EL MUNDO › OPINIóN

Curuguaty, sentencia y uñas pintadas de rojo

 Por Rocco Carbone *

Toda vez que reivindicamos un derecho es porque –ese derecho que sentimos nuestro– lo perdimos y queremos recuperarlo. Porque los derechos nos hacen habitar/sentir parte de una comunidad política como miembros plenos. Negar el derecho a la libertad, a la tierra y a la vida –sin pruebas que demuestren la culpabilidad de tales o cuales acusadxs– significa negar derechos humanos básicos, en el sentido de fundamentales, porque garantizan la activación y el ejercicio de otros derechos. Sea. Hace pocos días, el Tribunal paraguayo de primera instancia integrado por Ramón Trinidad Zelaya, Samuel Silvero y Benito González condenó a lxs campesinxs imputadxs por la causa Curuguaty a penas de entre 35 y 4 años siguiendo una reconstrucción parcialísima programada por la fiscalía (totalmente arbitraria porque no logró demostrar vínculo alguno entre supuestos agresores y muertos) y desoyendo totalmente las versiones de la defensa de lxs campesinxs y de la ciudadanía movilizada. Esos jueces castigaron en esxs campesinxs un reclamo por sus derechos: acceso a la tierra, a la vida, a un juicio justo y a la libertad.

Recuerdo: en Curuguaty ocurrió una masacre en la que fueron muertos 11 campesinos y 6 policías durante los últimos días del gobierno de Lugo; la masacre, entre otros argumentos, fue usada para derrumbar ese gobierno con un golpe express y “blando”. Lxs campesinxs condenadxs (en ausencia total de pruebas) fueron privadxs desde ese golpe de Estado –que de algún modo abrió la senda de una restauración conservadora en la región del Cono Sur– del acceso a la tierra, que es del derecho a la reproducción de la vida para ellxs y sus familias, de la libertad, del derecho a tener un juicio justo y limpio, y desde ayer fueron además excluidos de la comunidad. Y por paradójico que parezca, de la condición humana. Rubén Villalba (35 años de condena), Arnaldo Quintana y Néstor Castro Benítez (18 años) irán a la cárcel de Tacumbú, símbolo de la represión dictatorial paraguaya (al entrar hay todavía hoy una placa dorada con la leyenda “Stroessner” en enormes letras mayúsculas) que bien podemos considerar uno de los círculos infernales de Dante. De sobra sabemos que el sistema penal no cumple objetivos ni correccionales ni regenerativos. Antes bien, es un dispositivo deshumanizador que tranquiliza la conciencia de quienes estamos del lado de afuera, ahondando las brechas que existen en cualquier sociedad. Seguir recluyendo en Tacumbú significa desenterrar la historia dictatorial/cicatricial de Paraguay, con sus calabozos de tortura. Es también buscar una “economía del castigo” por parte del tribunal, que evidenció una posición clasista, en total sintonía con una Fiscalía que no tuvo problemas (morales o reales) para mentir, fraguar, inventar (o esconder) “pruebas” en el transcurso del juicio y de la investigación. ¿El objetivo? Proteger intereses y funcionar como el operador estatal más visible de poderes fácticos –políticos y económicos– enquistados en el Estado paraguayo y, en última instancia, de asumir la defensa de la propiedad privada por sobre el uso colectivo de la tierra. Otro objetivo: sostener las complicidades construidas desde el golpe y la legitimidad “democrática” del gobierno de Cartes y de los sectores concentrados que participan de los beneficios de un modelo económico de reconcentración extractivista impulsada por el agronegocio y por esa monocultura globalizadora que destruye tierra, territorios, lenguas y culturas. Un modelo en el que el campesinado resistente (al igual que las poblaciones indígenas) que reivindica sus derechos frente a un Estado en connivencia con el colonialismo transnacional está de sobra.

En la “necesidad” del castigo –de existir la justicia– deberíamos poder leer y reconocer el sentido de las leyes que nos rigen. De este supuesto (más que discutible) debería descender que el castigo de algunxs debería servir como enseñanza para todxs. Deberíamos aprender algo que francamente no sé qué es en este caso, pero que en ningún caso debería tener el sentido de una fiesta. Uso esta palabra porque ayer la señora que leyó la sentencia –desconozco su nombre– paladeaba las palabras que emitía, casi saboreándolas, y en la mano con la cual mantenía el micrófono para leer se apreciaban uñas pintadas de rojo. Coloradas. Trazos de la fiesta que esta condena injusta desencadena en algunxs, alegría que toca la superficie fragmentada en detalles. En He visto morir, con ocasión del asesinato del anarquista italiano Severino Di Giovanni a mano de la primera dictadura argentina, Roberto Arlt escribió: “Un señor, que ha venido de frac y zapatos de baile, se retira... Yo estoy como borracho. Pienso en los que se reían. Pienso que a la entrada de la penitenciaría debería ponerse un cartel que rezara: ‘Está prohibido reírse. Está prohibido concurrir con zapatos de baile’”. En consonancia: me gustaría decir aquí que en los tribunales falsarios, huérfanos de justicia para nuestras mayorías, que condenan como si 35 años fueran un paseo de verano, debería estar prohibido leer sentencias con las uñas pintadas de rojo. De Colorado.

* Universidad Nacional de General Sarmiento/Conicet.

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