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Martes, 5 de noviembre de 2013

CIUDAD › LA MATRíCULA DE AMELONG

Recurso de Colegio

El Colegio de Abogados de Rosario presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de la Nación en defensa de la decisión de su directorio de cancelar la matrícula profesional de Juan Daniel Amelong, condenado a prisión por el Tribunal Oral Federal N° 1 de Rosario (TOF) por delitos de lesa humanidad.

La presentación, formalizada el jueves 30 de octubre sucede a la resolución del Alto Tribunal santafesino que, en fallo dividido, no admitió el recurso presentado por el Colegio rosarino contra la decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario que rehabilitó la matrícula de Amelong a su pedido.

El extenso escrito considera que la resolución dictada por la Cámara de Apelación Penal, Sala IV, en favor del ejercicio profesional de Amelong, "padece de vicios de arbitrariedad" que llevan al "absurdo" de que quien "ha alardeado con frases intimidantes a nuestra sociedad y a nuestras instituciones, pueda seguir ejerciendo la profesión de abogado en Tribunales de la Provincia de Santa Fe".

El texto afirma que "la sentencia del TOF no es lo único que ha evaluado el directorio" para cancelar la matrícula , sino que "ha fundado su resolución tanto en la condena por hechos tipificados en el Código Penal, como en otros que no están tipificados pero que resultan públicos y notorios, y que fueron de tal gravedad que afectan a esta institución pública como a la comunidad", ya que la abogacía "no es una mera profesión relacionada con cuestiones de conocimiento de tecnicatura jurídica aplicada" sino que "requiere, entre otros componentes necesarios para su ejercicio, de ética y compromiso con los derechos humanos".

El escrito también recuerda que por ello ha dicho el Directorio (al resolverse la cancelación el 4 de agosto de 2011) que "la atribución legal de llevar la matrícula implica extremos más determinantes que la conservación de un mero registro de abogados, tal como el efectivo gobierno de las condiciones objetivas en que debe ser llevada a cabo la actividad abogadil y de las calidades personales de quienes ejercen tan alta procura. El basamento primario de ese estándar mínimo (que debe reunir un abogado para poder ejercer la profesión y mantener su matriculación) es el sostenimiento y la defensa irrestricta de la Constitución nacional y de los derechos humanos que se encuentran dentro de los tratados internacionales que forman el entramado básico sobre el que se organiza nuestra sociedad".

Con respecto a lo actuado en la Corte Suprema santafesina, la presentación rebate uno por uno los argumentos de la mayoría y rescata los votos minoritarios en consonancia con la decisión colegiada.

En conclusión, el petitorio al tribunal es que "tenga por interpuesto recurso extraordinario federal en tiempo y forma" para que la institución profesional pueda llevar el caso ante la máxima autoridad judicial de la Nación.

En el caso de que la Corte santafesina no haga lugar al pedido, el presidente del Colegio rosarino, Ignacio Del Vecchio, adelantó que acudirá directamente ante el tribunal nacional mediante la interposición de un recurso de queja.

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