de la inspección y otros adolescentes cuya custodia estaba a cargo de personal policial 'sin entrenamiento' mostraban 'residuales estados de alteración anímica que lleva a presumir como producto de la ingesta reciente de sustancias adictivas'. Claro que expone que 'antes del ingreso a la dependencia y con tendencia a autoinferirse lesiones'.
La inspección no miró lo que debía mirar: Que las autolesiones casi diarias no pueden ser tomadas como parte de una rutina aceptable y que no hay tratamientos adecuados para que puedan hacer otra cosa con su propio cuerpo, en primera instancia cuidarlo. Además qué hacen en el IRAR esos chicos si la mayoría o todos padecen de alteraciones pquísicas y psiquiátricas. ¿No deberían estar en espacios especializados?. Y ¿qué es esta maniqueísta diferenciación entre cuerpo y mente, entre salud física y mental consecuente con una concepción distinta de las personas como unidades biopsicosociales?. Luego, en la 1ª, donde los chicos estaban 'volteados' por la ingesta de sustancias adictivas hay que decir que ninguno de ellos llevaba horas en el lugar, sino distintos tiempos. ¿Por qué hablan, entonces, los jueces y ministros, de consumo reciente y antes de la entrada a la dependencia policial?. Ese no era sólo un lugar de tránsito, se transformó, como ocurre siempre, en "depósito" permanente.
No se trata, entonces, ni siquiera de haber logrado un buen diagnóstico, porque se pasa por alto gran parte de la verdad, se violentan todas las leyes nacionales y ese texto directriz sobre las reglas mínimas para el tratamiento de reclusos adoptado por las Naciones Unidas en 1955 y ratificado luego en 1957 y en 1977. La Argentina está obligada a cumplirlo. La sociedad quisiera ver que los jueces no exhorten más, que exijan, que obliguen al cumplimiento de la ley. ¿Sería mucho pedir que protesten todos juntos, que levanten un poco el tono de la voz porque no tienen los lugares para hacer posible la protección, el cuidado y la tutela de los chicos?. Con seguridad muchos sectores sociales les darían su apoyo. Dos de los jueces de Menores se jubilarán en poco tiempo. Podrían no desaprovechar esta oportunidad que les queda.
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