Jueves, 8 de enero de 2009 | Hoy
EL PAíS › A PARTIR DEL FALLO DE LA CORTE SUPREMA SOBRE LIBERTAD SINDICAL
La II Cámara del Trabajo de Mendoza ordenó que dos delegados sindicales de los trabajadores del ajo sean reincorporados a sus puestos de trabajo, con fundamento en un reciente fallo de la Corte Suprema sobre la libertad sindical. La Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) informó que la empresa en la que se desempeñan los había despedido durante un conflicto laboral.
Los sindicalistas beneficiados son José Soto y Fabián Bravo, que habían sido elegidos por sus propios compañeros para que los representaran como trabajadores del ajo, pero no habían sido designados en representación de ningún sindicato con personería gremial.
“Se trata de una influencia más del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ‘ATE c/ Ministerio de Trabajo’, que va teniendo incidencia en la determinación de los tribunales de otras jurisdicciones”, señaló la CTA, a través de un comunicado.
En ese fallo, el tribunal supremo declaró el 11 noviembre la inconstitucionalidad de parte del artículo 41 de la Ley de Asociaciones Sindicales, donde se establece que para ser delegado hay que estar afiliado a un sindicato con personería gremial y ser elegido en comicios convocados por esas entidades. La decisión de la Corte beneficia a las comisiones internas y a los cuerpos de delegados de base formados por fuera de los grandes sindicatos. Y, de la misma manera, propicia el camino para el reconocimiento de la personería gremial de la CTA.
En este caso, ni Soto ni Bravo pertenecían a un sindicato con personería gremial cuando fueron elegidos por sus compañeros, en el marco de un conflicto entre empresas frutihortícolas acopiadoras y exportadoras y los trabajadores del ajo.
La reincorporación de la Cámara del Trabajo fue dispuesta luego de hacer lugar a una medida cautelar presentada por el abogado Alexis Barraza Flores y Horacio Meguira, director del Departamento Jurídico de la CTA, entidad que impulsó la causa que derivó en el fallo de la Corte Suprema.
Los trabajadores deben ser reincorporados a la empresa El Resguardo S.A. El conflicto se suscitó cuando las compañías se negaron a registrar a un grupo de trabajadores que reclamaban una regularización de su situación laboral y concluyó con el despido de 33 personas, entre ellas los dos delegados que ahora deben recuperar su empleo.
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