ECONOMíA › PROYECTO PARA REFINANCIAR CREDITOS HIPOTECARIOS EN MORA, CASI LISTO
Conmutación de pena a ejecutables
El proyecto del Ejecutivo abarcará a todos los morosos con hipoteca sobre vivienda única, cualquiera sea el carácter del prestamista.
Por David Cufré
El proyecto de ley que va en rescate de los deudores hipotecarios será firmado por Néstor Kirchner entre hoy y el próximo lunes. Así lo anunció Roberto Lavagna, quien ayer volvió a remarcar que la iniciativa contempla la situación de “todos” los morosos, tanto aquellos endeudados con el sistema bancario como quienes lo están con escribanías, inmobiliarias u otros prestamistas particulares. Los inscriptos en el registro que estuvo habilitado en el Banco Nación no serían los únicos que accederían a la ayuda, sino que ésta se extendería a todos los morosos que cumplan con los requisitos que marque la ley. El primero será que la vivienda sobre la que pese la hipoteca sea única, familiar y de ocupación permanente.
Un fideicomiso a cargo del Ministerio de la Producción absorberá las deudas, pero delegará en el Banco Nación la tarea de diseñar planes de financiación a medida de cada beneficiario del rescate, así como de cobrarle las cuotas y de verificar su cumplimiento. El Gobierno concederá un período de gracia antes de exigir la cancelación del nuevo crédito. Ese plazo será por lo menos de un año, aunque todavía existe alguna posibilidad de que se estire a dos. Transcurrido ese tiempo, el deudor deberá pagarle al fideicomiso prácticamente sin atrasos, ya que aquel que deje dos cuotas impagas de manera consecutiva o tres alternadas se caerá del plan de refinanciación.
Para entrar en el programa de asistencia se deberá cumplir una serie de condiciones, que se detallan a continuación:
u El capital de las deudas en mora no podrá superar los 100.000 pesos. El proyecto original lo había limitado a 80.000 pesos, pero la cifra fue estirada para abarcar casi a la totalidad de los deudores. El 95 por ciento de ellos estaría cubierto. Su número total superaría levemente los 20.000.
u La mora debe ser posterior al 1º de enero de 2001. Como se mencionó al comienzo, no importaría que el deudor se haya inscripto o no en el registro del Banco Nación, con demostrar que dejó de pagar después de esa fecha y de cumplir con los otros requisitos podría sumarse al programa.
u No habría un límite marcado por la superficie del inmueble. En la negociación de los últimos días con el Congreso, el Gobierno habría accedido a eliminarlo. En un principio, se había establecido que las viviendas no podían superar los 100 metros cuadrados cubiertos, pero diputados del interior del país remarcaron que era demasiado estricto para la realidad de varias provincias. La posición definitiva del Poder Ejecutivo se conocerá cuando el proyecto llegue al Parlamento.
El fideicomiso les pagará a los bancos que habían concedido el crédito, tanto las cuotas caídas como lo que resta hasta su cancelación definitiva. A cambio, las entidades financieras deberían renunciar a los intereses o punitorios que se hubieran generado en el período de mora. Este es también un tema de discusión, ya que los bancos son reacios a aceptarlo.
Un segundo capítulo del proyecto que llegará al Congreso contempla la situación de los deudores con el Banco Hipotecario, por los créditos concedidos antes de la convertibilidad, que fueron varias veces indexados.