Jueves, 13 de junio de 2013 | Hoy
ECONOMíA › EL BANCO CENTRAL DISTRIBUYO PREGUNTAS Y RESPUESTAS PARA ENTENDER QUE ES Y COMO FUNCIONARA
La autoridad monetaria distribuyó ayer una suerte de instructivo con preguntas básicas sobre el instrumento de pago creado para reactivar la actividad inmobiliaria y de la construcción. Se emitirá a partir de los capitales que se blanqueen.
Cuando empiece a funcionar el régimen de regularización de capitales, quienes lleven los dólares para blanquear podrán recibir, a cambio, bonos en dólares a tres años (Baade) o certificados de pago también nominados en dólares (Cedin). Cómo se aplicarán estos últimos a operaciones inmobiliarias o a la construcción, cómo circularán, los requisitos para volver a canjearlos por divisas fueron explicados en un cuestionario que ayer distribuyó el Banco Central y que aquí se reproduce casi en su totalidad.
- ¿Qué es el Cedin? ¿Es similar a un cheque de viajero o a un cheque cancelatorio?
–El Cedin es un medio de pago e instrumento financiero cuyo fin es aplicarlo a la realización de inversiones en el mercado inmobiliario y/o en proyectos de construcción de viviendas, con el claro objetivo de reactivar la actividad en dichos sectores. A diferencia de un cheque cancelatorio, no tiene límite de endosos. A diferencia de un cheque de viajero, no está nominado, ya que este último sólo puede ser cobrado por la persona a la cual le fue emitido. Un Cedin podrá ser emitido por un valor mínimo de 100 dólares y un máximo de 100 mil dólares, por cualquier valor intermedio (no necesariamente una cifra redonda; por ejemplo, 64.798 dólares).
- ¿Cómo se obtiene un Cedin?
–Las personas interesadas en suscribir Cedin deberán solicitarlos en las entidades financieras, identificándose con la documentación que establece la normativa del régimen de exteriorización de capitales en divisas. Los Cedin se suscriben mediante la entrega de dólares billete. El suscriptor podrá solicitar uno o más Cedin, por un importe total que sea equivalente a la suma en dólares estadounidenses que efectivamente se transfieran al Banco Central.
- ¿Qué uso se le puede dar al Cedin? ¿Sólo se puede utilizar para operaciones inmobiliarias o desarrollos en el sector de la construcción?
–El Cedin puede ser utilizado para el pago de operaciones de toda índole, en la medida en que la contraparte lo acepte.
- Quien reciba un Cedin, ¿podrá requerir su canje por dólares ante el Banco Central?
–Quien reciba un Cedin debe tener presente que para su cobro debe haberse aplicado a los destinos previstos en la ley (operación inmobiliaria o desarrollos en el sector de la construcción), con anterioridad o con posterioridad a su aceptación y recepción como medio de pago. Si el Cedin fue “aplicado” a los destinos previstos, se encontrará identificado como tal, tanto en el cuerpo del documento (con la leyenda “Aplicado”) como en los registros del BCRA.
- ¿El Cedin tendrá fecha de vencimiento o un plazo de vigencia?
–Los Cedin no tendrán fecha de vencimiento.
- ¿Qué medidas de seguridad tiene el Cedin para evitar falsificaciones?
–Se empleará papel de seguridad, con marca de agua exclusiva de la Casa de Moneda y fibras de seguridad, y otras características de impresión, tintas y codificación que garantizan su inviolabilidad. Las entidades financieras contarán con los elementos tecnológicos necesarios para verificar la legitimidad y las características formales y de seguridad del Cedin.
- ¿Se puede pagar un inmueble parte en dólares o pesos y parte en Cedin?
–Sí, dependerá del acuerdo entre las partes.
- ¿Los Cedin van a estar registrados en el BCRA?
–Sí. La información que se encontrará registrada en la base del BCRA será la correspondiente a la suscripción del Cedin y la aplicación a los destinos previstos en la ley. También se incorporarán a la base de datos del BCRA los endosos que se registren en las entidades bancarias.
- Si se pierde un Cedin, ¿se puede recuperar?
–Sí. El tenedor desposeído debe comunicar de inmediato en cualquier entidad financiera lo sucedido y, a más tardar el día hábil siguiente, deberá acreditar la denuncia pertinente, efectuada ante la autoridad competente. De tal modo quedará inhabilitado el pago del Cedin extraviado o sustraído.
- ¿Cómo se transfiere un Cedin cuando se utiliza como medio de pago?
–El Cedin podrá transmitirse mediante endoso simple, o registrado, en el espacio disponible al dorso del documento. Los endosos no tienen límite de cantidad. La registración de endosos es optativa. Si los endosos no desean registrarse, la transmisión de los Cedin es realizada de manera bilateral entre las partes. Si desean registrarse, la operación deberá concretarse en una entidad financiera, sin costo o cargo alguno.
- ¿Se podrán comprar Cedin con pesos?
–Sí. Una vez suscripto el Cedin en una entidad financiera mediante la entrega de dólares estadounidenses billete o mediante transferencias del exterior, la compra de Cedin en el mercado secundario dependerá del acuerdo entre las partes. Las casas de cambio no pueden suscribir Cedin, pero podrán operar en el mercado secundario.
- Quien vende un inmueble y recibe Cedin, ¿podrá cambiarlos por dólares en el banco en el momento?
–La operación inmobiliaria deberá ser informada al banco donde se va a realizar con anterioridad, aportando los datos del o los Cedin que se van a aplicar para que la entidad controle su legitimidad. La entidad financiera proveerá la información necesaria a ambas partes –el titular del o los Cedin a aplicar y su eventual futuro receptor–, de modo de asegurar que el proceso de verificación, endoso y cobro por parte del beneficiario sea completado en el mismo acto de la presentación del Cedin. Vale aclarar que el banco no puede recibir los Cedin en calidad de depósito. La entidad interviniente tampoco podrá percibir cargos, comisiones ni forma alguna de recupero de gastos por tareas vinculadas con los Cedin.
- ¿Cómo se certifican las refacciones para aplicar los Cedin?
–Deberá presentarse certificación de obra efectuada por profesional arquitecto o ingeniero con firma legalizada por el respectivo Consejo o Colegio Profesional, o ente que corresponda. En ella deberán constar los datos del inmueble, costo de la refacción y fecha de su realización, nombre completo e identificación tributaria del sujeto que realiza el pago, el importe abonado por éste, la modalidad del pago y su fecha de realización. Alternativamente, se deberán presentar las respectivas facturas o recibos que permitan comprobar la aplicación de los fondos a la venta de materiales de construcción y/o al cobro de la prestación de servicios relacionados con la obra, proveniente de un Registro de Proveedores de Materiales para la Construcción, que reglamentará oportunamente el Ministerio de Economía. Toda la documentación que se presente debe tener fecha posterior a la de suscripción del Cedin.
- ¿Cómo se certifican los avances de obras en los fideicomisos “desde el pozo”, para poder aplicar los Cedin?
–En el caso de construcción de nuevas viviendas, deberá presentarse certificación de obra con los mismos requisitos y condiciones que en el caso anterior. respecto de los datos del inmueble –incluyendo el destino habitacional de la construcción– y del pago.
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