Jueves, 20 de agosto de 2015 | Hoy
23:51 › TRIBUNALES
La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto una multa aplicada por el Consejo de la Magistratura al juez federal Claudio Bonadío, equivalente al 30 por ciento de su sueldo, aproximadamente 18 mil pesos. La sanción, apelada por Bonadio, era por única vez por la demora en las causas Tandanor y Yoma, pero el máximo tribunal señaló que fue ordenada fuera del plazo legal.
La Corte señaló que el Consejo de la Magistratura había adoptado su decisión luego de que hubiera vencido el plazo de tres años establecido por la ley 24.937 para tramitar un proceso disciplinario.
En este sentido, destacó que la denuncia contra el magistrado había sido realizada el 18 de mayo de 2011 y no se había adoptado ninguna decisión hasta el 3 de diciembre de 2014, es decir una vez vencido el plazo dispuesto en la mencionada ley.
También resaltó que aunque el reglamento dictado por el propio Consejo le otorgaba un plazo para resolver de cuatro meses adicionales al previsto en la ley 24.937, tampoco este límite temporal había sido respetado por ese cuerpo que recién trató la cuestión en la sesión del plenario del 16 de octubre de 2014.
Según la Corte, contrariamente a lo ocurrido en el caso, en numerosas actuaciones por denuncias contra otros magistrados, el Consejo había dispuesto automáticamente su archivo una vez constatado el vencimiento del plazo para decidir, razón para deja sin efecto la sanción.
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