Martes, 10 de abril de 2012 | Hoy
EL PAíS › PEDIDO DE CINCUENTA AñOS DE PRISIóN PARA EL DICTADOR JORGE RAFAEL VIDELA EN LA CAUSA POR ROBO DE BEBéS
En representación de Chicha de Mariani, una de las fundadoras de Abuelas de Plaza de Mayo, reclamaron que se aplique el delito de genocidio para condenar a Videla y la máxima acumulación de penas prevista por el Código Penal.
Por Alejandra Dandan
Las viejas imágenes en blanco y negro de la Plaza de Mayo de la dictadura se detuvieron, proyectadas, en una de las pantallas de la sala de audiencias de Comodoro Py. Desde el otro lado del tiempo, los carteles levantados por aquellas mujeres todavía seguían hablándole a la sala: “¿Dónde están los centenares de bebés nacidos en cautiverio?”. En la inmensidad de las sillas vacías, el dictador Jorge Rafael Videla miró cada una de las imágenes sin el menor gesto de perturbación, como escuchó a lo largo de toda la audiencia la última jornada de los alegatos de la querella de María Isabel Chorobick de Mariani. Sólo en algún momento movió la cabeza como si intentara discrepar con algo. Luego escuchó. Los abogados pidieron al Tribunal Oral Federal 6 que lo condenen por el delito de genocidio o, en su defecto, a cincuenta años de prisión por sustracción, ocultación y retención de veinte de aquellos centenares de niños cuyos casos son ventilados en el juicio.
Hacia el final, el proyector de la sala dejó congelada en la pantalla unas líneas escritas por Chicha de Mariani, una de las primeras abuelas de Plaza de Mayo, que aún sigue buscando a su nieta, Clara Anahí. “En este juicio por la apropiación sistemática de niños durante la dictadura cívico-militar que mutiló al país –escribió Chicha– ha quedado comprobada la existencia de la crueldad inhumana llevada a cabo con uniformes azules, verdes, blancos, pardos y también con negras sotanas. Toda está exhaustivamente comprobado, una y mil veces, por lo tanto, señores jueces, esperamos que la Justicia aplique al fin la justicia tan dolorosamente esperada durante 36 años.”
En términos formales, la querella pidió la aplicación del delito de genocidio, no como delito de “contexto”, sino como delito en sí mismo, al amparo de las leyes internacionales, como lo hicieron hace dos años en el juicio oral por los crímenes del circuito Atlético-Banco-Olimpo. Sin embargo, al mismo tiempo, aclararon que si el Tribunal decide ceñirse a las leyes internas pedían condenar a Videla a la pena máxima de cincuenta años de prisión, en condición de autor mediato por 19 casos de sustracción, ocultación y sustitución de identidad y como partícipe necesario en el caso de Macarena Gelman, que nació y fue apropiada en Uruguay, en el marco de la coordinación del Plan Cóndor.
Sobre el eje de los cincuenta años, la abogada Elizabeth Victoria Gómez Alcorta hizo alguna aclaración. Los cincuenta años fueron pedidos la semana pasada también por la querella de Abuelas de Plaza de Mayo y Alcira Ríos y seguramente serán pedidos por el resto de los acusadores. En términos formales, la opción nace porque está amparada por la reforma al Código Penal de 2004, encuadrada en la llamada Ley Blumberg. Los abogados la mencionaron como una “ley incómoda”. Saben que es el único juicio de lesa humanidad en el que es posible pedirla porque el resto de los delitos por los que se acusa a los represores ya cesaron, y en este caso, en cambio, doce de las apropiaciones en análisis o cesaron luego de la sanción de la ley, en 2004, o aún no cesaron, como las seis familias que siguen buscando a esos niños. Pese, entonces, a esa habilitación legal y a la situación de excepción planteada por este juicio, la querella aclaró que hacer uso de una ley criticada por “su terrible ampliación punitiva” es “incómoda”, pero advirtieron que “por un lado, no podemos dejar de mencionar que para los hechos objeto de esta acusación resulta ser la ley vigente y, en segundo lugar, que si en algún supuesto fáctico se justifica aquella escala punitiva sólo puede ser para casos de genocidio que aquí se ventilan”, explicó la abogada, parte del equipo integrado por Pablo Lafuente y Valeria Thus.
También pidieron el traslado de Videla a una cárcel común. “Lamentablemente, el mayor responsable del terrorismo de Estado sólo ha cumplido detención en una cárcel común 15 días”, explicaron, como lo hizo Abuelas de Plaza de Mayo. Luego de la condena del Juicio a las Juntas estuvo detenido en la cárcel militar de Magdalena; después de quedar en libertad, estuvo preso 15 días en Caseros; después pasó a prisión domiciliaria y ahora está en la U34 de la guarnición militar de Campo de Mayo. “No existe ninguna razón, ya sea jurídica, fáctica, ni moral para continuar sosteniendo este privilegio –dijeron–. Esta querella entiende que debe llegar el momento, y que debe ser éste, de que el genocida Videla cumpla las penas impuestas por el Estado de Derecho en una cárcel común.”
Además de los pedidos, el alegato atravesó otros ejes importantes, como el rol de los medios de comunicación televisivos y gráficos en la trama de complicidades civiles, no sólo durante la dictadura, sino después, con la identificación de los niños. Señaló con nombre y apellido, el lugar y el modo de intervención de los representantes de la Iglesia Católica mencionados durante las largas jornadas de audiencia. Y avanzaron en definiciones medulares como la inscripción de los niños robados como “hijos de los oponentes políticos”. Esa forma pronunciada como una categoría de análisis, si bien les permitió ir construyendo a lo largo del alegato los fundamentos para inscribir el robo de bebés como parte de la persecución a “los oponentes políticos”, necesaria para el pedido de genocidio, también es uno de los modos de sellarles una marca.
En esa línea, otro de los avances sobre los sentidos simbólicos de la apropiación apareció casi al final del alegato de la mano de la “lógica concentracionaria”, que permitió equiparar el sentido de los “centros clandestinos de detención” al del “hogar de los apropiadores”.
“La apropiación de niños en este contexto adquiere las características de la lógica concentracionaria –dijo Gómez Alcorta–. Cuando los prisioneros ingresaban al campo de concentración, ingresaban a una nueva realidad al margen, y eran despojados de su nombre. Al igual que los secuestrados, quienes fueron apropiados fueron despojados del nombre que sus padres les dieron, despojados además de sus padres y familias, de su historia e ingresaron en lo que fue la continuación de los centros clandestinos de detención: el hogar de los apropiadores. La única huella que conservaron de aquella herencia e historia fue su cuerpo y su sangre, que señaló en cada momento de sus vidas la fractura que existía en el discurso de los apropiadores.”
La idea de un dolor “infinito”, parafraseando a Erich Fromm, apareció en los alegatos ante la insistencia de las Abuelas. Dicen que fueron Chicha y Elsa Pavón, que estaba en la audiencia, quienes les pidieron a los abogados que no se olviden de hablar de eso, que para ellas es lo importante. Ellos les dijeron que ésta era la parte más técnica del juicio, pero Chicha les dijo en ese momento que traten de poner en palabras algo para dar cuenta de esa tortura que ella todavía siente cada día cuando se da cuenta de que está buscando detrás de cada cara que mira a alguien como Clara Anahí.
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