19:50 › "ANTE LA INEXISTENCIA DE UN ESTUDIO DE COSTOS COMPLETO"
El juez Pablo Mantaras dictó una medida cautelar que ordena al Gobierno porteño suspender la entrada en vigencia de la nueva tarifa del subterráneo hasta que se resuelva la cuestión de fondo. El magistrado expresó en su fallo que "con los escasos elementos hasta el momento aportados a la causa por el Gobierno" no se puede justificar el aumento y exhortó a las autoridades de la Ciudad a ofrecer "algún mecanismo" que asegure el acceso universal al servicio.
El martes pasado, Mantaras hizo lugar al amparo del legislador del MST Alejandro Bodart, para que impida la aplicación de la actualización tarifaria prevista para el 20 de marzo. Con una medida precautelar frenó el incremento que elevaba el pasaje de 2,50 a 3,50 y solicitó al Ejecutivo de la Ciudad que presentara un informe que explicara sus motivos. Hoy dispuso que el aumento siga sin entrar en vigencia de forma cautelar.
En su fallo, el magistrado a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 3 porteño sostuvo que la documentación presentada la semana pasada por la administración macrista "no permitiría establecer si, para determinar la modificación tarifaria (...), el Gobierno de la Ciudad efectuó previamente un análisis integral de la estructura de costos para la explotación del servicio".
Mantaras expresó que el gobierno porteño sólo presentó dos argumentos para justificar el aumento: la “verificación del hecho inflacionario" y "un análisis comparativo del cuadro tarifario propuesto en relación con las tarifas de los subterráneos de otras ciudades latinoamericanas, como Santiago de Chile, San Pablo o Río de Janeiro". El juez afirma que ambos motivos no fueron acompañados por estudios y documentos que los avalaran.
"En estas condiciones preliminares y de acuerdo con los escasos elementos hasta el momento aportados a la causa por el Gobierno, no resulta posible determinar si el valor de la 'tarifa al usuario' establecida en la Resolución puede ser considerada una derivación justa, razonada, equitativa y proporcional de la 'tarifa técnica'", expresó en su fallo. "No hay ninguna referencia ni indicación que permita establecer, al menos de manera indirecta, el valor de la 'tarifa técnica' para la prestación del servicio", agregó.
Además, recordó que "tanto la Constitución de la Ciudad como la Ley N° 4472 consagran como uno de los principios rectores para la prestación del servicio de subte a su universalidad, que reposa sobre la máxima de que todos los habitantes tienen derecho a gozar del servicio". En ese sentido, mencionó que "las autoridades de la Ciudad no están facultadas, sino obligadas" a brindar "algún mecanismo que asegure el acceso al servicio de subte a aquellas personas que, por su pertenencia a grupos sociales vulnerables, no pudieran afrontar el nuevo costo del pasaje".
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