ECONOMíA › CNV CONTRA AJUSTE POR INFLACION

En la Bolsa no pasa

Las empresas que coticen en Bolsa o emitan títulos negociables en el ámbito bursátil no podrán aplicar el ajuste por inflación en sus estados contables, según lo dispuso ayer la Comisión Nacional de Valores por Resolución 441/2003. La norma dispuso “la discontinuación del ajuste para reexpresar los estados contables en moneda homogénea a partir del primero de marzo del 2003, debiéndose informar en nota el método de ajuste utilizado hasta el 28 de febrero del 2003”.
La resolución fue publicada ayer en el Boletín Oficial, el mismo día que el Consejo profesional de Ciencias Económicas hacía pública su posición de rechazo de una definición del Poder Ejecutivo en el mismo sentido. “El Poder Ejecutivo cometió un error con el decreto 664, al no aceptar la reexpresión de estados contables y cometerá otro error al impedir que éstos sirvan de base para las liquidaciones de impuestos”, señaló Horacio López Santiso, titular del Consejo, en una solicitada. En su opinión, esta resolución del Ejecutivo “quiebra los principios tributarios de constitucionalidad, legalidad, razonabilidad y no confiscatoriedad”.
El titular del Consejo explicó que la aplicación del decreto, “desde el punto de vista contable, asegura que los balances en moneda única carecerán de todo valor como información para la toma de decisiones”. Respecto a la cuestión impositiva, López Santiso dijo que “se pagarán impuestos sobre ganancias que no existen y se dejarán de pagar, en algunos casos, sobre ganancias que existen”. “El argumento de la caída de la recaudación, estimada con extrema superficialidad, no justifica quebrar los principios tributarios de constitucionalidad, legalidad, razonabilidad y no confiscatoriedad”, denunció López Santiso.
“¿Es éste un momento para decretar que la inflación se terminó?”, se pregunta el Consejo, que destaca que si así fuera “los estados contables reexpresados lo mostrarían sin necesidad de que, de manera discrecional, se decida que el peso ya no perderá su valor y los balances no deberán, en el futuro, reflejar ningún efecto en los cambios del poder adquisitivo de la moneda”.

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